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6 NORMAS LEGALES Martes 1 de octubre de 2024 El Peruano / Que, mediante Informe Nº 000165-2024-PEL/ PEL.01.05, la Unidad de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, concluye que los cargos registrados se encuentran alineados con las unidades funcionales del Proyecto Especial Legado previstas en el Manual de Operaciones vigente; Que, mediante Informe Nº 000184-2024-PEL/ PEL.01.02, la Unidad de Gestión del Talento Humano, sustenta y propone la propuesta del Manual de Clasi fi cador de Cargos, los cuales cumplen con los criterios transversales de coherencia, pertinencia y consistencia señalados en el artículo 8 de la Directiva Nº 003-2024-SERVIR-GDSRH y que la misma cumple con las disposiciones de la Directiva Nº 006-2021-SERVIR/GDSRH antes señalada; Que, asimismo mediante el Informe Nº 000286-2024- PEL/PEL.01.04 la Unidad de Asesoría Jurídica concluye que resulta legalmente viable emitir la resolución directoral ejecutiva respectiva; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 28175 – Ley Marco del Empleo Público; la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil; la Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 000150-2021-SERVIR- PE, que formaliza la “Directiva Nº 006-2021-SERVIR-GDSRH; la Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 000018-2024-SERVIR-PRE, que formaliza la Directiva Nº 003-2024-SERVIR-GDSRH; en el Decreto Supremo Nº 002-2015-MINEDU y sus modi fi catorias; y con las atribuciones establecidas en los literales c) y k) del artículo 8 del Manual de Operaciones del Proyecto Especial Legado aprobado con Resolución Ministerial Nº 006-2024- PCM; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar el Manual de Clasi fi cador de Cargos del Proyecto Especial Legado, el mismo que como Anexo forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente Resolución y su Anexo en la Plataforma Digital Única del Estado Peruano para Orientación al Ciudadano (www.gob.pe), en la sede digital de la entidad (www.legado.gob.pe) y en el Portal de Transparencia del Proyecto Especial Legado, el mismo día de la publicación en el Diario O fi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y cúmplase. ENRIQUE FERNÁNDEZ PANIAGUA Director (e) Ejecutivo Proyecto Especial Legado 2330320-1 AMBIENTE Disponen la publicación en la sede digital del Ministerio del proyecto de “Documento metodológico sobre la medición de las emisiones, reducciones y remociones de Gases de Efecto Invernadero del sector Uso de la Tierra, Cambio de Uso de la Tierra y Silvicultura” RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 00309-2024- MINAM Lima, 27 de setiembre de 2024VISTOS; el Informe Nº 00229-2024-MINAM/VMDERN/ DGCCD/DMGEI de la Dirección de Mitigación de Gases de Efecto Invernadero; el Informe Nº 00347-2024-MINAM/ VMDERN/DGCCD de la Dirección General de Cambio Climático y Deserti fi cación; el Memorando Nº 01182-2024-MINAM/VMDERN del Viceministerio de Desarrollo Estratégico de los Recursos Naturales; el Informe Nº 00312-2024-MINAM/SG/OGPP/OPM de la Ofi cina de Planeamiento y Modernización; el Memorando Nº 00935-2024-MINAM/SG/OGPP de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto; el Informe Nº 00709-2024-MINAM/SG/OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante el Decreto Legislativo Nº 1013, se crea el Ministerio del Ambiente como organismo del Poder Ejecutivo, cuya función general es diseñar, establecer, ejecutar y supervisar la política nacional y sectorial ambiental, asumiendo la rectoría con respecto a ella; Que, de acuerdo con el numeral 5.1 del artículo 5 de la Ley Nº 30754, Ley Marco sobre Cambio Climático, el Ministerio del Ambiente es la autoridad nacional en materia de cambio climático y la autoridad técnico-normativa a nivel nacional en dicha materia en el marco de sus competencias; Que, el numeral 17.1 del artículo 17 del Reglamento de la Ley Nº 30754, Ley Marco sobre Cambio Climático, aprobado por el Decreto Supremo Nº 013-2019-MINAM, establece que el Ministerio del Ambiente es responsable del monitoreo y evaluación de la reducción de emisiones de deforestación y degradación de los bosques, e informa sobre su implementación a la Secretaría de la Convención Marco de Naciones Unidas sobre Cambio Climático; Que, según el numeral 2 de la Décima Primera Disposición Complementaria Final del precitado Reglamento la autoridad nacional en materia de cambio climático aprueba los documentos metodológicos, con la participación de actores estatales y actores no estatales, sobre la medición de las emisiones, reducciones y remociones de gases de efecto invernadero en bosques, en concordancia con los protocolos de fi nidos por el Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre, como ente conductor del Sistema Nacional de Información Forestal y de Fauna Silvestre; Que, de acuerdo con el numeral 19.1 del artículo 19 y el literal c) del numeral 20.1 del artículo 20 del Reglamento que establece disposiciones sobre publicación y difusión de normas jurídicas de carácter general, resoluciones y proyectos normativos, aprobado por el Decreto Supremo Nº 009-2024-JUS, sin perjuicio de la aplicación de los mecanismos de consulta pública previstos en el Reglamento que desarrolla el Marco Institucional que rige el Proceso de Mejora de la Calidad Regulatoria y establece los Lineamientos Generales para la aplicación del Análisis de Impacto Regulatorio Ex Ante, aprobado por el Decreto Supremo Nº 063-2021-PCM, los proyectos de normas jurídicas de carácter general deben ser publicados en las sedes digitales de las entidades de la Administración Pública a cargo de su elaboración o en otro medio, asegurando su debida difusión y fácil acceso; y, que la norma que establece su publicación debe contener, como mínimo, el plazo para la recepción de los comentarios, aportes u opiniones, que no debe ser menor a quince (15) días calendario contados desde el día siguiente de su publicación, salvo disposición normativa de rango superior que establezca lo contrario; Que, según el literal c) del artículo 67 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente, aprobado por la Resolución Ministerial Nº 108-2023-MINAM, la Dirección General de Cambio Climático y Deserti fi cación propone documentos metodológicos para la reducción de emisiones de gases de efecto invernadero, en coordinación con las entidades competentes; Que, a través de los Informes Nº 00229-2024-MINAM/ VMDERN/DGCCD/DMGEI y Nº 00347-2024-MINAM/VMDERN/DGCCD, la Dirección General de Cambio Climático y Deserti fi cación sustenta y propone el “Documento metodológico sobre la medición de las emisiones, reducciones y remociones de Gases de Efecto Invernadero del sector Uso de la Tierra, Cambio de Uso de la Tierra y Silvicultura”; a fi n que sea puesto en conocimiento del público para recibir los comentarios, aportes u opiniones de los interesados; Con el visado del Viceministerio de Desarrollo Estratégico de los Recursos Naturales, de la Dirección