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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE OCTUBRE DEL AÑO 2023 (20/10/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 14

14 NORMAS LEGALES Viernes 20 de octubre de 2023 El Peruano / PRODUCE Designan Asesor II del Despacho Viceministerial de MYPE e Industria RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 000355-2023-PRODUCE Lima,18 de octubre de 2023CONSIDERANDO:Que, se encuentra vacante el cargo de Asesor/a II del Despacho Viceministerial de MYPE e Industria del Ministerio de la Producción, siendo necesario designar a la persona que ejercerá dicho cargo; y, De conformidad con lo dispuesto por la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley N° 31419, Ley que establece disposiciones para garantizar la idoneidad en el acceso y ejercicio de la función pública de funcionarios y directivos de libre designación y remoción, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 053-2022-PCM; el Decreto Legislativo N° 1047, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción y sus modi fi catorias; el Decreto Supremo N° 002-2017-PRODUCE, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción y su modi fi catoria; SE RESUELVE:Artículo Único.- Designar al señor PABLO GERMAN RIJALBA HOLGUIN en el cargo de Asesor II del Despacho Viceministerial de MYPE e Industria del Ministerio de la Producción. Regístrese, comuníquese y publíquese.ANA MARIA CHOQUEHUANCA DE VILLANUEVA Ministra de la Producción 2226808-1 Disponen la publicación del Proyecto de Norma Metrológica Peruana PNMP 014-1:2023 - “EQUIPOS DE MEDICIÓN DE LA ENERGÍA ELÉCTRICA. Parte 1: Requisitos generales, ensayos y condiciones de ensayo. Equipos de medición” y del Proyecto de Norma Metrológica Peruana PNMP 014-2:2023 - “EQUIPOS DE MEDICIÓN DE LA ENERGÍA ELÉCTRICA. Parte 2: Requisitos generales y específicos para la protección de las propiedades metrológicas de medidores de electricidad controlados por software (firmware)” RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 051-2023-INACAL/DM Lima, 25 de setiembre de 2023VISTO: El Informe N° 050-2023-INACAL/DM-MCI del Responsable del Equipo Funcional de Metrología Cientí fi ca e Industrial de fecha 25 de agosto de 2023; CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 30224, Ley que crea el Sistema Nacional para la Calidad y el Instituto Nacional de Calidad, dispone que el Instituto Nacional de Calidad – INACAL, es un Organismo Público Técnico Especializado adscrito al Ministerio de la Producción, con personería jurídica de derecho público, con competencia a nivel nacional y autonomía administrativa, funcional, técnica, económica y fi nanciera; además, es el ente rector y máxima autoridad técnico-normativa del Sistema Nacional para la Calidad, y tiene, como uno de sus órganos de línea, a la Dirección de Metrología; Que, el numeral 35.1 del artículo 35 de la Ley 30224 y el artículo 39 del Decreto Supremo N° 009-2019-PRODUCE, Reglamento de Organización y Funciones del INACAL establece que la Dirección de Metrología es la autoridad nacional competente para administrar la política y gestión de la metrología, goza de autonomía técnica y funcional, y ejerce funciones a nivel nacional. Asimismo, establece, custodia y mantiene los patrones nacionales de medida y provee la trazabilidad al Sistema Internacional de Unidades. Además, es responsable de normar y regular la metrología legal, y asimismo, se sujeta a lo establecido en el Acuerdo sobre Obstáculos Técnicos al Comercio de la Organización Mundial del Comercio (OMC) y los acuerdos internacionales sobre la materia; Que, el numeral 35.3 del artículo 35 de la norma acotada establece que el órgano de línea responsable de la materia de metrología del INACAL aprueba documentos normativos en materia de metrología, así como textos afi nes; Que, el numeral 36.2 del artículo 36 de la Ley citada dispone que el órgano de línea responsable de la materia de metrología del INACAL, es decir la Dirección de Metrología, establece las características técnicas y metrológicas, los errores máximos permisibles y los métodos de ensayo de los medios de medición sujetos a control metrológico, así como la información metrológica que deben tener los envases y las tolerancias del contenido neto de los productos envasados a ser comercializados; Que, la Dirección de Metrología, dentro de sus funciones señaladas en el artículo 40 del Decreto Supremo N° 009-2019-PRODUCE, tiene, entre otras, las siguientes: d) Establecer las características técnicas y metrológicas, los errores máximos permisibles y los métodos de ensayo de los medios de medición sujeto a control metrológico; f) Establecer los controles metrológicos de los medios de medición directamente o en coordinación con otros organismos o fi ciales; j) Elaborar directivas, guías y normas, entre otros documentos relacionados con actividades propias de la dirección; e, inciso h) Efectuar el reconocimiento a instituciones públicas o privadas acreditadas como unidades de veri fi cación metrológica; Que, la Norma Metrológica Peruana (NMP) es el documento aprobado por la Dirección de Metrología con carácter de reglamento técnico y por tal de obligatorio cumplimiento, que establece las características técnicas, metrológicas y los métodos de ensayo de los medios de medición utilizados en transacciones comerciales, salud pública y otras que por su importancia determine la Dirección; Que, el Proyecto de Norma Metrológica Peruana (PNMP) es el documento técnico elaborado por la Dirección de Metrología e identi fi cado con un código que será puesto a discusión pública y, asimismo, enviado a consulta a instituciones y organizaciones involucradas a fi n de recibir sus aportes. Que, mediante Resolución Directoral N° 039-2022-INACAL/DM, publicada el 02 de enero de 2023, se dispuso la publicación del Proyecto de Norma Metrológica Peruana PNMP 014:2022 - “Equipos de medida de la energía eléctrica. Requisitos generales, ensayos y condiciones de ensayo. Equipos de medida”; a efectos de recibir las opiniones, comentarios y/o sugerencias de la ciudadanía, por el plazo de noventa (90) días calendarios, contados desde el día siguiente de la publicación de la presente Resolución; Que, luego de la evaluación de las opiniones, comentarios y/o sugerencias recibidas se emitió el Informe N° 050-2023-INACAL/DM-MCI dando a conocer los resultados de la evaluación de los comentarios de las empresas y entidades de Perú y del extranjero acerca de los Proyecto de Norma Metrológica Peruana PNMP 014:2022, siendo que, debido a las observaciones recibidas y ante una reevaluación sobre los requisitos asociados a los ensayos de evaluación de software el Proyecto de Norma Metrológica Peruana PNMP 014 quedo conformada de dos