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11 NORMAS LEGALES Lunes 18 de noviembre de 2024 El Peruano / enfoque intercultural, el uso, preservación, desarrollo, recuperación, revitalización, fomento y difusión de las lenguas originarias, así como la promoción de la diversidad cultural para la prevención y sanción del racismo y la discriminación étnico-racial, y la promoción de derechos del pueblo afroperuano en la Región La Libertad”; en mérito a lo señalado en los informes técnicos e informe legal adjuntos al expediente remitido por la Gerencia General Regional a través del Sistema de Gestión Documentaria - SGD; Que, en Sesión Ordinaria de fecha 01 de octubre del 2024, el Presidente del Consejo Regional; sometió a consideración del Pleno del Consejo Regional, la aprobación del Proyecto de Ordenanza Regional relativo a “Promover la incorporación del enfoque intercultural, el uso, preservación, desarrollo, recuperación, revitalización, fomento y difusión de las lenguas originarias, así como la promoción de la diversidad cultural para la prevención y sanción del racismo y la discriminación étnico-racial, y la promoción de derechos del pueblo afroperuano en la Región La Libertad”; el mismo que fue aprobado por unanimidad; Que, en virtud del principio de buena fe y presunción de veracidad y con fi anza, se debe asumir que la información que proporcionan los órganos competentes del Gobierno Regional de La Libertad al Consejo Regional es aquella que se ajusta a la realidad y que es correcta, debiendo proceder conforme a ella. Sin embargo, se prescribe que dicha información, es de naturaleza iuris tantum por tratarse de una presunción que admite prueba en contrario y, por tanto, podrá ser objeto de control concurrente, fi scalización y control posterior por los órganos y organismos correspondientes; precisando que la documentación se deriva y recepciona de manera virtual mediante el Sistema de Gestión Documentaria del Gobierno Regional de La Libertad; El Consejo Regional del Gobierno Regional de La Libertad, en uso de las facultades conferidas por los artículos 191° y 192° de la Constitución Política del Perú; Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias; y los artículos 23°, 61° y 63° del Reglamento Interno del Consejo Regional de La Libertad, aprobado con Ordenanza Regional N° 005-2010-GRLL/CR y demás normas complementarias; con dispensa de la lectura y aprobación de Acta; el Pleno del Consejo Regional; APROBÓ POR UNANIMIDAD: LA SIGUIENTE ORDENANZA REGIONAL: Artículo Primero.- APROBAR la Ordenanza Regional que promueve la incorporacióndel enfoque intercultural; el uso, preservación, desarrollo, recuperación, revitalización, fomento y difusión de las lenguas indígenas u originarias, así como la promoción de la diversidad cultural para la prevención y sanción del racismo y la discriminación étnico-racial, y la promoción de derechos del pueblo afroperuano en la región la Libertad. Artículo Segundo.- APROBAR las Disposiciones Generales y el Glosario de Términos, cuyo texto adjunto forma parte integrantes de la presente Ordenanza Regional. Artículo Tercero.- CONSTITUIR la Comisión Regional de naturaleza permanente para la implementación de la Ordenanza Regional que promueve la incorporación del enfoque intercultural; el uso, preservación, desarrollo, recuperación, revitalización, fomento y difusión de las lenguas indígenas u originarias, así como la promoción de la diversidad cultural para la prevención y sanción del racismo y la discriminación étnico-racial, y la promoción de derechos del pueblo afroperuano en la región La Libertad, en un plazo máximo de treinta días hábiles de aprobada la presente Ordenanza Regional. La Comisión Regional está conformado de la siguiente manera: - Gobernador/a del Gobierno Regional de La Libertad (quien preside) o a quien designe.- Gerente General Regional. - Gerente Regional de Planeamiento y Presupuesto y Acondicionamiento. Territorial.- Gerencia Regional de Desarrollo e Inclusión Social. - Gerencia Regional de Educación.- Gerencia Regional de Salud. - Gerencia Regional de Agricultura. - Gerencia Regional de Vivienda.- Gerencia Regional de Trabajo. - Gerencia Regional de Transportes y Comunicaciones. - Gerencia Regional de Turismo.- Gerencia Regional de Producción.- Gerencia Regional de Medio Ambiente.- Dirección del Centro Regional de Capacitación. - Dirección Desconcentrada de Cultura de La Libertad. - Representantes de los Pueblos Indígenas u Originarios, a través de sus organizaciones representativas y representantes de Comunidades Nativas y Campesinas - Representantes del Pueblo Afroperuano de la región- Defensoría del Pueblo.- Poder Judicial de La Libertad. - Fiscalía de Derechos Humanos e Interculturalidad. - Universidad Nacional de Trujillo.- Representante de la Sociedad Civil Organizada.- Representante de las Personas con Discapacidad. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Gerencia de Desarrollo Social, el seguimiento, monitoreo y supervisión continua del proceso de implementación de la presente Ordenanza Regional. Artículo Quinto.- DELEGAR, al Secretario General del Consejo Regional la noti fi cación de la presente Ordenanza Regional, al Ejecutivo Regional, Gerente General Regional, Gerente Regional de Desarrollo e Inclusión Social, Dirección Desconcentrada de Cultura para su conocimiento y cumplimiento con fi nes de Ley. Artículo Sexto.- FACÚLTESE al Gobierno Regional de La Libertad dictar normas técnicas y reglamentarias necesaria para la implementación de la presente Ordenanza, mediante Decreto y en concordancias con las Políticas Nacionales. Artículo Sexto.- La presente Ordenanza Regional entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario O fi cial “El Peruano” y será difundida a través del Portal Electrónico del Gobierno Regional La Libertad. Comuníquese al Señor Gobernador Regional del Gobierno Regional de La Libertad para su promulgación. En Trujillo, a los cuatro días del mes de octubre del año Dos Mil Veinticuatro. EVER CADENILLAS CORONEL Presidente del Consejo Regional AL SEÑOR GOBERNADOR REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE LA LIBERTAD POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. Dado en la Sede del Gobierno Regional de La Libertad . CESAR ACUÑA PERALTA Gobernador Regional ANEXO Glosario de términos Derechos lingüísticosDerechos fundamentales individuales y colectivos, que reconoce la libertad a usar lenguas indígenas u originarias