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87 NORMAS LEGALES Miércoles 11 de octubre de 2023 El Peruano / Municipal remite los actuados a la Secretaría General para su aprobación por parte del Concejo Municipal; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades contenidas en el numeral 8) del artículo 9° y artículo 40° de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, el Concejo Municipal con la dispensa del trámite lectura y aprobación del acta aprobó por UNANIMIDAD la siguiente: ORDENANZA QUE REGULA LOS PROCEDIMIENTOS DE EMISIÓN DE CERTIFICADO DE JURISDICCIÓN, CERTIFICADO DE NOMENCLATURA VIAL Y CERTIFICADO NEGATIVO CATASTRAL, EN EL DISTRITO DE SANTA MARÍA DE MAR Artículo 1°.- OBJETO El objeto de la presente ordenanza es regular el Procedimiento para la atención de solicitudes de Certi fi cado de Jurisdicción, Certi fi cado de Nomenclatura Vial y Certi fi cado Negativo Catastral, a cargo la Municipalidad Distrital de Santa María de Mar. Artículo 2°.- ÁMBITO DE APLICACIÓN La presente ordenanza es de cumplimiento obligatorio para todas las personas naturales y jurídicas que requieran la obtención de Certi fi cado de Jurisdicción, Certi fi cado de Nomenclatura Vial y Certi fi cado Negativo Catastral, respecto de predios que se encuentren en la jurisdicción del distrito de Santa María de Mar. Artículo 3°.- DEFINICIONES Para efectos de la aplicación de las disposiciones contenidas en la presente ordenanza, considérense las siguientes de fi niciones: a) Zona Catastrada.- Es un ámbito geográ fi co dentro del territorio nacional, cuyo levantamiento y cartografía catastral está fi nalizada a fi n de ingresar a la BDC del SNCP. b) Zona no Catastrada.-Ámbito geográ fi co dentro del territorio nacional cuyo levantamiento catastral no se ha ejecutado. c) Predio.- Es la super fi cie delimitada por una línea poligonal continua y cerrada; y se extiende al subsuelo y al sobresuelo, comprendidos dentro de los planos verticales del perímetro super fi cial, excluyéndose del suelo y subsuelo a los recursos naturales, los yacimientos, restos arqueológicos y otros bienes regidos por leyes especiales. d) Vía.- Espacio público destinado al tránsito de personas y/o vehículos. e) Certi fi cado de Jurisdicción.- Documento expedido por la Municipalidad, mediante el cual se certi fi ca que un predio se encuentra ubicado dentro de la circunscripción territorial del distrito. Este certi fi cado puede inscribirse en Registros Públicos. f) Certi fi cado de Nomenclatura Vial.- Documento expedido por la Municipalidad, mediante el cual se indica el nombre actual y el o los nombres anteriores con los que se ha ido identi fi cando a una determinada vía. Este certi fi cado puede inscribirse en Registros Públicos. g) Certi fi cado Negativo Catastral.- Documento expedido por la Municipalidad, el cual acredita que un predio sí existe y que no hay información catastral sobre él. h) Partida o fi cha registral.- Documento expedido por los Registros Públicos en el cual se detalla el historial de un determinado inmueble, en la cual se detalla a los propietarios anteriores, propietarios actuales, área del inmueble, existencia de gravámenes, entre otros. Artículo 4°.- ÓRGANOS COMPETENTES La Subgerencia de Obras Privadas y Comercialización de la Municipalidad Distrital de Santa María de Mar es la Unidad Orgánica competente para la atención y evaluación de las solicitudes de Certi fi cado de Jurisdicción, Certi fi cado de Nomenclatura Vial y Certi fi cado Negativo Catastral, así como la emisión de los respectivos certi fi cados. Artículo 5°.- REQUISITOS Y PROCEDIMIENTO PARA OBTENER CERTIFICADO DE JURISDICCIÓN 5.1 Para obtener el Certi fi cado de Jurisdicción el administrado deberá presentar, en recepción documentaria, los siguientes documentos:a) Solicitud simple indicando nombres y apellidos completos, domicilio y número de Documento Nacional de Identidad o carné de extranjería del administrado, correo electrónico, número telefónico de contacto, y en su caso, la calidad de representante y de la persona a quien represente, precisando los documentos que se adjuntan. b) Plano de Ubicación y localización.c) Declaración Jurada indicando número de Tomo y Foja, Ficha y/o Partida Registral en donde se encuentre inscrito el predio. De no estar inscrito en registros públicos, adjuntar copia simple del documento privado, escritura pública o constancia de inscripción que acredite la titularidad, acompañada de la declaración jurada del administrado acerca de su autenticidad. d) Pago por derecho de trámite. 5.2 Presentada la solicitud, cumpliendo con los requisitos señalados en el numeral 5.1, será remitida, en el día, a la Subgerencia de Obras Privadas y Comercialización, para que, dentro del plazo de quince (15) días hábiles, realice los siguientes actos: a) Revisar la documentación adjunta en el expediente y veri fi car si se cumplen con las condiciones para el otorgamiento del Certi fi cado de Jurisdicción. b) Realizar la veri fi cación “in situ”, de corresponder. c) En caso de encontrarse conforme, elaborar el informe correspondiente, así como la Resolución y Certi fi cado de Jurisdicción. d) Noti fi car la Resolución y Certi fi cado de Jurisdicción al administrado. 5.3 De formularse observaciones, se noti fi can las mismas al administrado, para que las subsane dentro de un plazo de quince (15) días hábiles, suspendiéndose el plazo del procedimiento administrativo, el cual se reanuda con la presentación de la subsanación respectiva. De no subsanar de forma satisfactoria las observaciones, se declarará la improcedencia de lo solicitado. 5.4 Transcurrido el plazo del procedimiento administrativo sin que la Municipalidad noti fi que el pronunciamiento correspondiente, se aplica el silencio administrativo positivo, correspondiendo a la Municipalidad otorgar el Certi fi cado de Jurisdicción, dentro de un plazo de tres (03) días hábiles. Artículo 6°.- REQUISITOS Y PROCEDIMIENTO PARA OBTENER CERTIFICADO DE NOMENCLATURA VIAL 6.1 Para obtener el Certi fi cado de Nomenclatura Vial el administrado deberá presentar, en recepción documentaria, los siguientes documentos: a) Solicitud simple indicando nombres y apellidos completos, domicilio y número de Documento Nacional de Identidad o carné de extranjería del administrado, correo electrónico, número telefónico de contacto, y en su caso, la calidad de representante y de la persona a quien represente, precisando los documentos que se adjuntan. b) Plano de Ubicación y localización.c) Declaración Jurada indicando número de Tomo y Foja, Ficha y/o Partida Registral en donde se encuentre inscrito el predio. De no estar inscrito en registros públicos, adjuntar copia simple del documento privado, escritura pública o constancia de inscripción que acredite la titularidad, acompañada de la declaración jurada del administrado acerca de su autenticidad. d) Pago por derecho de trámite. 6.2 Presentada la solicitud, cumpliendo con los requisitos señalados en el numeral 6.1, será remitida, en el día, a la Subgerencia de Obras Privadas y Comercialización, para que, dentro del plazo de quince (15) días hábiles, realice los siguientes actos: a) Revisar la documentación adjunta en el expediente y veri fi car si se cumplen con las condiciones para el otorgamiento del Certi fi cado de Nomenclatura Vial.