TEXTO PAGINA: 7
7 NORMAS LEGALES Lunes 17 de junio de 2024 El Peruano / Segundo. Que, estando a la información presentada por la Gerencia General del Poder Judicial, es menester expedir el acto administrativo correspondiente. Tercero. Que teniendo en consideración los temas que se desarrollarán; así como la visión panorámica que ofrece de la manera de afrontar problemas similares, siendo uno de ellos la carga procesal que tienen otros Tribunales Supremos como Brasil, Argentina, España, Francia, Inglaterra, Italia, Portugal y Alemania; resulta de interés para este Poder del Estado participar en certámenes en el que jueces y juezas puedan adquirir conocimientos; así como intercambiar conocimientos y experiencias e información, con el fi n de mejorar e innovar la administración de justicia que redundará en un mejor servicio que se brinda a la población. Cuarto. Que el Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM regula la asignación de gastos por concepto de viáticos para viajes al exterior de funcionarios y servidores públicos; según la escala aprobada por la citada normatividad. En consecuencia, el Presidente del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de conformidad con el Memorando Nº 000614-2024-GAF-GG-PJ de la Gerencia de Administración y Finanzas de Gerencia General del Poder Judicial, en concordancia con la Resolución Corrida Nº 000269-2024-CE-PJ; y en uso de las facultades delegadas mediante Resolución Administrativa 003-2009-CE-PJ; RESUELVE:Artículo Primero.- Autorizar el viaje del señor César Augusto Proaño Cueva, Juez titular de la Corte Suprema de Justicia de la República, del 18 al 22 de junio del año en curso, para que participe en el Congreso Internacional sobre Tribunales Supremos en el Derecho Comparado y en Brasil”, que se llevará a cabo en la ciudad de Brasilia, Brasil; concediéndosele licencia con goce de haber del 18 al 21 de junio próximo. El mencionado juez supremo presentará el informe respectivo, sobre su participación en la citada actividad. Artículo Segundo.- Los gastos de movilidad, pasajes aéreos y seguro de viaje estarán a cargo de la Unidad Ejecutora de la Gerencia General del Poder Judicial, de acuerdo al siguiente detalle: US$ Movilidad : 370.00Pasajes aéreos : 814.83Seguro de viaje : 35.00 Artículo Tercero.- El cumplimiento de la presente resolución no exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, de ninguna clase o denominación. Artículo Cuarto.- Transcribir la presente resolución a la Presidencia del Poder Judicial, Juez Supremo participante; y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fi nes consiguientes. Regístrese, publíquese, comuníquese y, cúmplase. JAVIER ARÉVALO VELA PresidenteConsejo Ejecutivo 2298126-1 ORGANISMOS AUTÓNOMOS DEFENSORÍA DEL PUEBLO Aprueban el “Manual de Clasificador de Cargos” de la Defensoría del Pueblo RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA GENERAL N° 0152-2024-DP/SG Lima, 6 de junio de 2024VISTO: El Informe N° 0351-2024-DP/OGDH y el Informe Técnico N° 0007-2024-DP/OGDH emitidos por la O fi cina de Gestión y Desarrollo Humano, el Informe N° 0039-2024-DP/OPP emitido por la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto y el Informe N° 395-2024-DP/OAJ emitido por la O fi cina de Asesoría Jurídica, relacionados con la emisión de la Resolución que apruebe el “Manual Clasi fi cador de Cargos” de la Defensoría del Pueblo; y, CONSIDERANDO:Que, de conformidad con los artículos 161° y 162° de la Constitución Política del Perú se constituye la Defensoría del Pueblo como Organismo Constitucionalmente Autónomo y se asignan sus funciones mediante la Ley N° 26520, Ley Orgánica de la Defensoría del Pueblo y sus modi fi catorias; y, mediante la Resolución Defensorial N° 004-2024/DP y sus modi fi catorias se aprobó su Reglamento de Organización y Funciones; Que, mediante la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 000150-2021-SERVIR-PE se formaliza el acuerdo de Consejo Directivo mediante el cual se aprueba la Directiva N° 006-2021-SERVIR-GDSRH “Elaboración del Manual de Clasi fi cador de Cargos y del Cuadro para Asignación de Personal Provisional”, en adelante la Directiva, la cual establece normas técnicas y procedimientos de observancia obligatoria, que las entidades públicas deben seguir para la administración de cargos y posiciones; Que, el literal c) del numeral 5.1 de la Directiva de fi ne el Manual de Clasi fi cador de Cargos como el documento de gestión institucional en el que se describen de manera ordenada todos los cargos de la entidad, estableciendo su denominación, clasi fi cación, funciones y requisitos mínimos para el ejercicio de las funciones y cumplimiento de objetivos de la entidad; Que, el subnumeral 6.1.1 del numeral 6.1 de la Directiva señala que la propuesta de Manual de Clasi fi cador de Cargos de la entidad debe contener los cargos estructurales que la entidad requiere para que los órganos y unidades orgánicas cumplan con las funciones mínimas indispensables dispuestas en el Reglamento de Organización y Funciones o el Manual de Operaciones, según corresponda, no siendo obligatorio el uso de todas las clasi fi caciones dispuestas en la Ley N° 28175, Ley Marco del Empleo Público; Que, el subnumeral 6.1.4 del numeral 6.1 de la Directiva señala que la información dispuesta sobre los cargos estructurales debe contener, como mínimo, lo referente a clasi fi cación, sigla, denominación, funciones y requisitos (Anexo N° 5); Que, por su parte, el subnumeral 6.1.7 del numeral 6.1 de la Directiva establece que la O fi cina de Recursos Humanos debe elevar la propuesta de Manual de Clasi fi cador de Cargos al titular de la entidad, previa opinión favorable de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto, en lo concerniente al ámbito de su competencia; Que, el inciso b) del artículo 65° del Reglamento de Organización y Funciones establece que la O fi cina de Gestión y Desarrollo Humano tiene como función dirigir, ejecutar y evaluar la política institucional relacionada al sistema administrativo de recursos humanos de la entidad, bajo el marco de las disposiciones emitidas por el ente rector y las normas vigentes; Que, con Informe Técnico N° 0007-2024-DP/ OGDH, del 29 de mayo de 2024, la O fi cina de Gestión y Desarrollo Humano concluye: “3.1. La propuesta del Manual de Clasi fi cador de Cargos se alinea con la actual estructura de la Defensoría del Pueblo, tal como se establece en el Reglamento de Organización y Funciones aprobado por la Resolución Defensorial N° 004-2024/DP y su modi fi catoria y asimismo responde a los cambios legislativos establecidos por la Ley N° 32028, Ley que modi fi ca la Ley 26520, Ley Orgánica de la Defensoría del Pueblo, para promover su fortalecimiento institucional. 3.2. Por las consideraciones expuestas, la O fi cina de Gestión y Desarrollo Humano recomienda aprobar la propuesta del Manual Clasi fi cador de Cargos de la Defensoría del Pueblo, el mismo que recoge las recomendaciones efectuadas por la Autoridad Nacional del Servicio Civil,