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99 NORMAS LEGALES Miércoles 9 de abril de 2025 El Peruano / MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE MARISCAL NIETO Aprueban el reajuste automático de las dietas de los regidores de la Municipalidad Provincial Mariscal Nieto, en función a la remuneración del alcalde, de conformidad con la Ley N° 32269 ACUERDO DE CONCEJO MUNICIPAL Nº 043-2025- MPMN Moquegua, 31 de marzo de 2025EL CONCEJO PROVINCIAL DE “MARISCAL NIETO”:VISTO: En “Sesión Extraordinaria” de Concejo Municipal, del 27 de marzo del 2024, y; CONSIDERANDO:Que, las Municipalidades son los órganos de Gobierno Local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, tal como lo señala el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, concordante con los Artículos I y II del Título Preliminar de la Ley N° 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades; Que, el artículo 41° de la “Ley Orgánica de Municipalidades”, establece que, Los acuerdos son decisiones, que toma el concejo, referidas a asuntos especí fi cos de interés público, vecinal o institucional, que expresan la voluntad del órgano de gobierno para practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional. Los acuerdos aprobados, cuando así lo requieran, incluyen un plan de implementación que establezca las acciones a realizar, señalando metas, plazos y fi nanciamiento, según corresponda; Que, el inciso 17) del Artículo 9° de la Ley Orgánica de Municipalidades, establece que es atribución del Concejo Municipal “Aprobar el Balance y la Memoria”; Que, la aprobación del Balance y la Memoria Anual de la Municipalidad Provincial Mariscal Nieto correspondiente al Ejercicio Fiscal 2023, es un acto formal de ordenamiento administrativo y jurídico, que no implica la aprobación de la gestión ni de los actos administrativos que estos documentos sustentan, por lo que son objeto de acciones de control por parte de los Órganos del Sistema Nacional de Control; Que, mediante Decreto de Alcaldía N° 006-2021-MPMN, de fecha 29 de enero del 2021, se aprueba la Directiva N° 04-2020-SPPPR-GPP-GM/MPMN, “Procedimiento para la Formulación, Sistematización y Aprobación de la Memoria Anual de Gestión de la Municipalidad Provincial Mariscal Nieto”, el mismo que tiene por objeto establecer lineamientos para la formulación, sistematización y aprobación de la Memoria Anual de Gestión de la Municipalidad Provincial de Mariscal Nieto, además de uniformizar y sistematizar la información que corresponde la memoria anual de gestión municipal para una presentación clara, concisa y de fácil interpretación; Que, la Gerencia de Asesoría Jurídica, mediante el Informe Legal N° 395-2025-GAJ/GM/MPMN, es de la Opinión siguiente: La determinación del monto de las dietas: La Ley N° 32269 establece que las dietas de los regidores municipales corresponden al 30% de la remuneración mensual del alcalde y se reajustan automáticamente conforme varíe esta última; esto implica que el Concejo Municipal no tiene discrecionalidad para fi jar montos distintos ni realizar incrementos posteriores a la aprobación de la nueva dieta a percibirse, con los descuentos correspondientes por inasistencias. Asimismo, respecto del cálculo de dicha dieta conforme al marco normativo se encuentra proyectado este concepto remunerativo, así como los nuevos montos actualizados a pagar a los regidores en el Informe N° 1015-2025-SGPBS/GA/GM/MPMN que contiene la Carta N° 011-2025-SOTP-AR-SGPBS emitida por el Área de Remuneraciones. Limitaciones normativas y competencia del Concejo Municipal: A pesar de que el Decreto Supremo 413-2019-EF prohibió el reajuste de dietas para regidores, la Ley N° 32269 establece un marco normativo superior que permite su ajuste automático en función de la remuneración del alcalde. Condiciones y requisitos para el pago de dietas: Que, para que las dietas sean válidas y pagadas, los regidores deben cumplir con su asistencia efectiva a las sesiones del Concejo Municipal, respetando el límite máximo de cuatro dietas mensuales. Además, la normativa prohíbe el pago de devengados por dietas anteriores a la entrada en vigor de la Ley N° 32269, garantizando así una aplicación prospectiva de la norma sin efectos retroactivos”. Que, la aprobación de las dietas es una atribución del Concejo Municipal conforme al numeral 28 del artículo 9 de la Ley 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, indica que “es atribución del Concejo Municipal aprobar la remuneración del alcalde y las dietas de los regidores; En uso de las facultades concedidas por el Artículo 194° de la Constitución Política del Perú, al amparo de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley N° 27972, y su modi fi catoria Ley N° 32269, luego del debate producido, el Pleno del Concejo Municipal en Sesión Extraordinaria de fecha 31 de marzo del 2025, aprobó el siguiente; ACUERDO:Artículo Primero.- APROBAR, el reajuste automático de las dietas de los regidores de la Municipalidad Provincial Mariscal Nieto, en función a la remuneración del alcalde, de conformidad con la Ley N° 32269, Ley que modi fi ca la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, para establecer precisiones sobre el pago la dieta de los regidores; donde se establece que las dietas que perciben los regidores municipales corresponden al 30% de la remuneración mensual del alcalde y se reajustan automáticamente conforme varíe esta última. Artículo Segundo.- DISPONER, la publicación del presente acuerdo de concejo conforme a ley. Regístrese, comuníquese y cúmplase;JOHN LARRY COAYLA Alcalde 2386455-1 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN ANTONIO Ordenanza que aprueba la “I Campaña Tributaria 2025 de Beneficio e Incentivo Tributario” en el distrito de San Antonio MUNICIPALIDAD PROVINCIAL MARISCAL NIETO ORDENANZA MUNICIPAL Nº 006-2025- MPMN Moquegua, 7 de marzo de 2025EL ALCALDE PROVINCIAL DE “MARISCAL NIETO”:VISTO: En “Sesión Ordinaria del 05-03-2025, el Dictamen Nº 05-2025-COAT-MPMN de Registro Nº 2511592-2025 de fecha 04-03-2025, sobre Rati fi cación de la Ordenanza Municipal Nº 003-2025-MDSA del 11-02-2025 de la Municipalidad Distrital de “San Antonio”. POR CUANTO:El Concejo Provincial de “Mariscal Nieto”, en uso de las facultades concedidas por el Artículo 194º de la