NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 10 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2023 (10/09/2023)
CANTIDAD DE PAGINAS: 62
TEXTO PAGINA: 6
6 NORMAS LEGALES Domingo 10 de setiembre de 2023 El Peruano / Artículo 2.- La presente Resolución Suprema es refrendada por la Ministra de Desarrollo Agrario y Riego. Regístrese, comuníquese y publíquese. DINA ERCILIA BOLUARTE ZEGARRA Presidenta de la República JENNIFER LIZETTI CONTRERAS ÁLVAREZ Ministra de Desarrollo Agrario y Riego 2213662-5 ECONOMÍA Y FINANZAS Decreto Supremo que autoriza Crédito Suplementario en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023 a favor de la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo (PROMPERÚ) DECRETO SUPREMO Nº 196-2023-EF LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO:Que, mediante el artículo 12 de la Ley Nº 27889, Ley que crea el Fondo y el Impuesto Extraordinario para la Promoción y Desarrollo Turístico Nacional, se establece que los ingresos provenientes de la recaudación del Impuesto Extraordinario para la Promoción y Desarrollo Turístico Nacional, luego de deducido el porcentaje que conforme a Ley corresponda a la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (SUNAT), son transferidos al Ministerio de Comercio Exterior y Turismo (MINCETUR), para que los utilice exclusivamente en el desarrollo de las actividades y proyectos destinados a la promoción y desarrollo del turismo nacional, a través de la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo (PROMPERÚ), entre otros; Que, el numeral 1 de la Segunda Disposición Complementaria Modi fi catoria de la Ley N° 31672, Ley que modi fi ca la Ley N° 27889, Ley que crea el Fondo y el lmpuesto Extraordinario para la Promoción y Desarrollo Turístico Nacional, establece que los recursos que provengan de la aplicación de la Ley N° 27889, se incorporan en los presupuestos institucionales mediante decreto supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y el Ministro del sector respectivo, para el caso de los mayores ingresos recaudados y los no utilizados en años anteriores, a favor de los pliegos Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo (PROMPERÚ) y del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo (MINCETUR); Que, asimismo, el numeral 2 de la Segunda Disposición Complementaria Modi fi catoria de la Ley N° 31672, indica que el decreto supremo que aprueba la incorporación de los mayores ingresos provenientes de la aplicación de la Ley N° 27889, se publica durante el ejercicio presupuestal respectivo, en un plazo no mayor de treinta (30) días calendario, contados a partir de la solicitud del sector respectivo; Que, mediante el O fi cio N° 1002-2023-MINCETUR/ SG, el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo (MINCETUR) solicita la incorporación de recursos vía Crédito Suplementario en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023, hasta por la suma de S/ 58 192 545,00 (CINCUENTA Y OCHO MILLONES CIENTO NOVENTA Y DOS MIL QUINIENTOS CUARENTA Y CINCO Y 00/100 SOLES) a favor de la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo (PROMPERÚ), para fi nanciar actividades de recuperación y fortalecimiento de las acciones de promoción y desarrollo del turismo en el Perú, en el marco del Plan Anual de Promoción Turístico Nacional para el año 2023; adjuntando, para dicho efecto, el Informe N° 0302-2023-MINCETUR/SG/OGPPD/OPP de la O fi cina de Plani fi cación y Presupuesto de la O fi cina General de Plani fi cación, Presupuesto y Desarrollo del citado Ministerio, con los respectivos sustentos, y el Informe N° 000079-2023-PROMPERU/GG-OPP de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto de PROMPERÚ, a través del cual se señala que existe un saldo acumulado de recursos captados y no asignados correspondientes al “Fondo para la Promoción y Desarrollo Turístico Nacional”; Que, en consecuencia, corresponde autorizar la incorporación de recursos vía Crédito Suplementario en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023, hasta por la suma de S/ 58 192 545,00 (CINCUENTA Y OCHO MILLONES CIENTO NOVENTA Y DOS MIL QUINIENTOS CUARENTA Y CINCO Y 00/100 SOLES), a favor de la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo (PROMPERÚ), con cargo a los recursos provenientes de los mayores ingresos recaudados y no utilizados en años anteriores, en el marco de lo establecido en la Ley N° 27889 y en la Ley N° 31672, para los fi nes señalados en el considerando precedente; De conformidad con lo establecido en la Segunda Disposición Complementaria Modi fi catoria de la Ley N° 31672, Ley que modi fi ca la Ley N° 27889, Ley que crea el Fondo y el lmpuesto Extraordinario para la Promoción y Desarrollo Turístico Nacional; DECRETA:Artículo 1.- Objeto Autorizar la incorporación de recursos vía Crédito Suplementario en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023, hasta por la suma de S/ 58 192 545,00 (CINCUENTA Y OCHO MILLONES CIENTO NOVENTA Y DOS MIL QUINIENTOS CUARENTA Y CINCO Y 00/100 SOLES), a favor de la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo (PROMPERÚ), para fi nanciar actividades de recuperación y fortalecimiento de las acciones de promoción y desarrollo del turismo en el Perú, con cargo a los recursos provenientes de los mayores ingresos recaudados y no utilizados en años anteriores, producto de la aplicación de la Ley N° 27889, Ley que crea el Fondo y el Impuesto Extraordinario para la Promoción y Desarrollo Turístico Nacional, de conformidad con lo dispuesto en la Segunda Disposición Complementaria Modi fi catoria de la Ley N° 31672, de acuerdo al siguiente detalle: INGRESOS En Soles FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios 1.1.4.2.1.1 Impuesto Extraordinario para la Promoción y Desarrollo Turístico Nacional 58 192 545,00 -------------------- TOTAL INGRESOS 58 192 545,00 =========== EGRESOS En SolesSECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 008 : Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo - PROMPERÚ UNIDAD EJECUTORA 001 : Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo - PROMPERÚ PROGRAMA PRESUPUESTAL 0127 : Mejora de la competitividad de los destinos turísticos PRODUCTO 3000665 : Destinos turísticos con servicios de promoción de la oferta turística ACTIVIDAD 5005050 : Promoción interna de los destinos turísticos FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO CORRIENTE 2.3 Bienes y Servicios 14 960 298,00 ACTIVIDAD 5005051 : Promoción externa de los destinos turísticos