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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE AGOSTO DEL AÑO 2024 (15/08/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 47

47 NORMAS LEGALES Jueves 15 de agosto de 2024 El Peruano / obra: “Red Vial N° 4: Tramo Pativilca-Santa-Trujillo y Puerto Salaverry - Empalme PN1N” y el valor de la Tasación, ascendente a S/ 757 759,80 (SETECIENTOS CINCUENTA Y SIETE MIL SETECIENTOS CINCUENTA Y NUEVE Y 80/100 SOLES), correspondiente al código RV4-T2-OV-HUA-001, conforme se detalla en el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Consignación del valor de la Tasación. Disponer que la Dirección General de Programas y Proyectos de Transportes del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes de emitida la presente Resolución Ministerial, solicite en la vía judicial la consignación del valor de la Tasación a que se re fi ere el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, la misma que se mantiene hasta que se establezca de modo de fi nitivo la propiedad del área afectada de los inmuebles para la ejecución de la obra en la vía judicial, arbitral o en otro mecanismo de solución de controversias, y se encuentra sometida a las reglas establecidas en el numeral 29.4 del artículo 29 del Decreto Legislativo N° 1192, Decreto Legislativo que aprueba la Ley Marco de Adquisición y Expropiación de inmuebles, transferencia de inmuebles de propiedad del Estado, liberación de Interferencias y dicta otras medidas para la ejecución de obras de infraestructura y sus modi fi catorias. Artículo 3.- Información necesaria para inscribir el área afectada de los bienes inmuebles a favor del Bene fi ciario y orden de levantar toda carga o gravamen que contengan las partidas registrales. 3.1 Disponer que la Dirección General de Programas y Proyectos de Transportes, a través de la Dirección de Disponibilidad de Predios, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes de emitida la presente Resolución Ministerial y notifi cada la consignación a los Sujetos Pasivos remita al Registro de Predios de la O fi cina Registral correspondiente de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos - SUNARP, la información señalada en el artículo 30 del Decreto Legislativo N° 1192, Decreto Legislativo que aprueba la Ley Marco de Adquisición y Expropiación de inmuebles, transferencia de inmuebles de propiedad del Estado, liberación de Interferencias y dicta otras medidas para la ejecución de obras de infraestructura y sus modi fi catorias, a efectos de inscribir el área expropiada de los bienes inmuebles a favor del Bene fi ciario. 3.2 Disponer que el Registrador, bajo responsabilidad, proceda al levantamiento de toda carga o gravamen que contengan las Partidas Registrales respecto al área afectada de los bienes inmuebles. Artículo 4.- Inscripción Registral del área de los bienes inmuebles a Favor del Bene fi ciario Disponer que la O fi cina Registral correspondiente de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos - SUNARP, inscriba a favor del Bene fi ciario el área expropiada de los bienes inmuebles, bajo responsabilidad y sanción de destitución. Artículo 5.- Noti fi cación a los Sujetos Pasivos Dispon er que la Dirección General de Programas y Proyectos de Transportes, a través de la Dirección de Disponibilidad de Predios, noti fi que la presente Resolución Ministerial a los Sujetos Pasivos de la expropiación, conforme a lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 1192, Decreto Legislativo que aprueba la Ley Marco de Adquisición y Expropiación de inmuebles, transferencia de inmuebles de propiedad del Estado, liberación de Interferencias y dicta otras medidas para la ejecución de obras de infraestructura y sus modi fi catorias, requiriéndole la desocupación y entrega del área expropiada de los bienes inmuebles dentro de un plazo máximo de diez (10) días hábiles siguientes de noti fi cada la presente Resolución Ministerial, de encontrarse desocupada el área de los inmuebles, o treinta (30) días hábiles de estar ocupada o en uso, bajo apercibimiento de iniciar los procedimientos de ejecución coactiva para el lanzamiento o toma de posesión del área de los bienes inmuebles materia de expropiación. Regístrese, comuníquese y publíquese.RAÚL PÉREZ REYES ESPEJO Ministro de Transportes y Comunicaciones ANEXO VALOR DE TASACIÓN DEL ÁREA AFECTADA DE LOS INMUEBLES PARA LA EJECUCIÓN DE PROYECTO VIAL CONCESIONADO “RED VIAL N° 4: TRAMO PATI VILCA - SANTA - TRUJILLO Y PUERTO SALAVERRY - EMPALME PN1N” N°SUJETO ACTIVO/ BENEFICIARIOSUJETO PASIVO IDENTIFICACIÓN DEL INMUEBLEVALOR DE TASACIÓN (S/) 1MINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONESCOMUNIDAD CAMPESINA DE HUAMBACHO MINISTERIO DE DESARROLLO AGRARIO Y RIEGOCÓDIGO: RV4-T2-OV-HUA-001ÁREA AFECTADA: 36,083.80 m2AFECTACIÓN: PARCIAL DEL INMUEBLE 757,759.80LINDEROS Y MEDIDAS PERIMÉTRICAS DEL ÁREA AFECTADA: Por el Norte: Colinda con la Partida Electrónica Nº 02108922 y con la carretera Panamericana Norte, en línea quebrada del vértice 1 al 3, con una longitud de 73.59 m. Por el Este: Colinda con la Partida Electrónica Nº 07008231, en línea quebrada y arqueada del vértice 3 al 82, con una longitud de 414.94 m. Por el Sur: Colinda con la Partida Electrónica Nº 07008231 y con la carretera Panamericana Norte, en línea quebrada del vértice 82 al 85, con una longitud de 68.93 m2. Por el Oeste: Colinda con la Partida Electrónica Nº 07008231 y con la carretera Panamericana Norte, en línea quebrada y arqueada del vértice 85 al 1, con una longitud de 524.88 m.COORDENADAS UTM DE VALIDEZ UNIVERSAL DEL ÁREA AFECTADA VÉRTICE LADODISTANCIA (m)WGS84 ESTE (X) NORTE (Y) 1 1-2 3.53 781704.2492 8975941.0045 2 2-3 70.06 781707.1883 8975942.9539 3 3-4 4.74 781763.1841 8975985.0639 4 4-5 4.48 781767.7763 8975983.8872 5 5-6 6.01 781772.1789 8975983.0558 6 6-7 9.23 781778.1552 8975982.3796 7 7-8 5.25 781787.3704 8975981.8256 8 8-9 4.32 781792.5261 8975982.8193 9 9-10 4.31 781796.8104 8975983.3753 10 10-11 4.30 781801.1085 8975983.6966 11 11-12 4.32 781805.4040 8975983.7826 12 12-13 4.30 781809.7222 8975983.6340 13 13-14 4.31 781814.0053 8975983.2522 14 14-15 4.31 781818.2729 8975982.6355 15 15-16 4.30 781822.4971 8975981.7867 16 16-17 4.31 781826.6610 8975980.7127 17 17-18 4.32 781830.7681 8975979.410018 18-19 4.30 781834.8063 8975977.8818 19 19-20 4.30 781838.7427 8975976.1411