NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2024 (28/09/2024)
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TEXTO PAGINA: 128
128 Sábado 28 de setiembre de 2024 El Peruano / PROYECTOS ϴ : Tasa de crecimiento del Índice de Precios al por Mayor aplicable al inicio del periodo regulatorio Φ : Tasa de crecimiento del Índice de Precios al por Mayor durante el año regulatorio Los incrementos tarifarios del primer y segundo años regulatorios de 10% y 12,1% respectivamente, en los servicios de agua potable y saneamiento, permitirán fi nanciar: i) los costos incrementales de operación y mantenimiento de los servicios de agua potable y saneamiento; ii) los costos de inversión de los proyectos a ser fi nanciados con recursos internamente generados y iii) costos de inversiones para la: implementación de mecanismos de retribución por servicios ecosistémicos (MRSE), implementación de gestión del riesgo de desastres y adaptación al cambio climático (GRD y ACC), y la implementación del plan de control de calidad (PCC). El mencionado incremento tarifario del segundo año regulatorio se aplicará de manera automática en el ciclo de facturación posterior al inicio del segundo año regulatorio, sobre la estructura tarifaria resultante de la aplicación de los reordenamientos tarifarios señalados en el subcapítulo VI.9.3: “Estructura Tarifaria para el periodo regulatorio 2025-2027” del estudio tarifario. En el tercer año del periodo regulatorio 2025-2027 se realizará reordenamientos de las estructuras tarifarias, de acuerdo con lo señalado en el subcapítulo VI.9.3: “Estructura Tarifaria para el periodo regulatorio 2025-2027” del estudio tarifario, lo cual representará un incremento en la tarifa media de 3,3% en el tercer año regulatorio en los ingresos de EPS EMAPA PASCO S.A. El mencionado estudio tarifario, puede ser ubicado en el siguiente enlace: https://www.gob.pe/institucion/sunass/colecciones/ informes-publicaciones B. INCREMENTO TARIFARIO CONDICIONADO Para el periodo regulatorio 2025-2027, se contempla el siguiente incremento tarifario condicionado: Incremento tarifario condicionado ConceptoPor el servicio de agua potable Entrada en operación de la Planta de Tratamiento de Agua Potable (PTAP) ULIACHIN del proyecto “Mejoramiento y ampliación de los servicios de saneamiento y fortalecimiento institucional integral de la EMAPA PASCO” con CUI 208481542,20% El incremento tarifario condicionado vinculado a la entrada en operación de la inversión descrita en el cuadro anterior es adicional a los incrementos tarifarios considerados en la fórmula tarifaria base a que se re fi ere el presente anexo. Las condiciones de aplicación del incremento condicionado se desarrollan en el Capítulo VI.6: “Formula tarifaria” del estudio tarifario. ANEXO Nº 2 ESTRUCTURA TARIFARIA DE EMAPA PASCO S.A. DEL PERIODO REGULATORIO 2025-2027 PARA LOS SERVICIOS DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO I. Estructuras tarifarias Para la s estructuras tarifarias, en atención al principio de equidad, se aplica el criterio de jerarquía de las tarifas cobradas a los usuarios, estableciendo un subsidio cruzado, de modo que los usuarios de las categorías con menor capacidad de pago paguen menos que aquellos de las otras categorías con mayor capacidad de pago. Para el primer año regulatorio, EMAPA PASCO S.A. aplicará la estructura tarifaria, de acuerdo con lo siguiente: I.1 Cargo fi jo (S//Mes): 2,0 1 se reajusta por efecto de in fl ación, conforme a lo establecido en el Reglamento General de Tarifas de los Servicios de Saneamiento brindados por Empresas Prestadoras2. I.2 Cargo por volumen de agua potable y saneamiento en el primer año regulatorio Pasco (1er año) Categoría RangoTarifa Agua Potable S/ /m3Tarifa Saneamiento S/ / m3 Social 0 a más 0,76 0,24 Doméstico0 a 10 0,82 0,24 10 a 20 0,95 0,30 20 a más 1,27 0,42 Estatal0 a 20 1,33 0,42 20 a más 2,18 0,66 Comercial y otros0 a 20 1,26 0,42 20 a más 2,10 0,55 Industrial 0 a más 2,54 0,77 Asignación Máxima de Consumo Volumen asignado (m³/mes) Social DomésticoComercial y otrosEstatal Industrial 8 8 12 14 18 36 36 96 210 430 36 Vicco (1er año) Categoría RangoTarifa Agua Potable S/ /m3Tarifa Saneamiento S/ / m3 Social 0 a más 0,25 0,06 Doméstico0 a 10 0,27 0,06 10 a 20 0,53 0,11 20 a más 0,70 0,15 Estatal 0 a más 0,75 0,17 Comercial y otros 0 a más 0,82 0,18 Industrial 0 a más 1,15 0,25 Asignación Máxima de Consumo Volumen asignado (m³/mes) Social DomésticoComercial y otrosEstatal Industrial 8 8 15 20 20 De acuerdo con el marco legal vigente, con la fi nalidad de garantizar que los usuarios reciban señales de consumo adecuadas, aquellos usuarios que no acepten la micromedición, tendrán una asignación equivalente al doble de la asignación correspondiente, según su categoría. Si transcurridos 2 meses el usuario continúa oponiéndose a la instalación del medidor, el prestador podrá efectuar el cierre del servicio de acuerdo con lo previsto en el artículo 113 del Reglamento de Calidad de la Prestación de los Servicios de Saneamiento 3. I.3 Factor de ajuste para la aplicación del sistema de subsidios cruzados focalizados Los usuarios de la categoría doméstico con una Clasi fi cación Socioeconómica de pobre o pobre extremo en el Padrón General de Hogares (PGH) del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social (MIDIS), serán bene fi ciarios con un factor de ajuste por los primeros 10 m 3, sobre la tarifa de agua potable, de las localidades de Pasco y Vicco, según el siguiente cuadro: Factor de ajuste aplicable a la tarifa de agua potable de la categoría doméstico por los primeros 8 m 3 Año Regulatorio Rango (m3) Factor de ajuste 1er año regulatorio 0 a 10 0,92