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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE JULIO DEL AÑO 2024 (22/07/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 8

TEXTO PAGINA: 2

2 NORMAS LEGALES Lunes 22 de julio de 2024 El Peruano / ORGANISMOS AUTÓNOMOS DEFENSORÍA DEL PUEBLO Modifican el Reglamento Interno de la Comisión Especial a cargo del concurso público de méritos para la elección de los miembros de la Junta Nacional de Justicia, aprobado mediante Resolución N° 002-2019-CE RESOLUCIÓN DE LA COMISIÓN ESPECIAL A CARGO DEL CONCURSO PÚBLICO DE MÉRITOS PARA LA ELECCIÓN DE LOS MIEMBROS DE LA JUNTA NACIONAL DE JUSTICIA Nº 001-2024-CE Lima, 15 de julio de 2024 CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el Artículo 72 de la Ley Nº 30916, Ley Orgánica de la Junta Nacional de Justicia, son competencias de la Comisión Especial convocar y dirigir el concurso público de méritos para la elección de los miembros de la Junta Nacional de Justicia, así como aprobar su reglamento interno; Que, mediante Resolución Nº 002-2019-CE, de fecha 1 de abril del 2019, y publicada en el diario ofi cial El Peruano el 12 de abril del 2019, se aprobó el Reglamento Interno de la Comisión Especial, el cual fue modifi cado mediante Resolución Nº 016-2019-CE, de fecha 27 de agosto del 2019;Que, a través de la Única Disposición Complementaria Modifi catoria de la Ley Nº 32028, “Ley que modifi ca la Ley 26520, Ley Orgánica de la Defensoría del Pueblo, para promover su fortalecimiento institucional”, se modifi có el primer párrafo del artículo 77 de la Ley 30916, Ley Orgánica de la Junta Nacional de Justicia, estableciendo que “La Secretaría Técnica Especializada es un órgano de apoyo a la Comisión Especial, se encuentra adscrita al Despacho del Defensor del Pueblo, tiene carácter permanente y su titular es designado mediante resolución del Defensor del Pueblo”; Que, en consecuencia, la competencia de la Comisión Especial referida a “Designar por concurso público de méritos al secretario técnico especializado”, contenida en el literal h) del artículo 72 de la Ley 30916, Ley Orgánica de la Junta Nacional de Justicia, quedó derogada mediante la Única Disposición Complementaria Derogatoria de la citada Ley Nº 32028; Que, asimismo, con el fi n de armonizar el Reglamento Interno de la Comisión Especial con el avance de las tecnologías de la comunicación y el dinamismo del actual concurso público de méritos, resulta oportuno considerar que el acto de notifi cación durante las etapas del proceso de selección se realizará en la dirección de correo electrónico brindado por el postulante al momento de registro de su postulación, para lo cual brindará su consentimiento expreso; Que, por otro lado, al ser la Secretaría Técnica Especializada un órgano de apoyo a la Comisión Especial que tiene carácter permanente, resulta pertinente implementar, con el mismo carácter, un portal web institucional que contenga información institucional, datos sobre los concursos o convocatorias realizadas, así como otra información relevante de interés público; Que, el Presidente de la Comisión Especial, en la sesión de fecha 15 de julio de 2024, sometió a votación de los miembros de la Comisión Especial la propuesta de modifi cación del “Reglamento Interno de la Comisión COMUNICADO PUBLICACIÓN DE PRECEDENTES VINCULANTES EN EL DIARIO OFICIAL EL PERUANO Se hace de conocimiento a las entidades emisoras de Resolucione s que sienten precedentes constitucionales, judiciales o administrativos de observancia o bligatoria que todas las solicitudes de publicación se efectúan solo a través de la plataforma digital del Portal de Atención al Cliente -PGA-, a la que deberán acceder con el usuario y contraseña otorgados a cad a Entidad. Las Resoluciones de precedentes de observancia obligatoria, cuy os archivos se remiten a través del PGA deben contener en su texto de forma expresa dicha declaraci ón; así mismo deben adecuarse a las exigencias de la plataforma PGA. Si la Resolución incluye cuadros o tablas de texto, éstos deben ser editables; si incluye imágenes, fórmulas, gráfi cos etc, éstos deben ser legibles y en alta reso lución. El contenido de los archivos es de responsabilidad de la entida d que lo remite, conforme a los términos y condiciones del PGA. NOTA: Las Entidades que aún no cuenten con usuario y contraseña para acceder al sistema PGA, pueden solicitar su registro al correo normaslegales@editoraperu.com.pe GERENCIA DE PUBLICACIONES OFICIALES