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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE MARZO DEL AÑO 2024 (08/03/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 76

TEXTO PAGINA: 16

16 NORMAS LEGALES Viernes 8 de marzo de 2024 El Peruano / Que, siendo esto así, resulta necesario emitir el acto resolutivo que otorgue el reconocimiento como Personalidad Meritoria de la Cultura , en tal sentido, los informes citados constituyen parte integrante de la presente resolución, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 6 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS; Con los vistos del Viceministerio de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales, de la Dirección General de Patrimonio Cultural, de la Dirección General de Industrias Culturales y Artes, de la Dirección de Artes, de la Dirección de Patrimonio Inmaterial y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura; el Decreto Supremo Nº 005-2013-MC, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura y la Directiva Nº 002-2016/MC, Directiva para el Otorgamiento de Reconocimientos del Ministerio de Cultura, aprobada por la Resolución Ministerial Nº 107-2016-MC; SE RESUELVE: Artículo 1.- Otorgar la distinción de Personalidad Meritoria de la Cultura a la señora HILDA VALERIANA CACHI YUPANQUI, en mérito de su destacada trayectoria en el campo de la orfebrería y platería tradicional cusqueña en el ámbito nacional e internacional, siendo portadora de una importante tradición familiar y una capacidad creativa que han colocado sus piezas en importantes colecciones de arte y artesanía tradicional a nivel global. Artículo 2.- Remitir copia de la presente resolución a la O fi cina de Comunicación e Imagen Institucional para los fi nes pertinentes. Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente resolución en la sede digital del Ministerio de Cultura (www.gob.pe/cultura), el mismo día de su publicación en el diario o fi cial El Peruano . Regístrese, comuníquese y publíquese. LESLIE CAROL URTEAGA PEÑA Ministra de Cultura 2268407-5 Otorgan distinción de Personalidad Meritoria de la Cultura RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 000091-2024-MC San Borja, 7 de marzo del 2024 VISTOS: el Proveído Nº 002275-2024-VMPCIC/MC del Viceministerio de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales; el Informe Nº 000244-2024-DGPC-VMPCIC/MC de la Dirección General de Patrimonio Cultural; el Memorando Nº 000214-2024-DGIA-VMPCIC/MC de la Dirección General de Industrias Culturales y Artes; el Informe Nº 000326-2024-OGAJ-SG/MC de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO:Que, el literal d) del artículo 7 de la Ley Nº 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura y el numeral 3.17 del artículo 3 del Reglamento de Organización y Funciones – ROF del Ministerio de Cultura, aprobado por el Decreto Supremo Nº 005-2013-MC, prevén como función exclusiva de este ministerio, convocar y conceder reconocimientos al mérito a los creadores, artistas, personas y organizaciones que aporten al desarrollo cultural del país; Que, el artículo 51 del ROF, establece que la Dirección General de Patrimonio Cultural está encargado de diseñar, proponer y conducir la ejecución de las políticas, planes, estrategias, programas y proyectos para una adecuada gestión, registro, inventario, investigación, conservación, presentación, puesta en uso social, promoción y difusión del patrimonio cultural, con excepción del patrimonio mueble y patrimonio arqueológico inmueble; Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 55 de la norma, la Dirección de Patrimonio Inmaterial está encargada de gestionar, identi fi car, documentar, registrar, inventariar, investigar, preservar, salvaguardar, promover, valorizar, transmitir y revalorizar el patrimonio cultural inmaterial del país, en sus distintos aspectos; Que, el artículo 77 del ROF, dispone que la Dirección General de Industrias Culturales y Artes tiene a su cargo formular, coordinar, ejecutar y supervisar las políticas, estrategias y acciones orientadas a estimular la creación artística y fomentar la actividad artística en los más diversos campos; Que, asimismo, conforme con el numeral 78.14 del artículo 78 del ROF, la Dirección General de Industrias Culturales y Artes tiene como función emitir opinión técnica y recomendación, en materia de su competencia, para el otorgamiento de reconocimientos al mérito a los creadores, artistas, personas y organizaciones que aporten al desarrollo cultural del país; Que, el numeral 82.15 del artículo 82 de la norma, dispone que, dentro de sus funciones, le corresponde a la Dirección de Artes de la Dirección General de Industrias Culturales y Artes emitir opinión técnica para el otorgamiento de reconocimientos a personas naturales y jurídicas cuya labor y trayectoria en el campo de las artes constituyan un aporte al desarrollo cultural del país; Que, el acápite 5.1.3 del numeral 5.1 del artículo V de la Directiva Nº 002-2016-MC, Directiva para el Otorgamiento de Reconocimientos del Ministerio de Cultura , aprobada por Resolución Ministerial Nº 107-2016-MC de fecha 16 de marzo de 2016, establece que Personalidad Meritoria de la Cultura es el reconocimiento que otorga el Ministerio de Cultura a personas naturales o jurídicas, públicas o privadas, inscritas o no en los registros públicos, así como a organizaciones tradicionales, que han realizado un aporte signi fi cativo al desarrollo cultural del país. Reconocimiento que se formaliza mediante resolución ministerial a ser publicada en el diario o fi cial El Peruano , conforme con lo establecido por el acápite 6.1.4 de la citada directiva; Que, a través del Informe Nº 000170-2024-DPI-DGPC- VMPCIC/MC de la Dirección de Patrimonio Inmaterial, hecho suyo por la Dirección General de Patrimonio Cultural, se propone otorgar la distinción de Personalidad Meritoria de la Cultura , entre otras, a la señora LUCY ARAUJO AYALA quien es hija del gran maestro Teó fi lo Araujo Choque, distinguido como Personalidad Meritoria de la Cultura mediante Resolución Directoral Nº 441/INC de quien aprendió el arte de la hojalatería; Que, la señora Lucy Araujo Ayala constituye su propio taller cuyas piezas forman parte del legado artístico de la familia Araujo y de la tradición hojalatera de Ayacucho. Desde dicho espacio, participa de forma más activa en ferias regionales y nacionales, así como eventos de exposición del arte tradicional en distintos departamentos del país, siendo reconocida como una destacada exponente de la hojalatería ayacuchana. Es una de las pocas mujeres que en la actualidad se dedica a difundir una práctica artesanal que estuvo a punto de desaparecer; Que, a lo largo de su trayectoria ha recibido reconocimientos dentro de los cuales cabe destacar aquel que le fue conferido por la Municipalidad Distrital de Huamanga, mediante Resolución de Alcaldía Nº 607-2015-MPH/A, como maestra de arte popular y artesanía por su trayectoria y loable aporte al fortalecimiento de la identidad y tradiciones culturales a través de la protección y la promoción de la tradición artesanal de la hojalatería, dando continuidad y promoviendo sus técnicas y procedimientos de elaboración, teniendo en cuenta la calidad, tradición, valor cultural, utilidad y creando conciencia en la población sobre su importancia económica, social, histórica y cultural; Que, en el año 2021 el Congreso de la República le otorga un reconocimiento por sus veinte años de trayectoria dedicados al arte de la hojalatería tradicional ayacuchana, preservando la originalidad e identidad cultural; en el año 2015, la Municipalidad Distrital de San Juan Bautista la reconoce por labor artesanal en el marco del día regional