NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2024 (27/09/2024)
CANTIDAD DE PAGINAS: 100
TEXTO PAGINA: 84
84 NORMAS LEGALES Viernes 27 de setiembre de 2024 El Peruano / Que, el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) es el documento de gestión institucional que compendia y sistematiza de manera comprensible y clara la información de todos los procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad incluyendo aquellos que son estandarizados, que deben tramitar los ciudadanos y empresas en las entidades de la administración pública; Que, los artículos 43 y 44 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por el Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, disponen la obligatoriedad de las entidades de la Administración Pública de elaborar, aprobar y publicar el íntegro de su Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) cumpliendo los requisitos establecidos para tal fi n; Que, el numeral 44.1 del artículo 44º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, dispone que en el caso de los gobiernos locales, el Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA, se aprueba por Ordenanza Municipal; asimismo, el numeral 44.5 del artículo en mención establece que toda modi fi cación que no implique la creación de nuevos procedimientos, incremento de derechos de tramitación o requisitos, debe ser realizada, para el caso de los gobiernos locales, mediante Decreto de Alcaldía, según el nivel de gobierno respectivo, caso contrario, su aprobación se realiza conforme al mecanismo establecido en el numeral 44.1 anteriormente mencionado; Que, la Resolución de Secretaría de Gestión Pública Nº 005-2018-PCM-SGP, aprueba los Lineamientos para la Formulación y Aprobación del Texto Único de Procedimientos Administrativos, señalando que, en el caso de Gobiernos Locales, se aprobará mediante Ordenanza Municipal; Que, conforme el numeral 17.2 del artículo 17 del Lineamiento aprobado por la Resolución de Secretaria de Gestión Pública Nº 005-2018-PCM-SGP, en el caso de los proyectos de TUPA correspondientes a los Gobiernos Regionales y Locales, previamente a su aprobación por el Consejo Regional o Concejo Municipal, deben contar con la conformidad de la Gerencia General Regional o Gerencia Municipal respectiva. Para dicho efecto, la Gerencia de Planeamiento, o la que haga sus veces, presenta a la Gerencia Municipal, el expediente del proyecto de TUPA o modi fi catoria, conteniendo la siguiente documentación: a) Proyecto de norma que aprueba el TUPA, exposición de motivos, el TUPA, tablas ASME - VM y resumen de Costos, debidamente visados. b) Formato de Informe resumen para la aprobación o modi fi cación del TUPA (Formato A), suscrito por la O fi cina de Planeamiento o la que haga sus veces, en que señale la necesidad de crear y/o modi fi car el TUPA y destaque los cambios contenidos en el proyecto, los avances en la simpli fi cación administrativa de los procedimientos administrativos (tales como la reducción de plazos de atención, requisitos o costos entre otros) c) Formatos de sustentación legal y técnica (Formato B) de los procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad visados por los órganos que intervienen en la elaboración del TUPA d) Informe técnico de la O fi cina de Administración o la que haga sus veces, con el sustento de la determinación de los costos que sustentan los derechos de tramitación. Que, asimismo, la norma acotada establece que una vez que el expediente cuente con la conformidad de la Gerencia Municipal, se traslada el expediente al Concejo Municipal para su aprobación, luego de ello, conforme el artículo 40º de la Ley Nº 27972 la aprobación del TUPA está sujeto a rati fi cación de la Municipalidad Metropolitana de Lima, para lo cual la Municipalidad de Santiago de Surco, cuenta hasta el último día hábil del mes de junio, para remitir su propuesta de modi fi cación de conformidad con el artículo cuarto de la Ordenanza Nº 2085-MML; Que, la Gerencia de Administración y Finanzas, mediante el Memorándum Nº 2996-2024-GAF-MSS de fecha 03.06.2024 remitió el Informe Nº 147-2024-SGCC- GAF-MSS de la Subgerencia de Contabilidad y Costos, que adjunta el Informe Técnico de Costos del Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA, el cual contiene el Informe Técnico y Cálculo de costos correspondientes a 257 procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad contenidos en el proyecto de Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA; Que, la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, mediante el Memorándum Nº 2575-2024-GPP-MSS de fecha 17.06.2024, señala de conformidad con el artículo 5 de los Lineamientos para la elaboración y aprobación del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) que las entidades del sector público deben aprobar o modi fi car su TUPA cuando se presente alguno de los siguientes supuestos “(…) 5.2 Cuando se requiera incorporar procedimientos administrativos y/o servicios prestados en exclusividad al TUPA vigente, debido a la aprobación de una ley, decreto legislativo u otra norma de alcance general que disponga el establecimiento o creación de los procedimientos y/o servicios antes referidos”, en ese sentido, del diagnóstico realizado por las unidades de organización responsables de procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad y consolidado por la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto se concluyó que el Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA vigente aprobado con Ordenanza Nº 498-MSS y modi fi catorias se encuentra pendiente de adecuación a las siguientes normas 1) Ordenanza Nº 2348-MML Ordenanza que regula las disposiciones técnicas y procedimientos administrativos de autorización para la ubicación de elementos de publicidad exterior en los distritos de la Provincia de Lima, 2) Decreto Supremo Nº 146-2023-PCM que aprueba procedimientos administrativos y un servicio prestado en exclusividad estandarizados de licencias de habilitación urbana y licencias de edi fi cación cuya tramitación es de competencia de las municipalidades 3) Decreto Supremo 001-2022-MINAM que modi fi ca el Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1278, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Gestión Integral de Residuos Sólidos, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 014-2017-MINAM, y el Reglamento de la Ley Nº 29419, Ley que regula la actividad de los recicladores, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 005-2010-MINAM 4) Ley 29022 para la expansión de infraestructura en Telecomunicaciones y su reglamento, por lo que procede la aprobación de un nuevo TUPA de la Municipalidad de Santiago de Surco, con el fi n de adecuarla a dichas normas legales; Que, en ese contexto, la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, de conformidad con el artículo 17.2 de los Lineamientos para la elaboración y aprobación del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) remite la documentación técnica sustentatoria para su aprobación, y eleva el proyecto de Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA de la Municipalidad de Santiago de Surco señalando que dicho proyecto compendia y sistematiza 257 procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad con respectiva base legal, requisitos, plazos, cali fi cación, entre otros elementos; Que, la Gerencia de Asesoría Jurídica, mediante el Informe Nº 465-2024-GAJ-MSS de fecha 17.06.2024, señala que el Proyecto de Ordenanza que aprueba el Texto Único de Procedimiento Administrativos - TUPA de la Municipalidad de Santiago de Surco, se encuentra alienado a las normas legales vigente, Ley Nº 27444 de la Ley de Procedimiento General y la Ley Nº 27972 Ley Orgánica de Municipalidades, asimismo se encuentra dentro de los Planes Institucionales de la Entidad (PEI- POI), por lo que este órgano de asesoría legal es de opinión que, cuenta con la viabilidad legal necesaria para su aprobación, conforme numeral 8) del artículo 9 de la Ley Orgánica de Municipalidades antes mencionada, establece que corresponde al Concejo Municipal aprobar, modi fi car o derogar las ordenanzas y dejar sin efecto los acuerdos; Que, la Gerencia Municipal, mediante los Memorándums Nº 1058-2024-GM-MSS y Nº 1049-2024-GM-MSS de fechas 19.06.2024 y 18.06.2024, otorga su conformidad a la propuesta del TUPA de la Municipalidad de Santiago de Surco y señala que los actuados deberán ser remitidos al Concejo Municipal;