NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 10 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2023 (10/09/2023)
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22 NORMAS LEGALES Domingo 10 de setiembre de 2023 El Peruano / PERU S.A., SKY AIRLINE PERU S.A.C. y JETSMART AIRLINES PERU S.A.C., conforme a lo señalado en las Órdenes de Inspección N° 1608-2023-MTC/12.04 y N° 1609-2023-MTC/12.04; De conformidad con lo dispuesto por la Ley N° 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023; la Ley N° 29370, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; la Ley N° 28404, Ley de Seguridad de la Aviación Civil; la Ley N° 27619, Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y sus modi fi catorias; la Ley N° 27261, Ley de Aeronáutica Civil del Perú; y, el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, que Aprueba Normas Reglamentarias sobre Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y sus modi fi catorias; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar los viajes en comisión de servicios de los inspectores de la Dirección General de Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, para realizar inspecciones técnicas de vigilancia, conforme se detalla a continuación: - El señor TONY CRUZ VILCARROMERO, a la ciudad de Santiago, República de Chile, del 11 al 15 de setiembre de 2023.- El señor LUCIO CHICOMA FERNÁNDEZ, a la ciudad de Brasilia, República Federativa de Brasil, del 13 al 15 de setiembre de 2023. Dichos viajes se realizan según el detalle de actividades consignado en el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Los gastos por concepto de viáticos que demanden los viajes autorizados precedentemente se realizan con cargo al presupuesto institucional del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, de acuerdo con el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 3.- Los inspectores autorizados en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuados los viajes, deben presentar a la Titular de la Entidad, un informe detallando las acciones realizadas, los resultados obtenidos y la rendición de cuentas. Artículo 4.- La presente Resolución Ministerial no libera ni exonera del pago de impuestos y/o derechos aduaneros de cualquier clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. RAÚL PÉREZ REYES ESPEJO Ministro de Transportes y Comunicaciones ORGANISMOS TÉCNICOS ESPECIALIZADOS AUTORIDAD NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL Aprueban la modificación del Cronograma de la Convocatoria 2023 del Programa Piloto de Crédito-Beca RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA N° 000178-2023-SERVIR-PE Lima, 8 de septiembre de 2023Vistos; el Informe N° 000105-2023-SERVIR-GDCRSC- HRR y el Memorando N° 000669-2023-SERVIR-GDCRSC de la Gerencia de Desarrollo de Capacidades y Rendimiento del Servicio Civil; y el Informe Legal N° 000353-2023-GG-OAJ de la O fi cina de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO:Que, la Ley N° 29812, Ley de Presupuesto del Sector Público para el año 2012, en su Nonagésima Segunda Disposición Complementaria Final, creó el Programa Piloto de Crédito Beca a cargo de la Autoridad Nacional del Servicio Civil - SERVIR, con el objeto de fi nanciar, mediante la modalidad Crédito-Beca los estudios de posgrado de profesionales que prestan servicios en las entidades del Estado bajo cualquier modalidad de contratación y que cuenten con admisión en los mejores programas de posgrado y programas académicos del mundo reconocidos por SERVIR; Que, el artículo 8 del Decreto Supremo N° 122- 2012-PCM y modi fi catorias, norma que aprueba las disposiciones reglamentarias y complementarias para la implementación y funcionamiento del Programa Piloto DIRECCIÓN GENERAL DE AERONÁUTICA CIVIL DEL PERÚ (DGAC) Código: F-DSA-P&C-002 Revisión: Original Fecha: 30.08.10 Cuadro Resumen de Viajes RELACIÓN DE VIAJES POR COMISIÓN DE SERVICIOS DE INSPECTORES DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE AERONÁUTICA CIVIL EN CUMPLIMIENTO DE LAS RESPONSABILIDADES ASIGNADAS A LA DIRECCIÓN GENERAL DE AERONÁUTICA CIVIL SEGÚN LEY N° 27261 - COMPRENDIDOS DEL 11 AL 15 DE SETIEMBRE DE 2023 Y DEL 13 AL 15 DE SETIEMBRE DE 2023 Y SUSTENTADO EN LOS INFORMES Nº 0308-2023-MTC/12.04 Y Nº 0358-2023-MTC/12 ÓRDENES DE INSPECCIÓN NºsINICIO FINVIÁTICOS (US$)SOLICITANTE INSPECTORES CIUDADES PAÍSES DETALLE 1608-2023-MTC/12.04 11 Set. 15 Set. US$ 1 850.00 MTCTONY CRUZ VILCARROMEROSANTIAGO REPÚBLICA DE CHILEInspección técnica de las estaciones de línea de las empresas LATAM AIRLINES PERU S.A., SKY AIRLINE PERU S.A.C. y JETSMART AIRLINES PERU S.A.C., según Programa de Vigilancia de las operaciones aéreas internacionales. 1609-2023-MTC/12.04 13 Set. 15 Set. US$ 1 110.00 MTCLUCIO CHICOMA FERNÁNDEZBRASILIAREPÚBLICA FEDERATIVA DE BRASILInspección técnica de la estación de línea de la empresa LATAM AIRLINES PERU S.A., según Programa de Vigilancia de las operaciones aéreas internacionales. 2213318-1