Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE JUNIO DEL AÑO 2024 (06/06/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 36

36 NORMAS LEGALES Jueves 6 de junio de 2024 El Peruano / impedimentos del candidato Raúl Enrique Orjeda Pereda para el cargo de Jefe de la O fi cina de Asesoría Jurídica; Que, mediante Informe N° 000520-2024-OTASS- URH de la Unidad de Recursos Humanos, concluye que el señor Raúl Enrique Orjeda Pereda cumple con los requisitos para ser designado en el cargo de Jefe de la Ofi cina de Asesoría Jurídica del Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento – OTASS; contando con la conformidad de la O fi cina de Administración; Que, asimismo la Unidad de Recursos Humanos señala que, a efectos de la designación del señor Raúl Enrique Orjeda Pereda, en el cargo de Jefe de la Ofi cina Asesoría Jurídica del Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento – OTASS, corresponderá dar por concluida su designación en el cargo de Coordinador II de la Dirección de Operaciones del OTASS; Que, con Informe Legal N° 000222-2024-OTASS-OAJ, la O fi cina de Asesoría Jurídica contando con la opinión de la Unidad de Recursos Humanos y la conformidad de la O fi cina de Administración, concluye que resulta legalmente viable emitir la resolución directoral que resuelva concluir la designación del señor Raúl Enrique Orjeda Pereda en el cargo de Coordinador II de la Dirección de Operaciones del Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento - OTASS y lo designe en el cargo de Jefe de la O fi cina Asesoría Jurídica; Que, mediante Informe N° 000111-2024-OTASS-GG, la Gerencia General, señala que, contando con los informes técnico y legal de la Unidad de Recursos Humanos y de la O fi cina de Asesoría Jurídica, respectivamente; procedió a revisar la documentación que conforman el expediente administrativo que sustentan la designación, encontrándolo conforme; Con el visto de la Unidad de Recursos Humanos, de la O fi cina de Administración, de la O fi cina de Asesoría Jurídica y de la Gerencia General; De conformidad con las facultades conferidas a la Dirección Ejecutiva en el literal k) del artículo 10 del Reglamento de Organización y Funciones del Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento, aprobado por Decreto Supremo N° 006-2019-VIVIENDA y Resolución Directoral N° 010-2019-OTASS/DE; SE RESUELVE:Artículo 1.- Conclusión de designación Dar por concluida la designación del señor Raúl Enrique Orjeda Pereda, en el cargo de Coordinador II de la Dirección de Operaciones del Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento, siendo su último día de labores el 05 de junio de 2024; dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- Designación Designar al señor Raúl Enrique Orjeda Pereda en el cargo de Jefe de la O fi cina Asesoría Jurídica del Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento, a partir del 06 de junio de 2024; Artículo 3.- Noti fi cación Notifi car la presente Resolución al servidor citado, en la presente resolución; asimismo a la Unidad de Recursos Humanos y a la Dirección de Operaciones, para su conocimiento y fi nes pertinentes. Artículo 4.- Publicidad Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial El Peruano y en sede digital del Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento (www.gob.pe/otass). Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS HERNAN CONTRERAS BONILLA Director Ejecutivo 2295615-1SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADUANAS Y DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA Modifican la Resolución de Superintendencia N° 000057-2024/SUNAT , que aprobó normas complementarias para la aplicación de la Ley N° 31974 RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N° 000115-2024/SUNAT MODIFICA LA RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N° 000057-2024/SUNAT Lima, 3 de junio de 2024CONSIDERANDO: Que la Ley N° 31974 autoriza excepcionalmente a la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (SUNAT), hasta por el tiempo que establezca su reglamento, para disponer de los bienes y mercancías en situación de abandono legal o voluntario, incautados o comisados, provenientes de acciones de control realizadas en aplicación del Decreto Legislativo N° 1053, Decreto Legislativo que aprueba la Ley General de Aduanas, o de la Ley N° 28008, Ley de los Delitos Aduaneros, así como del Decreto Legislativo N° 1103, Decreto Legislativo que establece medidas de control y fi scalización en la distribución, transporte y comercialización de insumos químicos que puedan ser utilizados en la minería ilegal, que tenga bajo custodia en sus almacenes y en los almacenes aduaneros que hayan ingresado hasta el 31 de diciembre de 2022; Que mediante la única disposición complementaria fi nal del Reglamento de la Ley N° 31974, aprobado por el Decreto Supremo N° 022-2024-EF, se establece que la SUNAT emita las normas complementarias que resulten necesarias para su aplicación; Que, en tal sentido, la SUNAT, a través de la Resolución de Superintendencia N° 000057-2024/SUNAT, aprobó las normas complementarias para la aplicación de la Ley N° 31974; Que el artículo 6 de la citada resolución de superintendencia establece disposiciones sobre la notifi cación de los actos de disposición de los bienes y mercancías al propietario, al juez o al fi scal, según corresponda; asimismo, en el artículo 8 de la referida resolución de superintendencia se establece disposiciones sobre el pago del valor de los bienes y mercancías dispuestos; Que, a fi n adecuar dichas disposiciones a la operatividad y darle mayor e fi ciencia al proceso de disposición de bienes y mercancías a que se re fi ere la Ley N° 31974, se ha estimado conveniente modi fi car la citada resolución de superintendencia; En uso de la facultad conferida por el literal m) del artículo 10 de la sección primera del Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria, aprobada por el Decreto Supremo N° 040-2023-EF; SE RESUELVE: Artículo Único.- Modi fi car los numerales 6.3 y 6.4 del artículo 6, así como el numeral 8.2 del artículo 8 de la Resolución de Superintendencia N° 000057-2024/SUNAT, en los términos siguientes: “Artículo 6.- Noti fi cación de los actos de disposición (…) 6.3 La noti fi cación al juez que conoce el proceso, a que se re fi ere el numeral 3.3 del artículo 3 del Reglamento