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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2024 (28/09/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 140

TEXTO PAGINA: 117

117 NORMAS LEGALES Sábado 28 de setiembre de 2024 El Peruano / Aprueban transferencia financiera a favor de la Contraloría General de la República RESOLUCIÓN EJECUTIVA REGIONAL N° 242-2024- GRSM/GR Moyobamba, 26 de agosto de 2024VISTO: El Informe N° 087-2024-GRSM/GRPYP, de la Gerencia Regional de Planeamiento y Presupuesto; la Ley N° 31358, y; CONSIDERANDO:Que, con Resolución Ejecutiva Regional N° 505- 2023-GRSM/GR, de fecha 28 de diciembre de 2023, se aprobó las especi fi caciones de los gastos a nivel de Unidad Ejecutora, Categoría Presupuestal, Programa Presupuestal, Producto/Proyecto, Actividades, Categoría de Gasto, Genérica de Gasto y Fuentes de Financiamiento del Pliego 459 - Gobierno Regional del Departamento de San Martin para el año fi scal 2024; Que, el artículo 1 ° de la Ley N° 31358, “Ley que establece medidas para la expansión del control concurrente”; dispone que la ejecución de inversiones que genere el desembolso de recursos públicos y/o garantías fi nancieras o no fi nancieras por parte del Estado, incluyendo las obras públicas, las inversiones mediante los mecanismos de Obras por Impuestos y Asociaciones Público Privadas y otro mecanismos de inversión, a cargo de los pliegos del gobierno nacional, regional y local, así como las entidades de tratamiento empresarial, empresas públicas en el ámbito del Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado (FONAFE), fondos y toda entidad o empresa bajo el ámbito del Sistema Nacional de Control, cuyos montos superen los diez millones de soles, son objeto de control concurrente por parte de la Contraloría General de la República; Que, para dicho efecto, el numeral 2.1 del artículo 2 de la citada ley establece que los pliegos destinan hasta el 2% (dos por ciento) del valor total de las inversiones, desde la fase de formulación y evaluación, incorporando dentro de su estructura de costos, como costos indirectos u otros costos, un rubro denominado Control Concurrente, el cual corresponde al fi nanciamiento de las acciones a ser efectuadas por la Contraloría General de la República bajo dicha modalidad de control gubernamental; Que, en relación a la transferencia de dichos recursos, el numeral 4.1 del artículo 4 de la Ley N° 31358 señala que los pliegos involucrados se encuentran autorizados a realizar modi fi caciones presupuestales en el nivel funcional programático para habilitar la genérica de gasto 2.4 Donaciones y Transferencias, tanto para la categoría de gasto corriente y gasto de capital, quedando exceptuados de las restricciones presupuestarias en el marco de lo establecido en las leyes anuales de presupuesto, a fi n de realizar las transferencias fi nancieras a favor del pliego 019 - Contraloría General de la República; Que, conforme dispone el numeral 4.2 del artículo en mención, concordante con el numeral 7.3.3 de la Directiva N° 008-2022-CG/GMPL “Directiva externa que establece disposiciones complementarias de la Ley N° 31358, Ley que establece medidas para la expansión del control concurrente”, aprobada por Resolución de Contraloría N° 103-2022-CG, en el caso de los gobiernos regionales, las transferencias fi nancieras a favor de la Contraloría General en el marco de la Ley N° 31358 la gestiona la ofi cina de presupuesto de la entidad y se aprueban mediante Resolución Ejecutiva Regional; Que, con fecha 01 de agosto del 2024, la Contraloría General de la República, por intermedio de su Secretaría General, presentó el O fi cio N° 000950-2024-CG/SGE, mediante el cual solicita al Gobierno Regional de San Martín, con carácter de muy urgente, una transferencia fi nanciera hasta por el monto de S/ 85 195,00 a fi n de ejecutar los servicios de control gubernamental oportunamente, adjuntando, para los efectos correspondientes, la inversión identi fi cada y priorizada por dicha Entidad