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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2024 (27/09/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 100

TEXTO PAGINA: 94

94 NORMAS LEGALES Viernes 27 de setiembre de 2024 El Peruano / índice de usos (compatibilidad de usos), esto último con la fi nalidad de facilitar la adecuada formulación de las solicitudes de licencias de funcionamiento. Artículo Quinto.- ADECUACIÓN AL DECRETO SUPREMO Nº 164-2020-PCM. PRECÍSESE que el procedimiento administrativo “Acceso a la Información Pública Creada u Obtenida por la Entidad, que se Encuentre en su Posesión o Bajo su Control” se encuentra adecuado a lo dispuesto por el Decreto Supremo Nº 164-2020-PCM, que aprueba el procedimiento administrativo estandarizado de Acceso a la Información Pública creada u obtenida por la entidad, que se encuentre en su posesión o bajo su control, en lo referido a los requisitos, plazos, derechos de tramitación y demás aspectos. Artículo Sexto.- ADECUACIÓN DE LOS PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS A LA LEY Nº 29022. PRECÍSESE que los procedimientos administrativos y servicios brindados en exclusividad vinculados con las autorizaciones para instalación de infraestructura de telecomunicaciones se encuentran adecuados a la Ley Nº 29022, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 003-2015-MTC, y modi fi catorias. En cumplimiento de las formalidades previstas en las citadas normas, corresponde disponer la publicación en el portal web institucional o en el Diario O fi cial El Peruano y/o uno de mayor circulación nacional, las estructuras de costos que sustenten la determinación del importe de las tasas que cobren de los procedimientos de telecomunicaciones. Artículo Sétimo.- DISPONIBILIDAD DE LA INFORMACIÓN La presente Ordenanza, el Anexo TUPA y el Acuerdo ratifi catorio estarán disponibles en el portal electrónico de Servicio de Administración Tributaria - SAT (www.sat.gob.pe). Artículo Octavo.- PUBLICIDAD La presente Ordenanza y el Acuerdo rati fi catorio serán publicados en el Diario O fi cial El Peruano. Asimismo, la presente Ordenanza y el Anexo que contiene los procedimientos y servicios aprobados, serán publicados en el Portal del Diario O fi cial El Peruano y serán difundidos, adicionalmente, a través de la Plataforma Digital Única para Orientación al Ciudadano del Estado Peruano (www.gob.pe) y en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de Santiago de Surco (www.munisurco.gob.pe). Artículo Noveno.- VIGENCIA La presente Ordenanza y las partes que la integran, entrarán en vigencia a partir del día siguiente de la publicación del Acuerdo de Concejo Metropolitano que la ratifi que y de la presente ordenanza en el Diario O fi cial El Peruano y en los portales electrónicos mencionados en los artículos precedentes. Artículo Décimo.- DERÓGUESE toda disposición o norma que se oponga a lo dispuesto en la presente Ordenanza. Artículo Décimo Primero.- ENCARGAR el fi el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanza y su anexo, a todas las unidades orgánicas que integran la Municipalidad Distrital de Santiago de Surco y a la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, aprobado, eleve la presente Ordenanza a la Municipalidad Metropolitana de Lima para su rati fi cación respectiva, conforme a lo dispuesto por la Ordenanza Nº 2386-2021 de la Municipalidad Metropolitana de Lima, y posterior publicación para su entrada en vigencia Regístrese, comuníquese y cúmplase. CARLOS BRUCE MONTES DE OCA Alcalde * El TUPA se publica en la página WEB del Diario Oficial El Peruano, sección Normas Legales. 2328924-1MUNICIPALIDAD DE PACHACAMAC Aprueban las bases del Concurso de Danzas Festipacha 2024 DECRETO DE ALCALDÍA N° 012-2024-MDP/A Pachacámac, 12 de setiembre de 2024 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PACHACÁMAC VISTOS: el Acuerdo de Concejo N° 045-2024-MDP/C, el informe N° 0028-2024-MDP/GTCAI y el memorando N° 0239-2024-MDP/GTCAI cursado por la Gerencia de Turismo, Cultura y Asuntos Internacionales, los informes N° 283-2024-2024-MDP/OGAJ y N° 297-2024-MDP/OGAJ emitidos por la O fi cina General de Asesoría Jurídica, el memorando N° 1600-2024-MDP/OGPPM cursado por la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, el memorando N° 195-2024-MDP/GDHyPV cursado por la Gerencia de Desarrollo Humano y Participación Vecinal, el memorando N° 1178-2024-GM/MDP cursado por la Gerencia Municipal, y; CONSIDERANDO: Que, con acuerdo de concejo de vistos, se aprueba la donación de premios económicos para los ganadores del Primer Concurso de Danza, Festipacha 2024, por un valor de S/30,500.00 (treinta mil quinientos con 00/100 soles), los que se repartirán entre el primer, segundo y tercer puesto de las tres categorías del concurso; Que, con memorando de vistos, la Gerencia de Turismo, Cultura y Asuntos internacionales, propone las bases de Concurso de Danza, Festipacha 2024, con el fi n de dictar disposiciones que reglamenten el proceso de inscripción, participación y premiación, así como la aprobación de las fechas para la etapa de cali fi cación, las mismas que cuentan con la opinión favorable de la Gerencia de Desarrollo Humano y Participación Vecinal y la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, a través de sendos memorandos de vistos; Que, con informe de vistos, la O fi cina General de Asesoría Jurídica en aplicación del artículo 42 de la Ley N°27972, Ley Orgánica de Municipalidad señala que los decretos de alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y e fi ciente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia de concejo municipal; Estando a lo expuesto, en uso de las atribuciones conferidas al alcalde por el artículo 42 de la ley N°27972, Ley Orgánica de Municipalidades; DECRETA: Artículo 1.- APROBAR las bases del Concurso de Danzas Festipacha 2024, que constan de trece títulos y siete anexos, los mismos que forman parte del presente decreto. Artículo 2.- ENCARGAR el cumplimiento del presente decreto a la Gerencia de Turismo, Cultura y Asuntos Internacionales y demás unidades orgánicas competentes, y a la O fi cina de Comunicaciones e Imagen Institucional, la difusión del mismo. Artículo 3.- PUBLICAR el presente decreto, y las bases que aprueba en el diario o fi cial El Peruano y sus anexos en el portal institucional de la Municipalidad Distrital de Pachacámac (www.munipachacamac.gob.pe) Publíquese, comuníquese y cúmplase.ENRIQUE V. CABRERA SULCA Alcalde