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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2024 (16/11/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 39

39 NORMAS LEGALES Sábado 16 de noviembre de 2024 El Peruano / Artículo Tercero.- Encargar a la Gerencia Municipal, las acciones administrativas correspondientes para el cumplimiento del presente acuerdo. Artículo Cuarto.- ENCARGAR, a Secretaria General la publicación del presente Acuerdo de Concejo en el diario O fi cial El Peruano y en el portal de la Municipalidad distrital de Awajún, así también noti fi car el presente acuerdo al interesado, a los Regidores y a las o fi cinas y unidades orgánicas de la Municipalidad para conocimiento y fi nes. Regístrese, comuníquese y cúmplase. FERMIN YAGKITAI ENTSAKUA Alcalde 2344097-1 MUNICIPALIDAD DE PUNTA HERMOSA Prorrogan para el ejercicio 2025 la vigencia de lo establecido en la Ordenanza Nº 461-MDPH, que estableció el derecho de emisión mecanizada de actualización de valores de la declaración jurada y liquidación del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales y Distribución para el Ejercicio 2023 ORDENANZA N° 534-MDPH Punta Hermosa, 29 de octubre del 2024 EL CONCEJO MUNICIPAL DE PUNTA HERMOSA VISTO: En Sesión Ordinaria del Concejo Municipal de fecha 29 de octubre de 2024, el Informe N° 199-2024-GR/ MDPH de fecha 16 de octubre de 2024, emitido por la Gerencia de Rentas; y CONSIDERANDO: Que, de conformidad al Artículo 194° de la Constitución Política del Estado, Modi fi cada por la Ley N° 30305, Los Gobiernos Locales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; lo que es concordante con lo establecido en el artículo II del Título Preliminar de la Ley N° 27972, “Ley Orgánica de Municipalidades”, que señala que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el segundo párrafo del artículo 40° de la Ley N° 27972, “Ley Orgánica de Municipalidades”, dispone que mediante Ordenanzas se crean, modi fi can, suprimen o exoneran de los arbitrios, tasas, licencias, derecho y contribuciones dentro de los límites establecidos por ley; Que, conforme lo establecen los artículos 74º y 195º de la Constitución Política del Perú, la facultad de crear, modi fi car y suprimir contribuciones, arbitrios, derechos y licencias o exonerar de ellos es otorgada a los gobiernos locales, siempre que sea dentro de su jurisdicción y con los límites que la ley establece, esto en concordancia con la Norma IV del Título Preliminar del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado mediante D.S. Nº 133-2013-EF y con el numeral 9) del artículo 9º de la Ley Nº 27972, “Ley Orgánica de Municipalidades”; Que, conforme a la Cuarta Disposición Final del Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal - TUO, aprobada por Decreto Supremo N° 156-2004-EF, se faculta a las Municipalidades a cobrar por el servicio de emisión mecanizada de actualización de valores, determinación de impuestos y recibo de pago correspondiente, incluida su distribución a domicilio, un importe no mayor al 0.4% de la UIT vigente al primero de enero de cada ejercicio; Que la Ordenanza Municipal N° 2386-MML, Ordenanza que sustituye la Ordenanza Municipal N° 2085-MML y modi fi catorias, aprueba el procedimiento de rati fi cación de Ordenanzas Tributarias en el ámbito de la Provincia de Lima, publicada en el Diario O fi cial “El Peruano” el 26 de agosto de 2021, establece en la Séptima Disposición Final que: “Las ordenanzas distritales que aprueben el servicio Municipal sobre emisión mecanizada de valores para el contribuyente, deberán ser rati fi cadas anualmente. Sin perjuicio de lo anterior, el acuerdo de concejo rati fi catorio tendrá una vigencia máxima de 02 ejercicios fi scales adicionales, en la medida que no exista variaciones sustanciales en las condiciones que originaron la rati fi cación, en cuyo caso la Municipalidad Distrital deberá colocar su decisión al SAT de aplicar dicha aplicación del acuerdo de concejo ratifi catorio para los citados ejercicios, mediante comunicación formal del Gerente Municipal, hasta el último día hábil del mes de diciembre. Transcurrido dicho periodo, las Municipalidades deberán dar inicio al procedimiento de rati fi cación respectivo, conforme el plazo previsto para tal efecto”; Que, mediante Ordenanza N° 461-MDPH, se “establece el derecho de emisión mecanizada de actualización de valores de la declaración jurada y liquidación del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales y Distribución para el Ejercicio 2023”, rati fi cada con Acuerdo de Concejo N°490-MML, publicada en el Diario O fi cial “El Peruano” con fecha 31 de diciembre de 2022, donde se fi jó en S/ 7,50 soles (Siete y 50/100 soles) el monto anual que deben abonar los contribuyentes por derecho de emisión mecanizada de actualización de valores de la declaración jurada y liquidación del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales y distribución para el ejercicio 2023 en el Distrito de Punta Hermosa; Que, la Sétima Disposición Final de la Ordenanza Nº 2386-MML de la Municipalidad Metropolitana de Lima, Ordenanza que sustituye la Ordenanza Nº 2085, que aprueba el Procedimiento de Rati fi cación de Ordenanzas Tributarias en el Ámbito de la Provincia de Lima, referida sobre la Periodicidad en la Rati fi cación de Ordenanzas del servicio municipal sobre Emisión Mecanizada de Valores para el contribuyente, establece que el Acuerdo de Concejo rati fi catorio tendrá una vigencia máxima de dos (2) ejercicios fi scales adicionales, en la medida que no exista variaciones sustanciales en la condiciones que originaron la rati fi cación; Que, la Gerencia de Rentas, mediante Informe N° 199-2024-GR/MDPH de fecha 16 de octubre de 2024, indica que las condiciones que originaron la rati fi cación de la Ordenanza N° 461-MDPH, no han sufrido variaciones sustanciales; considerando pertinente prorrogar la vigencia de la Ordenanza N° 461-MDPH para el ejercicio 2025; Estando a lo expuesto y de conformidad a lo establecido por los numerales 8) y 9) del artículo 9° y artículo 40° de la Ley N° 27972 “Ley Orgánica de Municipalidades” y artículo 41° del Texto Único Ordenado – TUO del Código Tributario, aprobado por Decreto Supremo N°133-2013- EF, el Concejo Municipal por UNANIMIDAD aprueba la siguiente: ORDENANZA QUE PRORROGA PARA EL EJERCICIO 2025, LA VIGENCIA DE LA ORDENANZA Nº 461-MDPH, “ORDENANZA QUE ESTABLECE EL DERECHO DE EMISIÓN MECANIZADA DE ACTUALIZACIÓN DE VALORES DE LA DECLARACIÓN JURADA, LIQUIDACIÓN DEL IMPUESTO PREDIAL, ARBITRIOS MUNICIPALES Y DISTRIBUCIÓN PARA EL EJERCICIO 2023 EN EL DISTRITO DE PUNTA HERMOSA” Artículo Primero.- PRORROGAR para el ejercicio 2025 la vigencia de lo establecido en la Ordenanza Nº 461-MDPH, rati fi cada por Acuerdo de Concejo Nº 490-MML que fi ja en S/. 7.50 (Siete y 50/100 Soles) el monto por concepto de Derecho de Emisión Mecanizada