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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2024 (02/11/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 16

16 NORMAS LEGALES Sábado 2 de noviembre de 2024 El Peruano / Crean el Grupo de Trabajo Multisectorial de naturaleza temporal para la mejora y actualización de la normativa que regula la casación RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0280-2024-JUS Lima, 31 de octubre de 2024 VISTOS, el Informe Legal N° 534-2024-JUS/DGDNCR de la Dirección General de Desarrollo Normativo y Calidad Regulatoria; el Informe N° 153-2024-JUS/OGPM- OOM de la O fi cina de Organización y Modernización; el Memorando N° 2368-2024-JUS/OGPM de la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; y, el Informe N° 1650-2024-JUS/OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, conforme lo establece el literal f) del artículo 4 de la Ley N° 29809, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, este Ministerio es competente en materia de coherencia y perfeccionamiento del ordenamiento jurídico. Asimismo, conforme a lo señalado en el literal l) del artículo 7 de la mencionada norma tiene como una de sus funciones especí fi cas estudiar y proponer la dación y reforma de la legislación; Que, mediante Informe Legal N° 534-2024-JUS/ DGDNCR, la Dirección General de Desarrollo Normativo y Calidad Regulatoria justi fi ca la necesidad de conformar un grupo de trabajo multisectorial de naturaleza temporal dependiente del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos cuyo objeto sea elaborar una propuesta normativa para la optimización del marco jurídico vigente que la regula; Que, en ese sentido, es conveniente crear un espacio de deliberación y coordinación interinstitucional cuyo objeto sea delimitar la problemática de la casación y proponer la reforma de su marco jurídico; Que, conforme al numeral 28.1 del artículo 28 de los Lineamientos de Organización del Estado, aprobados por Decreto Supremo N° 054-2018-PCM, los grupos de trabajo son un tipo de órgano colegiado sin personería jurídica ni administración propia, que se crean para cumplir funciones distintas a las de seguimiento, fi scalización, propuesta o emisión de informes técnicos, tales como la elaboración de propuestas normativas, instrumentos, entre otros productos especí fi cos. Sus conclusiones carecen de efectos jurídicos sobre terceros; Que, en tal sentido, resulta necesario constituir un Grupo de Trabajo Multisectorial de naturaleza temporal para la mejora y actualización de la normativa que regula la casación, con la fi nalidad de optimizar el marco jurídico vigente; Que, de acuerdo a lo establecido en el Informe de Opinión Técnica Vinculante N° 01-2020-PCM-SGPSSAP, de fecha 17 de agosto de 2020, expedido por la Secretaría de Gestión Pública de la Presidencia del Consejo de Ministros y en el Decreto Supremo N° 054-2018-PCM, se dispone la conformación del Grupo de Trabajo Multisectorial de naturaleza temporal que estará integrado por representantes del Sector Justicia y Derechos Humanos, tres jueces de la Corte Suprema de Justicia de la República, dos jueces de Cortes Superiores, un (a) representante de la Academia de la Magistratura, un (a) representante de una facultad de Derecho de una universidad pública acreditada ante la Superintendencia Nacional de Educación y un (a) representante de una universidad privada acreditada en la Superintendencia Nacional de Educación; Que, de acuerdo con el numeral 28.2 del artículo 28 del Decreto Supremo N° 054-2018-PCM, los representantes de las entidades que conforman el grupo de trabajo han sido designados, respectivamente, por su propia entidad; Que, en virtud al subnumeral 1 del numeral 28.1 del artículo 28 del Reglamento que desarrolla el Marco Institucional que rige el Proceso de Mejora de la Calidad Regulatoria y establece los Lineamientos Generales para la aplicación del Análisis de Impacto Regulatorio Ex Ante, aprobado por Decreto Supremo N° 063-2021-PCM, la presente norma se considera excluida del alcance del AIR Ex Ante por la materia que comprende consistente en la creación de un Grupo de Trabajo Multisectorial de naturaleza temporal; Con el visado de la Dirección General de Desarrollo Normativo y Calidad Regulatoria; de la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; y, de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto por la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 29809, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, aprobado mediante Decreto Supremo N° 013-2017-JUS; y, el Decreto Supremo N° 054-2018-PCM, que aprueba los Lineamientos de Organización del Estado y modi fi catorias; SE RESUELVE: Articulo 1.- Creación del Grupo de Trabajo Crear el Grupo de Trabajo Multisectorial de naturaleza temporal para la mejora y actualización de la normativa que regula la casación, dependiente del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. Articulo 2.- Objeto El Grupo de Trabajo Multisectorial tiene por objeto elaborar una propuesta normativa para la optimización del marco jurídico vigente que la regula. Articulo 3.- Funciones 3.1. El Grupo de Trabajo Multisectorial tiene las siguientes funciones: a) Realizar una evaluación integral del marco legal vigente que regula la casación en el Perú, delimitando la problemática existente. b) Elaborar una propuesta normativa para la optimización del marco jurídico vigente sobre la casación. c) Llevar a cabo las acciones de coordinación necesarias para asegurar el cumplimiento de su objeto y funciones. 3.2. Para el cumplimiento de sus funciones, el Grupo de Trabajo Multisectorial puede requerir a cualquier entidad del sector público la documentación e información relacionada con su objeto. Las entidades del sector público deben entregar al Grupo de Trabajo Sectorial la información que les sea requerida por éste, salvo las excepciones de Ley. 3.3. Al término de su vigencia, el Grupo de Trabajo Multisectorial presenta al Despacho Ministerial del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos un producto fi nal que contenga las propuestas y recomendaciones para la mejora y actualización del marco normativo que regula la casación. Articulo 4.- Conformación 4.1. El Grupo de Trabajo Multisectorial está integrado por: a) El/la Viceministro (a) de Justicia del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, quien lo preside. b) Tres jueces (as) de la Corte Suprema de Justicia de la República. c) Dos jueces (as) de Cortes Superiores de Justicia. d) El/la Director (a) General de la Dirección General de Desarrollo Normativo y Calidad Regulatoria del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. e) Un (a) representante del Despacho Ministerial del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. f) Un (a) representante de la Academia de la Magistratura. g) Un (a) representante de una facultad de derecho de una de las universidades públicas más antiguas del Perú