de Fiscalización Superior; Que, con Nota Informativa N° 811-2024-GRSM/ SGPMI, la Sub Gerencia de Programación Multianual de Inversiones, informa que de la solicitud de transferencia fi nanciera a favor del Pliego 019: Contraloría General, hasta por el monto de S/ 85 195,00 a fi n de ejecutar los servicios de control concurrente de la inversión: “ADQUISICIÓN DE PATRULLEROS Y MOTOCICLETA; EN TREINTA Y CUATRO COMISARÍAS PNP TIPO A, COMISARÍAS PNP TIPO C, COMISARÍAS PNP TIPO D, COMISARÍAS PNP TIPO E, COMISARÍAS PNP TIPO B A NIVEL DEPARTAMENTAL (SAN MARTÍN)”, priorizada por dicha entidad, se ha podido veri fi car que la inversión en cuestión se encuentra sin ejecución física pero en proceso de selección, por lo que de acuerdo al Memorando N° 3015 -2024-GRSM/GRI, de fecha 12 de Agosto del 2024 solicita al Gerente Regional de Planeamiento y Presupuesto del GORESAM la transferencia fi nanciera para el Control Concurrente en Gastos de Inversión por em importe de S/ 85,195,00 (Ochenta y cinco mil ciento noventa y cinco con 00/100 soles), así mismo, informan que cuentan con la disponibilidad presupuestal el clasi fi cador correspondiente, por los cuales, corresponde realizar las modi fi caciones presupuestarias correspondientes para efectuar la transferencia fi nanciera; Que, mediante el Informe N°087-2024-GRSM/GRPYP de fecha 26 de agosto 2024, la Gerencia Regional de Planeamiento y Presupuesto, informa que en el marco del numeral 4.1 del artículo 4 de la Ley N°31358 que autoriza que los pliegos involucrados que se encuentran autorizados a realizar modi fi caciones presupuestales en el nivel funcional programático para habilitar la genérica de gasto 2.4 Donaciones y Transferencias; en tal sentido, se han realizado modi fi caciones presupuestarias en el Nivel Funcional Programático, a fi n de que las unidades ejecutoras sujetas al Control Concurrente, según el anexo que forma parte de la presente resolución, puedan efectivizar la Transferencia Financiera al Pliego 019 Contraloría General de la República; Por las consideraciones expuestas, en uso de las atribuciones conferidas por el inciso a) y d) del artículo 21° de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modi fi catorias; de conformidad con el artículo 4°, numeral 4.2, de la Ley N°31358, Ley que establece medidas para la expansión del control concurrente, y la Directiva N°008-2022-CG/GMPL, aprobada por Resolución de Contraloría N°103-2022-CG; y con las visaciones de la Gerencia General Regional, Gerencia Regional de Planeamiento y Presupuesto, O fi cina Regional de Asesoría Legal y Sub Gerencia de Presupuesto; SE RESUELVE Artículo 1.- Aprobar la transferencia fi nanciera por el monto de S/ 85 195,00 (Ochenta y cinco mil ciento noventa y cinco con 00/100 soles), a favor del Pliego 019: Contraloría General de la República, con la fi nalidad de fi nanciar el servicio de control concurrente en la Unidad Ejecutora y Proyecto de Inversión en el marco de lo dispuesto por la Ley N° 31358. Artículo 2.- Prohibir que los recursos fi nancieros materia de la transferencia en virtud de lo resuelto en el artículo precedente de la presente resolución, sean destinadas a fi nes distintos para los cuales son transferidos, bajo responsabilidad. Artículo 3.- Dispone a la Gerencia Regional de Planeamiento y Presupuesto, en coordinación de la Ofi cina Regional de Administración, realizar las acciones administrativas pertinentes, a través de sus unidades orgánicas competentes para la realización de la transferencia fi nanciera, debiendo informar a la Gerencia General Regional del resultado de tales acciones. Artículo 4.- Publicar y difundir la presente resolución en el Diario El Peruano en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 42 de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobierno Regionales, estableciéndose que dicha publicación sea efectuada por Gobernación Regional; asimismo, el anexo se difundirá en el Portal electrónico de la institución, conforme al Decreto Supremo N° 001- 2009-JUS.