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26 NORMAS LEGALES Viernes 1 de marzo de 2024 El Peruano / ANEXO VALOR DE TASACIÓN DEL ÁREA AFECTADA DEL INMUEBLE PARA LA EJECUCIÓN DE LA OBRA: “REHABILITACIÓN Y MEJORAMIENTO DE LA CARRETERA PE3N LONGITUDINAL DE LA SIERRA NORTE, TRAMO: COCHABAMBA - CUTERVO - SANTO DOMINGO DE LA CAPILLA - CHIPLE”. N°SUJETO ACTIVO/ BENEFICIARIOSUJETO PASIVOIDENTIFICACIÓN DEL INMUEBLEVALOR DE TASACIÓN (S/) 1MINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONESANDRES ANTONIO RAMIREZ MENORCÓDIGO: LSNT2-060601-U-0001ÁREA AFECTADA: 8.80 m2 (0.0009 ha.)AFECTACIÓN: PARCIAL DEL INMUEBLE 3 537,60LINDEROS Y MEDIDAS PERIMÉTRICAS DEL ÁREA AFECTADA:Por el Frente:Colinda con el Jirón 22 de octubre, (DEL VÉRTICE 1 AL VÉRTICE 2) en 4.72 m.Por el Fondo:Colinda con el área remanente de la P.E. P36018806 de Andrés Antonio Ramírez Menor (DEL VÉRTICE 2 AL VÉRTICE 9) en 7.33 m.Por la Derecha: Colinda con el predio de P.E. P36018807 de Andrés Antonio Ramírez Menor (DEL VÉRTICE 9 AL VÉRTICE 1) en 4.85 m.COORDENADAS UTM DE VALIDEZ UNIVERSAL DEL ÁREA AFECTADA VÉRTICE LADODISTANCIA (m)WGS84 ESTE (X) NORTE (Y) 1 1-2 4.72 742418.6271 9295172.4735 2 2-3 0.63 742416.3437 9295168.3438 3 3-4 1.44 742416.3866 9295168.9690 4 4-5 1.44 742416.3250 9295170.4113 5 5-6 1.44 742416.1038 9295171.8378 6 6-7 0.17 742415.7259 9295173.2310 7 7-8 1.27 742415.6619 9295173.3931 8 8-9 0.94 742415.1957 9295174.5738 9 9-1 4.85 742414.7572 9295175.4017 PARTIDA ELECTRÓNICA: N° P36018806 del Registro de Predios de la O fi cina Registral Chota, Zona Registral N° II – Sede Chiclayo. INFORME DE VERIFICADOR Nº 094- 2023-VDSS de fecha 10 de octubre de 2023, suscrito por veri fi cador catastral. 2265506-1 Designan Asesor II - Jefe de Gabinete de Asesores del Despacho Ministerial RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 089-2024-MTC/01 Lima, 28 de febrero de 2024CONSIDERANDO:Que, la Ley N° 29370, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, determina y regula el ámbito de competencias, las funciones y la estructura orgánica básica del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, conforme al literal i) del artículo 8 del Texto Integrado actualizado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Resolución Ministerial N° 658-2021-MTC/01, es función del Despacho Ministerial designar a los titulares de los cargos de con fi anza del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, se encuentra vacante el cargo de Asesor/a II-Jefe de Gabinete de Asesores del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, siendo necesario designar a la persona que ejercerá dicho cargo; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley N° 29370, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, y el Texto Integrado actualizado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Resolución Ministerial N° 658-2021-MTC/01; SE RESUELVE:Artículo Único.- Designar al señor FERNANDO LUIS SILVA ABANTO, en el cargo de Asesor II-Jefe de Gabinete de Asesores del Despacho Ministerial del Ministerio de Transportes y Comunicaciones. Regístrese, comuníquese y publíquese.RAÚL PÉREZ REYES ESPEJO Ministro de Transportes y Comunicaciones 2265961-1 VIVIENDA, CONSTRUCCIÓN Y SANEAMIENTO Decreto Supremo que modifica el Reglamento de la Ley N° 29033, Ley de creación del Bono del Buen Pagador, aprobado por el Decreto Supremo N° 003-2015-VIVIENDA DECRETO SUPREMO Nº 004-2024-VIVIENDA LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO:Que, por Ley Nº 29033, se crea el Bono del Buen Pagador (BBP) como una de las acciones de política de acceso de la población a la vivienda, con el objetivo de incentivar y promover el cumplimiento oportuno de los pagos mensuales del crédito MIVIVIENDA otorgado en soles; señalando que el BBP consiste en la ayuda económica directa no reembolsable que se otorga a las personas que accedan al crédito MIVIVIENDA o a fi nanciamiento del Fondo MIVIVIENDA S.A. (FMV), por medio de las empresas del sistema fi nanciero;