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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE AGOSTO DEL AÑO 2024 (14/08/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 5

5 NORMAS LEGALES Miércoles 14 de agosto de 2024 El Peruano / la entidad pública titular del proyecto, con excepción de la versión fi nal del contrato; Que, bajo dicho marco normativo, mediante las Notas de Elevación Nº D000419-PCM-SA y D000467-2024-PCM-SA, la Secretaría Administrativa remite los Informes Nº D000146-PCM-OGPP y Nº D000156-2024-PCM-OGPP de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto, en los cuales se sustenta la creación del Comité de Promoción de la Inversión Privada (CPIP) de la Presidencia del Consejo de Ministros y la designación de los tres (3) integrantes que lo conforman, conforme a lo dispuesto en el artículo 17 del Reglamento; así como, se sustenta la necesidad de delegar en el Presidente del mencionado Comité, la emisión de las opiniones y aprobaciones que correspondan respecto de los proyectos tramitados bajo la modalidad de proyectos de inversión privada, con excepción de la opinión de relevancia y la versión fi nal del contrato; Que, por lo expuesto, resulta necesario crear y conformar el Comité de Promoción de la Inversión Privada del Sector Presidencia del Consejo de Ministros, para los proyectos de inversión privada en el ámbito de su competencia, en el marco del TUO del Decreto Legislativo Nº 1362 y su Reglamento; así como, disponer la referida delegación para la emisión de opiniones y aprobaciones que correspondan; Con el visado de la Secretaría Administrativa, de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto, y de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica, y; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo Nº 1362, Decreto Legislativo que regula la Promoción de la Inversión Privada mediante Asociaciones Público Privadas y Proyectos en Activo, aprobado por Decreto Supremo Nº 195-2023-EF; el Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1362, Decreto Legislativo que regula la Promoción de la Inversión Privada mediante Asociaciones Público Privadas y Proyectos en Activo, aprobado por Decreto Supremo Nº 240-2018-EF y, el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por la Resolución Ministerial Nº 224-2023-PCM; SE RESUELVE:Artículo 1.- Creación y objeto del Comité de Promoción de la Inversión Privada del Sector Presidencia del Consejo de Ministros Crear el Comité de Promoción de la Inversión Privada del Sector Presidencia del Consejo de Ministros, con el objeto de llevar adelante los proyectos de inversión privada en el ámbito de su competencia, conforme a lo dispuesto en el Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo Nº 1362, aprobado por Decreto Supremo Nº 195-2023-EF, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 240-2018-EF. Artículo 2.- Conformación del Comité de Promoción de la Inversión Privada del Sector Presidencia del Consejo de Ministros El Comité de Promoción de la Inversión Privada del Sector Presidencia del Consejo de Ministros, está integrado por: • El Jefe de Gabinete de Asesores del Despacho de la Presidencia del Consejo de Ministros, quien lo preside. • El Jefe de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto. • El Jefe de la O fi cina General de Asesoría Jurídica. Artículo 3.- Delegación Delegar en el Presidente del Comité de Promoción de la Inversión Privada del Sector Presidencia del Consejo de Ministros, la emisión de las opiniones y aprobaciones que correspondan, respecto de los proyectos tramitados bajo la modalidad de proyectos de inversión privada, con excepción de la opinión de relevancia y la versión fi nal del contrato, de conformidad con lo establecido en el numeral 79.2 del artículo 79 del Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1362, Decreto Legislativo que regula la Promoción de la Inversión Privada mediante Asociaciones Público Privadas y Proyectos en Activos, aprobado por Decreto Supremo Nº 240-2018-EF.Artículo 4.- Noti fi cación y comunicación Notifi car la presente Resolución Ministerial a los miembros del Comité de Promoción de la Inversión Privada del Sector Presidencia del Consejo de Ministros, y comunicar la misma al Registro Nacional de Contratos de Asociaciones Público Privadas del Ministerio de Economía y Finanzas. Artículo 5.- Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en la sede digital de la Presidencia del Consejo de Ministros ( www.gob.pe/pcm ), el mismo día de su publicación en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.GUSTAVO L. ADRIANZÉN OLAYA Presidente del Consejo de Ministros 2315198-1 CUL TURA Designan Asesor ll del Despacho Viceministerial de Interculturalidad RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 000313-2024-MC San Borja, 13 de agosto del 2024VISTOS: el Informe N° 000265-2024-OGRH-SG/MC de la O fi cina General de Recursos Humanos; el Informe N° 001173-2024-OGAJ-SG/MC de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO:Que, por la Ley N° 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura y su modi fi catoria, se crea el Ministerio de Cultura, como organismo del Poder Ejecutivo con personería jurídica de derecho público, estableciéndose las áreas programáticas de acción sobre las cuales ejerce sus competencias y atribuciones para el logro de los objetivos y metas del Estado; Que, conforme con el Cuadro para Asignación de Personal Provisional – CAP Provisional del Ministerio de Cultura, aprobado por la Resolución Ministerial N° 412-2019-MC, reordenado por la Resolución Ministerial N° 000184-2020-DM/MC, el cargo de Asesor/a II del Despacho Viceministerial de Interculturalidad es considerado de con fi anza; Que, encontrándose vacante el cargo de Asesor/a ll del Despacho Viceministerial de Interculturalidad, corresponde designar a la persona que asumirá dicho cargo; Con los vistos de la O fi cina General de Recursos Humanos, y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley N° 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura; y, el Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por el Decreto Supremo N° 005-2013-MC; SE RESUELVE:Artículo Único.- Designar al señor PAOLO ROBERTO DURAND LÓPEZ en el cargo de Asesor ll del Despacho Viceministerial de Interculturalidad del Ministerio de Cultura. Regístrese, comuníquese y publíquese.LESLIE CAROL URTEAGA PEÑA Ministra de Cultura 2315171-1