NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2024 (23/09/2024)
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15 NORMAS LEGALES Lunes 23 de setiembre de 2024 El Peruano / el Anexo N° 01, para atender exclusivamente la fi nalidad dispuesta en el numeral 13.2 del artículo 13 del Decreto de Urgencia N° 006-2024 y su modi fi catoria. Artículo 5.- Noti fi cación Notifi car la presente Resolución, a la Empresa Prestadora de Servicios – EPS, citada en el Anexo 01, a las Direcciones de Línea, a la O fi cina de Administración y a la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto, para conocimiento y fi nes pertinentes. Artículo 6.- Publicidad Disponer la publicación de la presente Resolución y su Anexo N° 01, en el Diario O fi cial El Peruano y en la sede digital del Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento (www.gob.pe/otass). Regístrese, comuníquese y publíquese.LUIS HERNAN CONTRERAS BONILLA Director Ejecutivo ANEXO N° 01 Monto máximo a ser incorporado por EPS (D.U. N° 006-2024 modi fi cado por D.U. N° 010-2024) EPSMonto máximo (S/) D.U. N° 006-2024 modificado por D.U. N° 010-2024 EMAPAB S.A. 500,432.00 Total S/ 500,432.00 - Estructura Funcional Programática de Ingreso : Fuente de Financiamiento: 4 Donaciones y Transferencias, Genérica de Ingreso: 1.9 Saldos de Balance, especifica de ingresos 1.9.1.1.1.1 Saldos de Balance. - Estructura Funcional Programática de Gasto: Categoría Presupuestal: 9002 Asignaciones Presupuestarias que no Resultan en Productos, Producto: 3999999 Sin Producto, Actividad: 5000378: Abastecimiento de agua potable en zonas rurales y urbano marginales, Fuente de Financiamiento: 4 Donaciones y Transferencias, Genérica de Gasto: 2.3 Bienes y Servicios. 2327660-1 SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE LOS REGISTROS PÚBLICOS Disponen la publicación del proyecto normativo que modifica el Reglamento de Inscripciones del Registro de Propiedad Vehicular, aprobado mediante Res. N° 039- 2013-SUNARP-SN, y la Directiva DI-002-SNR- DTR que regula procedimientos registrales y procedimientos administrativos agrupados, aprobada mediante Res. N° 107-2020- SUNARP /SN RESOLUCIÓN DE LA SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE LOS REGISTROS PÚBLICOS N° 00135-2024- SUNARP/SN Lima, 20 de septiembre de 2024 VISTOS: El Informe N° 284-2024-SUNARP/DTR del 18 de setiembre de 2024, de la Dirección Técnica Registral; el Informe N° 964-2024-SUNARP/OAJ del 19 de setiembre de 2024, de la O fi cina de Asesoría Jurídica, y;CONSIDERANDO: Que, la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos – Sunarp es un organismo técnico especializado del Sector Justicia y Derechos Humanos, que tiene por objeto dictar las políticas técnico administrativas de los Registros Públicos, estando encargada de plani fi car, organizar, normar, dirigir, coordinar y supervisar la inscripción y publicidad de los actos y contratos en los Registros Públicos que integran el Sistema Nacional, encontrándose debidamente habilitada para regular procedimientos administrativos registrales, conforme lo determina el artículo 10 de la Ley N° 26366, Ley que crea el Sistema Nacional y la Superintendencia de los Registros Públicos; Que, a través del Reglamento de Inscripciones del Registro de Propiedad Vehicular, aprobado mediante la Resolución N° 039-2013-SUNARP-SN, se regula el procedimiento de inscripción de los actos y derechos inscribibles en el Registro de Propiedad Vehicular, la publicidad de los mismos, y los procedimientos relacionados con aspectos operativos de este Registro; Que, mediante la Resolución N° 107-2020-SUNARP/ SN, se aprueba la Directiva DI-002-SNR-DTR, Directiva que regula procedimientos registrales y procedimientos administrativos agrupados, la cual consolida y establece en una sola disposición normativa, los requisitos comprendidos en los actos y procedimientos agrupados, enmarcada plenamente en la fi nalidad del Análisis de Calidad Regulatoria de identi fi car y simpli fi car los procedimientos; Que, en el numeral 40.5 del artículo 40 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General aprobado con Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, se establece que las disposiciones concernientes a la eliminación de procedimientos o requisitos, o a la simpli fi cación de los mismos, pueden aprobarse por Resolución del titular del organismo técnico especializado del Poder Ejecutivo, como es el caso de la Sunarp; Que, en el numeral 7.5 de la Directiva DI-01-2024- SUNARP-OPPM, Directiva para la aprobación de los documentos normativos de la Sunarp, se señala que los reglamentos, directivas y demás normas de naturaleza registral vinculados al interés ciudadano, se sujetan en cuanto a su elaboración, estructura, sustento y demás aspectos, a las disposiciones especí fi cas de producción y sistematización legislativa, y normas especí fi cas de la materia; Que, atendiendo la necesidad de adecuar y homogenizar los requisitos para la inscripción de la transferencia de propiedad por sucesión en los registros jurídicos de bienes que administra la Sunarp, en aplicación de las normas sustantivas y simpli fi cadoras sobre la materia, y en el marco del proceso de virtualización de los servicios que la Sunarp brinda en bene fi cio de los ciudadanos, la Dirección Técnica Registral ha elaborado el proyecto normativo que busca modi fi car el Reglamento de Inscripciones del Registro de Propiedad Vehicular, a efectos de contemplar de forma general que los documentos que sustentan la inscripción, así como aquellos complementarios que coadyuvan a la cali fi cación registral puedan presentarse con fi rma digital; así como eliminar la exigencia de la reproducción certi fi cada por notario o fedatario de la Sunarp de los documentos de identidad de los sucesores y certi fi cación notarial de fi rma del solicitante en la declaración jurada, requeridas para la inscripción de la transferencia de propiedad por sucesión testamentaria e intestada; lo que conlleva, además, a la modi fi cación de la Directiva que regula procedimientos registrales y procedimientos administrativos agrupados; Que, considerando que el proyecto normativo contiene disposiciones de carácter general, vinculadas a los procedimientos de inscripción en el Registro de Propiedad Vehicular, se advierte la necesidad de emitir la resolución de Superintendencia Nacional que apruebe la publicación del mencionado proyecto en la sede digital de la Sunarp, de acuerdo a lo establecido en el Capítulo IV del Reglamento que establece disposiciones sobre publicación y difusión de normas jurídicas de carácter