Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE AGOSTO DEL AÑO 2024 (15/08/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 53

53 NORMAS LEGALES Jueves 15 de agosto de 2024 El Peruano / conforme a lo dispuesto en el numeral 21.8 del artículo 21 de la Ley; para tal efecto, a través del ACTA DE ENTREGA ANTICIPADA DE POSESIÓN DEL PREDIO DENOMINADO NODO CABANA AFECTADO POR EL PROYECTO “RED DORSAL NACIONAL DE FIBRA ÓPTICA, COBERTURA UNIVERSAL NORTE, COBERTURA UNIVERSAL SUR, COBERTURA UNIVERSAL CENTRO” realizan la entrega del área afectada del inmueble a favor del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, con Memorando N° 1446-2024-MTC/24.11, la Dirección de Adquisición de Predios y Asuntos Socio Ambientales del PRONATEL encuentra conforme el Informe N° 012-2024-MTC-24.11-KPDR-KPB, asimismo, mediante Informe N° 442-2024-MTC/24.06, la O fi cina de Asesoría Legal del PRONATEL sustenta que resulta procedente la aplicación del numeral 21.8 del artículo 21 de la Ley, señalando que corresponde dejar sin efecto la Resolución Ministerial N° 364-2024-MTC/01.03, que aprueba la ejecución de la expropiación y el valor de la tasación del área afectada del inmueble identi fi cada con código NODO CABANA; Que, por Resolución Ministerial Nº 1787-2023-MTC/01, se delega en el/la Director/a Ejecutivo/a del PRONATEL, la facultad de aprobar el valor total de la tasación, que incluye el incentivo correspondiente y, el pago por la adquisición de los predios y bienes inmuebles necesarios para la ejecución del proyecto, conforme a lo dispuesto en la Ley; por lo que, corresponde al PRONATEL determinar y aprobar el monto del valor total de la tasación, en atención a las facultades otorgadas; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto de Urgencia N° 041-2019, Decreto de Urgencia que aprueba disposiciones que facilitan la ejecución de los proyectos de redes e infraestructura de Telecomunicaciones, la Ley N° 29370, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, el Decreto Legislativo Nº 1192, Decreto Legislativo que aprueba la Ley Marco de Adquisición y Expropiación de inmuebles, transferencia de inmuebles de propiedad del Estado, liberación de Interferencias y dicta otras medidas para la ejecución de obras de infraestructura y sus modi fi catorias y la Resolución Ministerial N° 658-2021-MTC/01 que aprueba el Texto Integrado actualizado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; SE RESUELVE: Artículo 1.- Dejar sin efecto la Resolución Ministerial N° 364-2024-MTC/01.03, que aprueba la ejecución de la Expropiación y el valor de la Tasación del área afectada de un (1) inmueble identi fi cada con código NODO CABANA, para la ejecución del proyecto: “Red Dorsal Nacional de Fibra Óptica: Cobertura Universal Norte, Cobertura Universal Sur y Cobertura Universal Centro”, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Disponer que el Programa Nacional de Telecomunicaciones - PRONATEL, evalúe y apruebe el valor total de la Tasación y el pago por el área afectada del inmueble para la ejecución del proyecto: “Red Dorsal Nacional de Fibra Óptica: Cobertura Universal Norte, Cobertura Universal Sur y Cobertura Universal Centro”, correspondiente al código NODO CABANA. Regístrese, comuníquese y publíquese.RAÚL PÉREZ REYES ESPEJO Ministro de Transportes y Comunicaciones 2315135-1 Designan Directora de la Oficina de Asesoría Legal del Programa Nacional de Telecomunicaciones – PRONATEL RESOLUCIÓN DE DIRECCIÓN EJECUTIVA Nº 134-2024-MTC/24 Lima, 13 de agosto de 2024CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución de Dirección Ejecutiva Nº 092-2024-MTC/24 de fecha 25 de junio de 2024, se designó temporalmente al señor Luis Guillermo Magán Mareovich en el puesto de Director de la Ofi cina de Asesoría Legal del Programa Nacional de Telecomunicaciones – PRONATEL; Que, de acuerdo al literal u) del artículo 8 del Manual de Operaciones del PRONATEL, aprobado por Resolución Ministerial Nº 0311-2020-MTC/01.03, el Director Ejecutivo tiene la función de designar al personal de con fi anza del PRONATEL, así como encargar las direcciones y o fi cinas del PRONATEL, en caso de ausencia de su titular, mediante Resolución de Dirección Ejecutiva; Que, se ha visto por conveniente dar por concluida la citada designación temporal, y designar al profesional que desempeñará el referido cargo; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; y, la Resolución Ministerial Nº 0311-2020-MTC/01.03, que aprueba el Manual de Operaciones del Programa Nacional de Telecomunicaciones; SE RESUELVE: Artículo 1.- Dar por concluida la designación temporal del señor Luis Guillermo Magán Mareovich en el puesto de Director de la O fi cina de Asesoría Legal del Programa Nacional de Telecomunicaciones - PRONATEL, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- Designar a la señora Albertina Del Rosario Chappa Vicuña en el cargo de Directora de la Ofi cina de Asesoría Legal del Programa Nacional de Telecomunicaciones – PRONATEL. Regístrese, comuníquese y publíquese. LENNIN FRANK QUISO CÓRDOVA Director Ejecutivo PRONATEL 2315500-1 VIVIENDA, CONSTRUCCIÓN Y SANEAMIENTO Designan Directora de la Unidad de Administración del Programa Agua Segura para Lima y Callao RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° D00003-2024- VIVIENDA/VMCS-PASLC San Isidro, 13 de agosto de 2024 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo N° 008-2017-VIVIENDA, modi fi cado por Decreto Supremo N° 006-2018-VIVIENDA y Decreto Supremo N° 008-2023-VIVIENDA, se crea el Programa Agua Segura para Lima y Callao, dependiente del Viceministerio de Construcción y Saneamiento del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, el cual tiene por objeto gestionar inversiones y actividades que faciliten a la población el acceso a los servicios de agua potable y saneamiento en su ámbito de intervención, con la fi nalidad de cerrar las brechas de infraestructura; Que, el artículo 6 del Decreto Supremo N° 008-2017-VIVIENDA, señala que la dirección y conducción del Programa Agua Segura para Lima y Callao está a cargo de un Director Ejecutivo, quien es la máxima autoridad ejecutiva y administrativa del mencionado Programa; Que, encontrándose vacante el cargo de con fi anza de Director/a de la Unidad de Administración del Programa