NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2024 (23/09/2024)
CANTIDAD DE PAGINAS: 24
TEXTO PAGINA: 21
21 NORMAS LEGALES Lunes 23 de setiembre de 2024 El Peruano / GOBIERNOS LOCALES PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CHINCHA Ordenanza que declara bienes de dominio público los bienes muebles de la Municipalidad Provincial de Chincha como intangibles e inembargables ORDENANZA Nº 01 1-2024- MPCH Chincha, 31 de julio de 2024 EL ALCALDE DE LA MUNCIPALIDAD PROVINCIAL DE CHINCHA POR CUANTO:EL CONCEJO MUNICIPAL PROVINCIAL DE CHINCHA VISTOS: En Sesión Ordinaria del Concejo de fecha 24 de julio de 2024, el Informe de Procuraduría Nº 210-2024-PRHA-PPM/PGE de fecha 8 de julio de 2024 de la Procuraduría Publica Municipal; el Informe Nº 105-2024- CP/MPCH de fecha 15 de julio de 2024 del Responsable de la O fi cina de Control Patrimonial; El Informe Nº 1325- 2024-SGL/MPCH de fecha 16 de julio de la Sub-Gerencia de Logística; el Informe Nº 0524-2024-GURS/MPCH de fecha 24 de julio de 2024 de la Gerencia de Unidad de Residuos Sólidos; el Informe Legal Nº 3388-2024-GAJ/ MPCH de fecha 19 de julio de 2024 de la Gerencia de Asesoría Jurídica y el Informe Nº 138-2024-GM/MPCH de fecha 24 de julio de 2024 de la Gerencia Municipal sobre aprobación declarándose los bienes muebles de dominio público de propiedad de la Municipalidad Provincial de Chincha como intangibles e inembargables; y, CONSIDERANDO:Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modi fi cado por la Ley Nº 30305, establece que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, concordante con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972; Que, el artículo 39º de la Ley Nº 27972, de la Ley Orgánica de Municipalidades, referido a las normas municipales, señala en el primer párrafo de dicho artículo: “Los concejos municipales ejercen sus funciones de gobierno mediante la aprobación de ordenanzas y acuerdos” y el artículo 55º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades establece que los bienes de dominio público de las Municipalidades, son inalienables e imprescriptibles; Que, de conformidad con el numeral 4 del artículo 200º de la Constitución Política del Perú, las Ordenanzas municipales tienen rango de Ley; Que, el artículo 73º de la Constitución Política del Perú, señala: “Los bienes de dominio público son inalienables e imprescriptibles. Los bienes de uso público pueden ser concedidos a particulares conforme a ley, para su aprovechamiento económico. Que, el artículo 195º de la Constitución Política del Perú, señala que “Los gobiernos locales promueven el desarrollo y la economía local, y la prestación de los servicios públicos de su responsabilidad, en armonía con las políticas y planes nacionales y regionales de desarrollo. Son competentes para: 1. Aprobar su organización interna y su presupuesto. 2. Aprobar el plan de desarrollo local concertado con la sociedad civil. 3. Administrar sus bienes y rentas. 4. Crear, modi fi car y suprimir contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos municipales, conforme a ley. 5. Organizar, reglamentar y administrar los servicios públicos locales de su responsabilidad.6. Plani fi car el desarrollo urbano y rural de sus circunscripciones, incluyendo la zoni fi cación, urbanismo y el acondicionamiento territorial. 7. Fomentar la competitividad, las inversiones y el fi nanciamiento para la ejecución de proyectos y obras de infraestructura local. 8. Desarrollar y regular actividades y/o servicios en materia de educación, salud, vivienda, saneamiento, medio ambiente, sustentabilidad de los recursos naturales, transporte colectivo, circulación y tránsito, turismo, conservación de monumentos arqueológicos e históricos, cultura, recreación y deporte, conforme a ley. 9. Presentar iniciativas legislativas en materias y asuntos de su competencia. 10. Ejercer las demás atribuciones inherentes a su función, conforme a ley. Que, por Informe de Procuraduría Nº 210-2024-PRHA- PPM-MPCH/PGE señala en el numeral 3. Que, (…) existen bienes muebles e inmuebles, así como maquinarias y vehículos, que son destinados a la realización de las actividades inherentes a la prestación de los servicios a la comunidad, (…) se hace necesario se detallen de manera individual cada uno de los bienes muebles e inmuebles, maquinarias, vehículos a efecto de declararlos como bienes de dominio púbico, debiendo tener presente lo señalado en la Casación Nº 1017-2016/ TUMBES emitida por la Corte Suprema de Justicia de la República: a) Titularidad pública , esto es, documento que acredite que la Municipalidad Provincial de Chincha es su propietario; b) Afectación pública, esto es, afectación a una fi nalidad pública que consiste en el uso público y , que el artículo 56º de la Ley Nº 27972,Ley Orgánica de Municipalidades establece cuales son los considerados como bienes municipales , así como en el artículo 39º del mismo cuerpo legal expresa que el concejo municipal pueden emitir Acuerdos u Ordenanzas ejercen funciones de gobierno, esto es, emitir normas municipales que cautelen los bienes de la entidad; y que de conformidad con el inciso 29) del artículo 9º de la Ley Nº 27972, corresponde al Concejo Municipal aprobar el régimen de administración de sus bienes y rentas; Que, por Informe Nº 105-2024-CP/MPCH el responsable de la O fi cina de Control Patrimonial de la Entidad en respuesta al Informe Nº 210-2024-PRHA/MPCH/PGE donde solicita los documentos de propiedad de los bienes muebles de la Municipalidad Provincial de Chincha con su respectivo código patrimonial adjuntando la relación de dichos bienes muebles, el cual es derivado, sin observación alguna. Que, por Informe Nº 0524-2024-GSC/MPCH de fecha 24 de julio de 2024 la Gerencia de Servicios al Ciudadano informa que en la ciudad de Chincha se generan diariamente un aproximado de 210 toneladas de residuos sólidos que, es por ello que todas las maquinaria con las que cuenta la Gerencia de Unidad de Residuos Sólidos son de NECESIDAD PUBLICA para poder realizar todo el servicio que implica la gestión integral del manejo adecuado de los residuos sólidos municipales que van, desde recolección en fuente hasta la disposición fi nal en relleno sanitario de la Municipalidad Provincial de Chincha y señala el pool de maquinarias con la que cuenta la Municipalidad Provincial de Chincha mencionando el pull de maquinarias y describe: 01 tractor orugas D8 CAT compactación y soterrado en las terrazas del relleno sanitario; 02cargador frontal CAT trabajo de cantera y soterrado en el relleno sanitario; 02 Camión baranda Volkswagen traslado de residuos sólidos orgánicos recogidos en la fuente y levados para el compostaje ; 02 Retroexcavadoras New Holland recojo de residuos sólidos, desmonte y mitigación de puntos críticos esparcidos en toda la ciudad; 02 Minicargador New Holland; 04 camión volquete Volswagen traslado de residuos sólidos y desmontes hacia el relleno sanitario y la escombrera; 06 camiones compactador Volskwagen para recolección de los residuos sólidos municipales según rutas y horarios y 05 camionetas 4 Ford 4 x 2 y Nissan 4x4 para trabajos de supervisión y traslado de personal, remarcando que la labor de un adecuado manejo de residuos sólidos en