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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2024 (16/11/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 23

23 NORMAS LEGALES Sábado 16 de noviembre de 2024 El Peruano / Nombres y ApellidosPasajes Aéreos Clase Económica USDViáticos por día USDNúmero de díasTotal viáticos USD Luis Felipe Ugarelli Basurto 1,983.05 540.00 3+2 2,700.00 Conforme a los establecido en el artículo 8 del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, y atendiendo al itinerario de viaje, se han adicionado dos (2) días de viáticos por concepto de gasto de instalación y traslado, todo lo cual formará parte de la rendición de viáticos que corresponda. Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario, posteriores a su retorno al país, el citado funcionario diplomático deberá presentar al Ministro de Relaciones Exteriores un informe detallado de las acciones realizadas y los resultados obtenidos en el viaje autorizado. Artículo 4.- La presente Resolución Ministerial no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. ELMER SCHIALER SALCEDO Ministro de Relaciones Exteriores 2343961-1 Autorizan viaje de Analista Legal de la Dirección General de Tratados a la República de Corea, en comisión de servicios RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0857-2024-RE Lima, 13 de noviembre de 2024 VISTOS: El Memorándum Nº DGM018722024 de la Dirección General para Asuntos Multilaterales y Globales, de 28 octubre de 2024; la Hoja de Trámite (GAC) Nº 4521 del Despacho Viceministerial, de 29 de octubre de 2024; el Memorándum Nº OPP036042024 de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, de 8 de noviembre de 2024, que otorgó certi fi cación de crédito presupuestario al presente viaje; y, el Memorándum Nº OAP035302024 de la O fi cina de Administración de Personal, de 11 de noviembre de 2024; CONSIDERANDO:Que, el Comité Intergubernamental de Negociación (INC, por sus siglas en inglés) para desarrollar un instrumento internacional jurídicamente vinculante sobre la contaminación por plásticos, incluido el ambiente marino fue establecido durante la quinta Asamblea de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente (UNEA 5.2), mediante la resolución 5/14 presentada por Perú y Ruanda, y aprobada con el respaldo de 175 países, titulada “Fin de la contaminación por plásticos: Hacia un instrumento internacional jurídicamente vinculante”; Que, la Republica del Perú, ejerció la Presidencia del INC hasta noviembre de 2023 y, actualmente, ocupa la Vicepresidencia del INC, en representación del Grupo América Latina y el Caribe (GRULAC); Que, la Secretaría del INC ha cursado una invitación a los países que participan en las negociaciones, para participar en la Quinta Sesión del Comité Intergubernamental de Negociación para la elaboración de un instrumento internacional jurídicamente vinculante sobre la contaminación por plásticos, incluido el medio marino (INC-5), que se llevará a cabo en la ciudad de Busan, República de Corea, del 25 de noviembre al 1 diciembre de 2024, y que tendrá como objetivo principal procurar concluir el citado acuerdo, conforme con la Resolución 5/14; Que la Secretaría del Comité Intergubernamental de Negociación (INC) informó sobre el establecimiento de un grupo de redacción jurídica de composición abierta, creado a fi n de revisar todos los elementos del borrador del instrumento desde un enfoque “sólo” jurídico, a fi n de garantizar que el instrumento sea vinculante y jurídicamente coherente; Que el mencionado grupo de redacción jurídica de composición abierta comenzará sus trabajos en la INC-5, en Busan, República de Corea, del 25 de noviembre al 1 de diciembre de 2024; Que, las negociaciones de un instrumento internacional jurídicamente vinculante sobre contaminación por plásticos cuentan con la participación activa del Perú, a través de funcionarios del Ministerio de Relaciones Exteriores y del Ministerio del Ambiente, por lo que se estima conveniente que el Contratado Administrativo de Servicios, Luis Felipe Barranzuela Angeles, Analista Legal de la Dirección General de Tratados del Ministerio de Relaciones Exteriores, asista a la Quinta Sesión del Comité Intergubernamental de Negociación para la elaboración de un instrumento internacional jurídicamente vinculante sobre la contaminación por plásticos, incluido el medio marino (INC-5) que se llevará a cabo en la ciudad de Busan, República de Corea, del 25 de noviembre al 1 diciembre de 2024; Que, por razones de itinerario, el viaje del citado comisionado a la ciudad de Busan, República de Corea, se realizará del 21 de noviembre al 4 de diciembre de 2024; Que, los gastos que irrogue la participación del mencionado comisionado deberán ser cubiertos por el Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores; De conformidad con la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, aprobado por el Decreto Supremo Nº 135-2010-RE; el Decreto Legislativo Nº 1057, que regula el Régimen Especial de Contratación Administrativa de Servicios y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 075-2008-PCM; la Ley Nº 29849, Ley que establece la eliminación progresiva del régimen especial del Decreto Legislativo Nº 1057, Contratación Administrativa de Servicios y otorga derechos laborales; y, la Ley Nº 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje, en comisión de servicios, del Contratado Administrativo de Servicios, Luis Felipe Barranzuela Angeles, Analista Legal de la Dirección General de Tratados del Ministerio de Relaciones Exteriores, a la ciudad de Busan, República de Corea, del 21 de noviembre al 4 de diciembre de 2024, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente comisión de servicios serán cubiertos por el pliego presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, Meta (139) 0137176 “Representación y negociación en organismos y foros internacionales”; y, Código POI AOI00004500251 “Gestión de Asuntos en Materia de Medio Ambiente”, debiendo rendir cuenta documentada en un plazo no mayor de quince (15) días calendario, al término del referido viaje, de acuerdo con el siguiente detalle: Nombres y apellidosPasajes Aéreos (USD)Viáticos por día (USD)Nº de díasTotal Viáticos (USD) Luis Felipe Angeles Barranzuela3,175.55 500.00 7+2 4,500.00 Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario, posteriores a su retorno al país, el citado comisionado deberá presentar al Ministro de Relaciones Exteriores un informe detallado de las acciones realizadas y los resultados obtenidos en el viaje autorizado.