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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE AGOSTO DEL AÑO 2024 (15/08/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 58

58 NORMAS LEGALES Jueves 15 de agosto de 2024 El Peruano / a su nombre que permita identi fi car a sus herederos, la noti fi cación personal de la situación de no pago del derecho de vigencia del año 2023 y la penalidad de los años 2022 y 2023 se hace impracticable; correspondiendo que la autoridad minera adopte la modalidad de noti fi cación vía publicación en el diario ofi cial “El Peruano”, conforme a lo previsto en el numeral 23.1.2 del artículo 23 de la Ley del Procedimiento Administrativo General, Ley N° 27444, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2019-JUS; Estando a lo informado por la Dirección de Derecho de Vigencia y de conformidad con el artículo 66 del Texto Único Ordenado de la Ley General de Minería, aprobado por Decreto Supremo N° 014-92-EM; SE RESUELVE:Artículo Primero.- DECLÁRESE la caducidad de la concesión minera REINA ISABEL I código N° 680001311 por el no pago oportuno del derecho de vigencia del año 2023 y la penalidad de los años 2022 y 2023. Artículo Segundo.- NOTIFÍQUESE la presente resolución, mediante publicación en el diario o fi cial “El Peruano”, y hecho, ANÉXESE la página entera de la publicación al expediente de título de la concesión minera REINA ISABEL I código N° 680001311. Artículo Tercero.- Consentida o ejecutoriada que sea la presente resolución, remítase a la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos para su inscripción. Regístrese y notifíquese.LUIS HUMBERTO CHIRIF RIVERA Presidente Ejecutivo 2315185-1 SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE EDUCACION SUPERIOR UNIVERSITARIA Aprueban el Cuadro de Puestos de la Entidad (CPE) de la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria - Sunedu RESOLUCIÓN DEL CONSEJO DIRECTIVO Nº 0022-2024- SUNEDU-CD Lima, 14 de agosto de 2024VISTOS:El Memorando Nº 00951-2024-SUNEDU-SG- OPP de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto, el Memorando Nº 00789-2024-SUNEDU-SG-ORH de la O fi cina de Recursos Humanos; y, el Informe Nº 00711-2024-SUNEDU-SG-OAJ de la O fi cina de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO:Que, mediante la Ley Nº 31520, Ley que restablece la autonomía y la institucionalidad de las universidades peruanas, que modi fi có la Ley Nº 30220, Ley Universitaria, se establece que la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria - Sunedu, es un ente autónomo de naturaleza jurídica de derecho público interno y constituye pliego presupuestal, responsable de autorizar la prestación del servicio educativo superior universitario, supervisar y fi scalizar la calidad de dicho servicio y si los recursos públicos y los bene fi cios otorgados por el marco legal a las universidades han sido destinados a fi nes educativos y al mejoramiento de la calidad. Asimismo, administra el Registro Nacional de Grados y Títulos para contribuir a una educación superior de calidad; Que, la Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 000092-2021-SERVIR-PE, formaliza el acuerdo de Consejo Directivo de SERVIR, adoptado en sesión Nº 016-2021, mediante el cual se aprueba el Cuadro de Puestos de la Entidad (CPE) de la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria – SUNEDU, con una valorización total de S/ 45 271 946.00 (Cuarenta y cinco millones doscientos setenta y un mil novecientos cuarenta y seis con 00/100 soles); Que, la Septuagésima Séptima Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024, dispone que, en el marco del fortalecimiento del aseguramiento de la calidad de la educación superior universitaria, se autoriza a la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria (SUNEDU) para que se reestructure orgánicamente y modi fi que sus documentos de gestión interna, incluidos el Reglamento de Organización y Funciones, el Cuadro de Puestos de la Entidad (en adelante, CPE), el Manual de Per fi les de Puestos, entre otros; conforme a su condición de ente autónomo, a efectos de implementar cabalmente los alcances de la Ley Nº 31520, Ley que restablece la autonomía y la institucionalidad de las universidades peruanas, con el propósito de garantizar las condiciones básicas de calidad en la prestación del servicio educativo superior universitario y el registro de grados y títulos, conforme a Ley; Que, asimismo la citada Disposición Complementaria Final señala que, la modi fi cación de los documentos de gestión interna de la entidad, incluidos el Reglamento de Organización y Funciones, el CPE, el Manual de Perfi les de Puestos, el Texto Único de Procedimientos Administrativos, reglamentos, y otros instrumentos de gestión, son aprobados mediante resolución de su Consejo Directivo; Que, mediante la Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 000017-2024-SERVIR-PE, se formaliza el acuerdo del Consejo Directivo de SERVIR, el cual aprueba la Directiva Nº 002-2024-SERVIR-GDSRH, “Diseño y estructura de puestos y posiciones para la elaboración, aprobación, administración y modi fi cación del Cuadro de Puestos de la Entidad” (en adelante, Directiva); Que, el artículo 31 de la Directiva en mención establece los supuestos para la modi fi cación del CPE, siendo entre otros los siguientes: a) En el caso de modi fi cación a la dotación dispuesta en el Cuadro Nº 1 del CPE, sea por incremento o reducción de posiciones, e) Variación en las denominaciones de los órganos y/o unidades orgánicas como resultado de la modi fi cación del ROF o MOP (…), según corresponda; Que, la Resolución del Consejo Directivo Nº 00015-2024-SUNEDU-CD, aprobó las secciones Primera y Segunda del Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria – SUNEDU (en adelante, ROF): Que, con Resolución de Superintendencia Nº 0032-2024-SUNEDU, se aprobó el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria – SUNEDU; Que, considerando la estructura organizacional recientemente aprobada en el ROF de la Sunedu, la cual contempla nuevos órganos y unidades orgánicas, corresponde aprobar el CPE institucional; Que, la Primera Disposición Complementaria Final de la Directiva Nº 002-2024-SERVIR-GDSRH, “Diseño y estructura de puestos y posiciones para la elaboración, aprobación, administración y modi fi cación del Cuadro de Puestos de la Entidad” precisa que las entidades públicas creadas y/o que entraron en funcionamiento a partir del año 2014, no requieren realizar las acciones descritas en el Subcapítulo I del Capítulo II de la mencionada directiva, en el marco de la elaboración del CPE; Que, mediante Informe Nº 00035-2024-SUNEDU-SG- ORH-LEE la O fi cina de Recursos Humanos concluye, entre otros, que la propuesta del CPE de la Sunedu