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7 NORMAS LEGALES Martes 9 de abril de 2024 El Peruano / Organización y Funciones del Ministerio de Cultura, aprobado por el Decreto Supremo N° 005-2013-MC; SE RESUELVE:Artículo 1.- Disponer la publicación del proyecto de Resolución Ministerial que aprueba el “Reglamento de Uso Turístico Sostenible para la Conservación de la Ciudad Inka de Machupicchu”, en el portal institucional del Ministerio de Cultura (www.gob.pe/cultura), el mismo día de la publicación de la presente resolución en el Diario O fi cial “El Peruano”. Artículo 2.- Establecer el plazo de quince (15) días calendario, contados desde el día siguiente de la publicación de la presente resolución, a fi n de que las personas interesadas puedan remitir los comentarios, observaciones y/o sugerencias al proyecto de Resolución Ministerial señalado en el artículo 1 de la presente resolución. Artículo 3.- Disponer que los comentarios, observaciones y/o sugerencias puedan ser presentados a través del portal institucional del Ministerio de Cultura (www.gob.pe/cultura) y/o al correo reglamentomachupicchu@cultura.gob.pe. Artículo 4.- Encargar a la Dirección General de Patrimonio Cultural; la recepción, el procesamiento, la evaluación e inclusión, de ser el caso, de los comentarios, observaciones y/o sugerencias que se reciban sobre el proyecto de Resolución Ministerial señalado en el artículo 1 de la presente resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese.LESLIE CAROL URTEAGA PEÑA Ministra de Cultura 2277429-1 Designan Director de Programa Sectorial II de la Sub Dirección Desconcentrada de Industrias Culturales y Artes de la Dirección Desconcentrada de Cultura de Cusco RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 000160-2024-MC San Borja, 8 de abril del 2024VISTOS: el Informe N° 000104-2024-OGRH-SG/MC de la O fi cina General de Recursos Humanos; el Informe N° 000496-2024-OGAJ-SG/MC de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO:Que, por la Ley N° 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura y su modi fi catoria, se crea el Ministerio de Cultura, como organismo del Poder Ejecutivo con personería jurídica de derecho público, estableciéndose las áreas programáticas de acción sobre las cuales ejerce sus competencias y atribuciones para el logro de los objetivos y metas del Estado; Que, conforme con el Cuadro para Asignación de Personal Provisional – CAP Provisional del Ministerio de Cultura, aprobado por la Resolución Ministerial N° 412- 2019-MC, reordenado por la Resolución Ministerial N° 000184-2020-DM/MC, el cargo de Director/a de Programa Sectorial II de la Sub Dirección Desconcentrada de Industrias Culturales y Artes de la Dirección Desconcentrada de Cultura de Cusco es considerado como Directivo Superior (SP-DS) de Libre Designación y Remoción; Que, en ese sentido, encontrándose vacante el cargo de Director/a de Programa Sectorial II de la Sub Dirección Desconcentrada de Industrias Culturales y Artes de la Dirección Desconcentrada de Cultura de Cusco, resulta necesario designar a la persona que asumirá dicho cargo; Con los vistos de la O fi cina General de Recursos Humanos, y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley N° 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura y su modi fi catoria; y, su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por el Decreto Supremo N° 005-2013-MC; SE RESUELVE:Artículo Único.- Designar al señor HUMBERTO ANTONIO ROMERO PACHECO en el cargo de Director de Programa Sectorial II de la Sub Dirección Desconcentrada de Industrias Culturales y Artes de la Dirección Desconcentrada de Cultura de Cusco del Ministerio de Cultura. Regístrese, comuníquese y publíquese.LESLIE CAROL URTEAGA PEÑA Ministra de Cultura 2277422-1 DEFENSA Autorizan viaje de oficial de la Marina de Guerra del Perú para que participe de las actividades protocolares para la recalada del B.A.P. “UNIÓN” (BEV-161), en el Puerto de Balboa, República de Panamá RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 00325-2024-DE Lima, 5 de abril del 2024 VISTOS:El O fi cio Nº 2412/51 de la Secretaría de la Comandancia General de la Marina de Guerra del Perú; el O fi cio N° 00870-2024-MINDEF/VPD-DIGRIN de la Dirección General de Relaciones Internacionales; y, el Informe Legal N° 00470-2024-MINDEF/SG-OGAJ de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica. CONSIDERANDO:Que, con Resolución de la Comandancia General de la Marina Nº 0011-24, se resolvió modi fi car el itinerario del Anexo (B) de la Resolución de la Comandancia General de la Marina Nº 0653-2023, correspondiente al viaje de instrucción al extranjero (VIEX 2023-2024 “CIRCUNNAVEGACIÓN”), a bordo del B.A.P. “UNIÓN” (BEV-161); Que, asimismo, de acuerdo al Itinerario adjunto a la citada Resolución, el B.A.P. “UNIÓN” (BEV-161) arribará al Puerto de Balboa, República de Panamá, el 12 de abril y zarpará el 14 de abril de 2024; Que, por medio del Mensaje Naval 141559 marzo 2024, el Comandante General de la Marina de Guerra del Perú comunica que el B.A.P. “UNIÓN” (BEV-161) arribará al Canal de Panamá, República de Panamá, el 11 de abril de 2024; por lo que, se dispone considerar la asistencia del Contralmirante Kurt Ludwig BÖTTGER GARFIAS, Comandante de la Fuerza de Super fi cie de la citada Institución Armada, en las actividades protocolares para recalada de la citada unidad naval, en el Puerto de Balboa, República de Panamá, del 11 al 13 de abril de 2024; Que, a través del Informe Legal Nº 035-2024, la Jefatura de la O fi cina de Asesoría Legal de la Comandancia General de Operaciones del Pací fi co opina que resulta procedente autorizar el viaje al exterior, en comisión de servicio, del mencionado O fi cial Almirante, con la fi nalidad de participar de las actividades protocolares para la recalada del B.A.P. “UNIÓN” (BEV-161), en el lugar y fecha programada; Que, con O fi cio Nº 483/42, la Comandancia General de Operaciones del Pací fi co remite a la Dirección General del Personal de dicha Institución Armada, la documentación pertinente para la tramitación de la autorización del presente viaje al exterior, en comisión de servicio;