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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 31 DE OCTUBRE DEL AÑO 2023 (31/10/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 92

TEXTO PAGINA: 8

8 NORMAS LEGALES Martes 31 de octubre de 2023 El Peruano / Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas, conforme al siguiente detalle: DE LA: En Soles SECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 009 : M. de Economía y FinanzasUNIDAD EJECUTORA 001 : Administración GeneralCATEGORÍA PRESUPUESTARIA 9002 : Asignaciones Presupuestarias que no Resultan en Productos ACTIVIDAD 5000415 : Administración del Proceso Presupuestario del Sector Público FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO CORRIENTE 2.0 Reserva de Contingencia 111 449 340,00 =========== TOTAL EGRESOS 111 449 340,00 =========== A LA: En SolesSECCIÓN SEGUNDA : Instancias Descentralizadas PLIEGOS : Gobiernos LocalesCATEGORÍA PRESUPUESTARIA 9002 : Asignaciones Presupuestarias que no Resultan en Productos ACTIVIDAD 5006412 : Intervenciones Extraordinarias del Fenómeno El Niño - FEN FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO CORRIENTE 2.3 Bienes y Servicios 111 449 340,00 =========== TOTAL EGRESOS 111 449 340,00 =========== 3.2 El detalle de los recursos autorizados en la Transferencia de Partidas a que hace referencia el numeral 3.1 del presente artículo, se encuentra en el Anexo 2 “Transferencia de Partidas con cargo a la Reserva de Contingencia a favor de diversos gobiernos locales” que forman parte del presente Decreto de Urgencia. 3.3 Los Titulares de los pliegos habilitados en la presente Transferencia de Partidas, aprueban mediante resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el numeral 3.1 del presente artículo, a nivel programático, dentro de los cinco (05) días calendario de la entrada en vigencia del presente Decreto de Urgencia. Copia de la resolución se remite dentro de los cinco (05) días calendario de aprobada a los organismos señalados en el numeral 31.4 del artículo 31 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público. 3.4 La O fi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados, solicitan a la Dirección General de Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas, las codi fi caciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas partidas de ingresos, fi nalidades y unidades de medida. 3.5 La O fi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en el pliego del Gobierno Nacional involucrado, instruye a la Unidad Ejecutora para que elabore las correspondientes “Notas de Modi fi cación Presupuestaria” que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en el presente Decreto de Urgencia. La O fi cina de Presupuesto de los gobiernos locales elaboran las correspondientes “Notas de Modi fi cación Presupuestaria” que se requieran como consecuencia de lo establecido en la presente norma.3.6 Las actividades para la preparación y respuesta ante el peligro inminente o desastre por el impacto del Fenómeno El Niño y peligros asociados, a las que se refi ere el numeral 3.1 del presente artículo, deben tener nexo directo de causalidad entre las intervenciones y el evento, y circunscribirse a las competencias y funciones de los gobiernos locales. Asimismo, no incluyen remuneraciones o retribuciones, salvo cuando se trate de servicios de terceros vinculados directamente con la atención de la población frente al peligro inminente o la atención en las zonas de desastres producto del impacto del Fenómeno El Niño y peligros asociados. 3.7 Autorizar, de manera excepcional, a las entidades comprendidas en el Anexo 2 al que se re fi ere el numeral 3.2 del presente artículo, a realizar modi fi caciones presupuestarias en el nivel funcional programático, con cargo a los recursos autorizados en el numeral 3.1, para modi fi car la genérica de gasto, siempre que se mantenga la cadena programática autorizada en el presente Decreto de Urgencia y se enmarque en el objeto establecido para dicho efecto. 3.8 Para la implementación del presente artículo, se exceptúa a los gobiernos locales que se encuentran en el Anexo 2 del presente Decreto de Urgencia, de lo establecido en el numeral 11.4 del artículo 11 de la Ley Nº 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023. Artículo 4.- Del control y supervisión Las acciones que se ejecuten con cargo a los recursos transferidos en el marco del presente Decreto de Urgencia se sujetan al Sistema Nacional de Control y a las acciones de supervisión a cargo del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado, en el marco de sus competencias. Artículo 5. Responsabilidad y limitación sobre el uso de los recursos 5.1 Los Titulares de los pliegos bajo los alcances del presente Decreto de Urgencia son responsables de su adecuada implementación, así como del uso y destino de los recursos comprendidos en la aplicación del presente Decreto de Urgencia, conforme a la normatividad vigente. 5.2 Los recursos que se trans fi eran en el marco del presente Decreto de Urgencia no pueden ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son transferidos y/ habilitados. Artículo 6.- Vigencia El presente Decreto de Urgencia tiene vigencia hasta el 31 de diciembre de 2023. Artículo 7.- Refrendo El presente Decreto de Urgencia es refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros y el Ministro de Economía y Finanzas. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los treinta días del mes de octubre del año dos mil veintitrés. DINA ERCILIA BOLUARTE ZEGARRA Presidenta de la República LUIS ALBERTO OTÁROLA PEÑARANDA Presidente del Consejo de Ministros ALEX ALONSO CONTRERAS MIRANDA Ministro de Economía y Finanzas ANEXO 1 LISTADO DE DISTRITOS CON MAYOR POBLACIÓN CON NIVEL DE RIESGO ALTO Y MUY ALTO FRENTE A INUNDACIONES Y POR MOVIMIENTO EN MASA, COMPRENDIDOS EN LOS ALCANCES DEL ESTADO DE EMERGENCIA DECLARADO MEDIANTE DECRETO SUPREMO Nº 072-2023-PCM Y SUS PRÓRROGAS DEPARTAMENTO PROVINCIA DISTRITO UBIGEO 02. ANCASH 01. HUARAZ 01. MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUARAZ 02010102. ANCASH 01. HUARAZ 04. MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE HUANCHAY 020104 02. ANCASH 01. HUARAZ 05. MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE INDEPENDENCIA 020105 02. ANCASH 01. HUARAZ 09. MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PAMPAS 02010902. ANCASH 01. HUARAZ 10. MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PARIACOTO 020110