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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2024 (28/09/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 140

TEXTO PAGINA: 115

115 NORMAS LEGALES Sábado 28 de setiembre de 2024 El Peruano / 1. Elaborar los instrumentos de gestión: Plan Operativo Anual, Plan de trabajo y Reglamento Interno de Funcionamiento. 2. Participar activamente en el proceso de actualización del Plan Regional Exportador - PERX San Martín. 3. Apoyar la gestión del Gobierno Regional y de las diferentes Gerencias y/o Direcciones Regionales, en el marco del cumplimiento de los objetivos e implementación del PERX. 4. Impulsar la implementación del objetivo prioritario 7 del Plan Regional de Competitividad y Productividad de San Martín al 2030, correspondiente a facilitar las condiciones para el comercio exterior de bienes y servicios. 5. Representar al sector exportador regional en diferentes espacios con el objetivo de impulsar políticas públicas, intervenciones estratégicas, así como, gestionar el cierre de brechas en la cadena de suministros y en la logística de exportación. 6. Generar espacios de coordinación con otras comisiones, dependencias y/o entidades vinculadas, para apoyar la implementación de las acciones del PERX SM y otras que aporten al desarrollo del comercio exterior en la región. 7. Desarrollar el Plan de Trabajo que sea requerido para llevar a cabo las acciones del PERX SM. 8. Impulsar la conformación de los grupos de trabajo, con relación a las cadenas productivas priorizadas en el PERX. 9. Promover la participación de los actores de los grupos de trabajo, promoviendo su vinculación efectiva con las demás organizaciones y/o instituciones relacionadas a los encadenamientos productivo-exportadores para la sostenibilidad en las exportaciones regionales. 10. Gestionar fi nanciamiento para los proyectos y actividades identi fi cadas en los grupos de trabajo con el apoyo de la Gerencia de Desarrollo Económico del Gobierno Regional de San Martín y otras instancias de promoción de inversiones y de cooperación del ámbito regional, nacional e internacional. 11. Promover el diseño e implementación de políticas públicas que conduzcan a una mayor productividad y competitividad del sector exportador regional con estándares internacionales y en armonía con el medio ambiente. 12. Impulsar el desarrollo y posicionamiento de la marca de certi fi cación regional “San Martín Región”. 13. Coordinar con otras instituciones público - privadas; además de quienes conforman el comité, la implementación de las acciones del PERX y de otras orientadas a incrementar la competitividad exportadora de la región. 14. Otras que por Ley corresponde al CERX San Martín. Artículo Quinto.- SEÑALAR que el cargo de presidente y vicepresidente será sometido a votación de los miembros que conforman el CERX debiendo constar el resultado fi nal en acta; por un periodo mínimo de 2 años, pudiendo ser reelegido por un periodo adicional y respecto a la Secretaría Técnica será asumida por la Dirección Regional de Comercio Exterior y Turismo San Martín. Artículo Sexto.- DETERMINAR que pueden incluirse posteriormente como miembros que conforman el CERX; instituciones públicas, privadas y/o mesas técnicas conformadas y reconocidas. Artículo Séptimo.- SEÑALAR que los grupos de Trabajo serán conformados con un mínimo de tres (03) miembros, debiendo obligatoriamente contar con representantes del sector público y privado; considerando a su vez la cadena productiva priorizada correspondiente, teniendo voz y voto todos aquellos que forman parte de él; asimismo deberán contar con un coordinador que será elegido y designado por los miembros de la mesa. Artículo Octavo.- ENCARGAR a la Dirección Regional de Comercio Exterior y Turismo de San Martín, elaborar y aprobar los lineamientos y/o directrices y/o instrumentos para la de fi nición y/o implementación y/u operación, según corresponda; respecto al Comité Regional de Exportación - CERX San Martín.Artículo Noveno.- ENCARGAR a la Secretaría General del Gobierno Regional San Martín, realizar los trámites para la publicación de la presente Ordenanza Regional, en el Diario O fi cial El Peruano, debiendo publicarse además en el diario encargado de las publicaciones judiciales y en el portal electrónico del Gobierno Regional, previa promulgación del Gobernador Regional de San Martín, en cumplimiento a los dispuesto en el artículo 42º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales. Artículo Décimo.- DEJAR SIN EFECTO toda norma que contravenga a la presente Ordenanza Regional. Artículo Décimo Primero.- EXONERAR la presente Ordenanza Regional del trámite de lectura y aprobación del Acta, para proceder a su implementación correspondiente. Comuniquese al señor Gobernador Regional para su promulgación. Moyobamba, 3 días del mes de setiembre del 2024JADIR ISMINIO VARGAS Consejero Delegado Dado en la Sede Central del Gobierno Regional San Martín a los diez días del mes de setiembre del dos mil veinticuatro. POR TANTO:Mando se publique y se cumplaWALTER GRUNDEL JIMENEZ Gobernador Regional 2329379-1 Aprueban Memoria Anual de Gestión Institucional 2023 del Gobierno Regional San Martín ACUERDO REGIONAL Nº 120-2024- GRSM/CR Moyobamba, 28 de agosto de 2024EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE SAN MARTIN POR CUANTO:El Consejo Regional del Gobierno Regional de San Martín, de conformidad con lo previsto en los artículos 191° y 192° de la Constitución Política del Perú, modi fi cado por la Ley N° 27680, Ley de la Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV, sobre Descentralización; Ley N° 27783, Ley de Bases de la Descentralización; Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modi fi cada por Ley N° 27902 y Ley N° 28013, Reglamento Interno del Consejo Regional, y demás normas complementarias y; CONSIDERANDO:Que, el artículo 191º de la Constitución Política del Perú, modi fi cada por Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV sobre Descentralización - Ley Nº 27680, establece que los Gobiernos Regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; y en el artículo 192º en su numeral 1) establece que los Gobiernos Regionales son competentes para aprobar su organización interna y su presupuesto; Que, el literal f., del Artículo 9° de la Ley N° 27867 “Ley Orgánica de Gobiernos Regionales” precisa lo siguiente: “Los gobiernos regionales son competentes para: (…) Dictar las normas inherentes a la gestión regional.”. El Artículo 45°de la Ley N° 27867 “Ley Orgánica de Gobiernos Regionales” señala lo siguiente: “(…) Los Gobiernos Regionales de fi nen, norman, dirigen y