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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2024 (16/11/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 6

6 NORMAS LEGALES Sábado 16 de noviembre de 2024 El Peruano / y legales necesarias para la de fi nitiva identi fi cación, declaración y delimitación de los bienes comprendidos en el régimen de protección provisional, entre ellas, la coordinación correspondiente con el órgano competente del Ministerio de Cultura para la etapa de identi fi cación de pueblos indígenas u originarios y el análisis de las posibles afectaciones a los derechos colectivos de los pueblos indígenas u originarios. Artículo Quinto.- DISPONER la publicación de la presente resolución en el Diario O fi cial “El Peruano”, así como su difusión en el Portal Institucional del Ministerio de Cultura (www.cultura.gob.pe). Artículo Sexto.- NOTIFICAR la presente resolución, así como los documentos anexos, a la Municipalidad Distrital de Paramonga, a fi n que proceda de acuerdo al ámbito de sus competencias, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 82 de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades. Asimismo, noti fi car a los administrados señalados en el Artículo 104 del Decreto Supremo N° 011-2006-ED. Artículo Séptimo.- PRECISAR que la protección provisional dispuesta en la presente resolución surtirá efectos a partir de su publicación en el Diario O fi cial “El Peruano”. Artículo Octavo.- ANEXAR a la presente resolución el Informe de Inspección N° 005-2024-DFA/DCS/DGDP/ VMPCIC/MC, el Informe N° 001119-2024-DSFL-DGPA-VMPCIC/MC, Informe N° 000194-2024-DSFL-DGPA-VMPCIC-MDR/MC e Informe Nº 000191-2024-DGPA-VMPCIC-ARD/MC y el Plano Perimétrico con código N° PP-070-MC_DGPA/DSFL-2015 WGS84, las cuales serán publicadas en el Portal Institucional del Ministerio de Cultura (www.cultura.gob.pe) para conocimiento y fi nes pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. GILBERTO MARTIN CORDOVA HERRERA Dirección General de Patrimonio Arqueológico Inmueble 2344095-1 DEFENSA Autorizan viaje del personal naval a bordo del B.A.P. “CARRASCO” (BOP-171) para participar en la Trigésima Primera Campaña Científica del Perú a la Antártida - ANTAR XXXI RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 01599-2024-DE Lima, 13 de noviembre del 2024 VISTOS: El O fi cio Nº 9288/51 de la Secretaría de la Comandancia General de la Marina de Guerra del Perú; el O fi cio Nº 03397-2024-MINDEF/VPD-DIGRIN de la Dirección General de Relaciones Internacionales; y, el Informe Legal Nº 02077-2024-MINDEF/SG-OGAJ de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica. CONSIDERANDO: Que, la Política Nacional Antártica del Perú tiene como objetivo general la consolidación de la presencia activa y permanente del Perú en la Antártida y de su status de Parte Consultiva del Tratado Antártico; y por consideraciones de orden político, estratégico, económico y ambiental, el Gobierno del Perú, tiene intereses permanentes en el Continente Antártico, constituyendo un tema de política exterior de interés nacional, recogido en la Constitución Política del Perú; Que, el Ministerio de Relaciones Exteriores, a través de la Dirección de Asuntos Antárticos, dirige y coordina el desarrollo de la actividad cientí fi ca del Perú en la Antártida, a efecto de lo cual establece la cooperación correspondiente con la comunidad cientí fi ca y académica peruana; asimismo, es responsable de la difusión de la importancia de la Antártida para el país y en la formación de una conciencia nacional antártica, para lo cual viene coadyuvando esfuerzos de coordinación con el Ministerio de Defensa - Marina de Guerra del Perú, con la fi nalidad de rea fi rmar el cumplimiento de la Política Nacional Antártica y consolidar la presencia del Perú en el Continente Antártico; Que, el Ministerio de Defensa, a través de la Marina de Guerra del Perú - Dirección de Hidrografía y Navegación, es la entidad encargada de plani fi car, organizar, administrar y desarrollar las actividades de alistamiento operacional y logístico del B.A.P. “CARRASCO” (BOP-171), orientadas a asegurar la acción coordinada y articulada del Estado con relación la Política Nacional Antártica bajo un enfoque integral, multisectorial y participativo, que incluya a la comunidad cientí fi ca y académica; así como, al sector privado; Que, mediante OF. RE (DSL) Nº 2-20-B/118 la Dirección General de Soberanía, Límites y Asuntos Antárticos del Ministerio de Relaciones Exteriores remite a la Dirección de Hidrografía y Navegación de la Marina de Guerra del Perú el itinerario propuesto de la Trigésima Primera Campaña Cientí fi ca del Perú a la Antártida - ANTAR XXXI, estableciéndose como fecha de zarpe del B.A.P. “CARRASCO” (BOP-171) el 19 de noviembre de 2024; Que, a través del Informe Legal Nº 098-2024-OAL/ DHN la Jefatura de la O fi cina de Asesoría Legal de la Dirección de Hidrografía y Navegación de la Marina de Guerra del Perú opina que, es viable la autorización del viaje al exterior, en comisión de servicio, del personal militar que conforma la dotación del B.A.P. CARRASCO” (BOP-171), con la fi nalidad de participar en la Trigésima Primera Campaña Cientí fi ca del Perú a la Antártida - ANTAR XXXI, a realizarse del 19 de noviembre de 2024 al 8 de marzo de 2025, considerando efectuar el ingreso a los puertos de Punta Arenas, Valparaíso y Arica (República de Chile) y Ushuaia (República Argentina), con permanencia en puerto extranjero por un periodo total de treinta y cinco (35) días; Que, en el mencionado Informe Legal se señala que, el Capitán de Fragata Carlos OSHIRO ROMERO, actualmente desempeña el cargo de Segundo Comandante del B.A.P. “CARRASCO” y participará de la Campaña ANTAR XXXI hasta el segundo arribo del buque al puerto de Punta Arenas, República de Chile, donde se desembarcará, luego de ser relevado en el citado cargo por el O fi cial Superior entrante designado, debiendo permanecer dos (2) días en la ciudad de Punta Arenas, República de Chile, para retornar a la ciudad de Lima el día 11 de enero de 2025, por vía aérea comercial; Que, asimismo, de acuerdo a lo indicado en el acotado documento, el Capitán de Fragata Jorge Francisco PIANA OLORTEGUI, asumirá el cargo de Segundo Comandante entrante del B.A.P. “CARRASCO” (BOP-171) y participará en la Campaña ANTAR XXXI, el cual viajará por vía aérea comercial desde la ciudad de Lima hasta la ciudad de Punta Arenas, República de Chile, el 4 de enero de 2025, permaneciendo dos (2) días en la referida ciudad, para luego embarcarse en el citada unidad naval en su segundo arribo en el puerto de Punta Arenas, República de Chile, continuando su permanencia en el B.A.P. “CARRASCO” (BOP-171) y retornando al Puerto del Callao a bordo de la unidad naval; Que, en la Exposición de Motivos anexada al expediente se señala que resulta conveniente para los intereses institucionales autorizar el viaje al exterior , en comisión de servicio, del personal naval a bordo del B.A.P. “CARRASCO” (BOP-171) para participar en la Trigésima Primera Campaña Cientí fi ca del Perú a la Antártida - ANTAR XXXI, por cuanto permitirá promover el desarrollo de la actividad cientí fi ca del Perú en la Antártida, en bene fi cio de los objetivos institucionales y para el cumplimiento de la Política Nacional Antártica del Perú, consolidando la presencia activa y permanente de nuestro país en el Continente Antártico;