NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 10 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2023 (10/09/2023)
CANTIDAD DE PAGINAS: 62
TEXTO PAGINA: 11
11 NORMAS LEGALES Domingo 10 de setiembre de 2023 El Peruano / CATEGORIA PRESUPUESTALCUI NOMBRE DE LA INVERSIÓNGENERICA DE GASTOCLASIFICADOR DE GASTOTRANSFERIR AL PLIEGO 019: CONTRALORIA GENERAL S/TRANSFERIR AL PLIEGO 022: MINISTERIO PÚBLICO S/TRANSFERENCIA TOTAL S/ 0030: REDUCCIÓN DE DELITO Y FALTAS QUE AFECTAN LA SEGURIDAD CIUDADANA2302027CREACIÓN DE LA COMISARIA PNP NUEVO PROGRESO EN EL AAHH NUEVO PROGRESO, 7MA ZONA NUEVO MILENIO DISTRITO DE VILLA MARÍA DEL TRIUNFO, LIMA2.4 DONACIONES Y TRANSFERENCIAS2.4.2.3.1.1 A OTRAS UNIDADES DEL GOBIERNO NACIONAL 64,800.50 64,800.50 129,601.00 TOTAL 64,800.50 64,800.50 129,601.00 Artículo 3.- Limitaciones al Uso de los Recursos Los recursos de la Transferencia Financiera autorizada por el artículo 1 de la presente resolución no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son transferidos. Artículo 4.- Publicación Publicar la presente resolución ministerial en el Diario Ofi cial El Peruano y en la Sede Digital del Ministerio del Interior (www.gob.pe/mininter).Artículo 5.- Remisión Copia de la presente resolución se remite a la Unidad Ejecutora 002: Dirección de Economía y Finanzas de la PNP para que efectúe las acciones que correspondan. Regístrese, comuníquese y publíquese. VICENTE ROMERO FERNÁNDEZ Ministro del Interior 2213647-1 JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS Disponen la publicación del Proyecto de Decreto Supremo que adecua el Reglamento del Decreto Legislativo N° 1326, Decreto Legislativo que reestructura el Sistema Administrativo de Defensa Jurídica del Estado y crea la Procuraduría General del Estado RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0293-2023-JUS Lima, 8 de septiembre de 2023 VISTOS, el O fi cio N° D000132-2023-JUS/PGE-PG, de la Procuraduría General del Estado; el Informe Legal N° 163-2023-JUS/DGDNCR, de la Dirección General de Desarrollo Normativo y Calidad Regulatoria; y, el Informe N° 918-2023-JUS/OGAJ, de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 47 de la Constitución Política del Perú establece que la defensa de los intereses del Estado está a cargo de los procuradores públicos conforme a ley; Que, mediante Decreto Legislativo N° 1326, se reestructura el Sistema Administrativo de Defensa Jurídica del Estado y se crea la Procuraduría General del Estado, como ente rector de dicho Sistema; Que, mediante Decreto Supremo N° 018-2019-JUS, se aprueba el Reglamento del Decreto Legislativo N° 1326, Decreto Legislativo que reestructura el Sistema Administrativo de Defensa Jurídica del Estado y crea la Procuraduría General del Estado; Que, mediante la Ley N° 31778, se modi fi ca el Decreto Legislativo N° 1326, Decreto Legislativo que reestructura el Sistema Administrativo de Defensa Jurídica del Estado y crea la Procuraduría General del Estado, con relación al procedimiento de designación de los procuradores públicos del Poder Legislativo y del Poder Judicial, así como de los Organismos Constitucionales Autónomos; Que, la Única Disposición Complementaria Final de la Ley N° 31778 dispone que el Poder Ejecutivo adecúa el Reglamento del Decreto Legislativo N° 1326, aprobado por Decreto Supremo 018-2019-JUS, a las modi fi caciones establecidas en la referida Ley;Que, por su parte, el literal d) del artículo 6 de la Ley N° 29809, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos establece que dicho ministerio cumple la función rectora de «emitir normas y lineamientos técnicos para la adecuada ejecución y supervisión de las políticas nacionales, la gestión de los recursos del sector, así como para el otorgamiento y reconocimiento de derechos, la sanción, fi scalización y ejecución coactiva en las materias de su competencia»; Que, en atención al requerimiento efectuado por la Secretaría General del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos por O fi cio N° 1863-2023-JUS/SG, mediante documento de vistos, la Procuraduría General del Estado remite el «Proyecto de Decreto Supremo que adecúa el Reglamento del Decreto Legislativo N° 1326, Decreto Legislativo que reestructura el Sistema Administrativo de Defensa Jurídica del Estado y crea la Procuraduría General del Estado, aprobado por Decreto Supremo N° 018-2019-JUS, e incorpora diversas disposiciones complementarias»; Que, el numeral 3 del artículo 13 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, establece que los proyectos de reglamento se publican en el portal electrónico respectivo por no menos de cinco (5) días calendario, para recibir aportes de la ciudadanía, cuando así lo requiera la Ley; Que, en atención al principio de participación y transparencia de la gestión pública que recoge el articulo IV del Título Preliminar de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, el numeral 14.7 del artículo 14 del Reglamento de la Ley Marco para la Producción y Sistematización Legislativa, aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2022-JUS, dispone que todo proyecto de reglamento ejecutivo debe ser publicado para recibir opiniones de la ciudadanía en el portal del Sector respectivo, agregando que la publicación se aprueba mediante resolución ministerial del sector que corresponda, la que se publica en el Diario O fi cial El Peruano y el proyecto de reglamento en el portal electrónico respectivo; Que, en tal sentido, resulta pertinente disponer la publicación del proyecto de Decreto Supremo que adecúa el Reglamento del Decreto Legislativo N° 1326, Decreto Legislativo que reestructura el Sistema Administrativo de Defensa Jurídica del Estado y crea la Procuraduría General del Estado, aprobado por Decreto Supremo N° 018-2019-JUS, e incorpora diversas disposiciones complementarias, y de su respectiva Exposición de Motivos, con la fi nalidad de recibir las sugerencias, comentarios o recomendaciones de las entidades públicas, instituciones privadas, organizaciones de la sociedad civil, así como de la ciudadanía en general;