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9 NORMAS LEGALES Sábado 13 de diciembre de 2025 El Peruano / Que, mediante Informe N°003885-2025-MIDIS/ PNCM-UAJ de fecha 12 de diciembre de 2025, la Unidad de Asesoría Jurídica considera jurídicamente viable la referida designación; Con el visado de conformidad, de acuerdo a sus competencias, de la Unidad de Gestión del Talento Humano y de la Unidad de Asesoría Jurídica; De conformidad, con la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 91-2021-SERVIR-PE que aprueba el Cuadro de Puestos de la Entidad (CPE) del Programa Nacional Cuna Más y la Resolución de Dirección Ejecutiva N° 386-2020-MIDIS/PNCM que aprueba el Manual de Perfi les de Puestos del Programa Nacional Cuna Más; SE RESUELVE:Artículo 1.- Designar a la señora GISSELA GIOVANNA CARDENAS MACEDO, en el cargo de Coordinadora de la Unidad Territorial Lima Metropolitana del Programa Nacional Cuna Más, a partir del 15 de diciembre de 2025. Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente resolución en el diario o fi cial “El Peruano” y en el Portal Institucional del Programa Nacional Cuna Más (www. cunamas.gob.pe). Regístrese, notifíquese y publíquese. MIRIAM CRISTINA MEDINA CHONG Directora Ejecutiva Programa Nacional Cuna Más 2467996-4 JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS Designan Asesora II de la Secretaría General del Ministerio RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0457-2025-JUS Lima, 12 de diciembre de 2025 CONSIDERANDO: Que, se encuentra vacante el cargo de con fi anza de Asesor/a II, Nivel F-5, de la Secretaría General del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; Que, resulta necesario designar a la profesional que ocupará dicho cargo; Con el visado de la O fi cina General de Recursos Humanos; y, de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley N° 29809, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; y, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, aprobado por Decreto Supremo N° 013-2017-JUS; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar a la señora Susann Jesús Alcázar Taboada en el cargo de con fi anza de Asesora II, Nivel F-5, de la Secretaría General del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. Regístrese, comuníquese y publíquese.WALTER E. MARTINEZ LAURA Ministro Ministerio de Justicia y Derechos Humanos 2468013-1PRODUCE Modifican R.M. N° 000123-2025-PRODUCE, que establece el Límite Máximo de Captura Total Permisible (LMCTP) de inicio del recurso calamar gigante o pota RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 000415-2025- PRODUCE Lima, 12 de diciembre de 2025VISTOS: Los O fi cios N° 2088-2025-IMARPE/PE y N° 2103-2025-IMARPE/PE del Instituto del Mar del Perú - IMARPE; el Informe N° 00000857-2025-PRODUCE/ DGPARPA de la Dirección General de Políticas y Análisis Regulatorio en Pesca y Acuicultura; y el Informe N° 00001390-2025-PRODUCE/OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y CONSIDERANDO:Que, el artículo 2 del Decreto Ley N° 25977, Ley General de Pesca, establece que los recursos hidrobiológicos contenidos en las aguas jurisdiccionales del Perú son patrimonio de la Nación; correspondiendo al Estado regular el manejo integral y la explotación racional de dichos recursos, considerando que la actividad pesquera es de interés nacional; Que, el artículo 9 de la citada Ley señala que el Ministerio de la Producción, sobre la base de evidencias cientí fi cas disponibles y de factores socioeconómicos, determina, según el tipo de pesquerías, los sistemas de ordenamiento pesquero, las cuotas de captura permisible, las temporadas y zonas de pesca, la regulación del esfuerzo pesquero, los métodos de pesca, las tallas mínimas de captura y demás normas que requieran la preservación y explotación racional de los recursos hidrobiológicos y, que los derechos administrativos otorgados se sujetan a las medidas de ordenamiento que mediante dispositivo legal de carácter general dicta el Ministerio de la Producción; Que, el artículo 22 de la referida Ley prevé que el Ministerio de Pesquería, actualmente Ministerio de la Producción, establece periódicamente las medidas de ordenamiento de los recursos hidrobiológicos, en función de las evidencias cientí fi cas provenientes del Instituto del Mar del Perú - IMARPE y de otras entidades de investigación, así como de factores socio - económicos; Que, el numeral 15.1 del artículo 15 del Reglamento de Ordenamiento Pesquero del recurso Calamar Gigante o Pota (Dosidicus gigas) , aprobado por Decreto Supremo N° 003-2025-PRODUCE, establece que el Ministerio de la Producción establece, mediante Resolución Ministerial, el Límite Máximo de Captura Total Permisible (LMCTP) de manera anual de dicho recurso, límite que se fi ja con base en la información cientí fi ca disponible proporcionada por el IMARPE; Que, el literal g) del numeral 3.3 del artículo 3 de la Resolución Ministerial N° 000123-2025-PRODUCE, modi fi cada por las Resoluciones Ministeriales N° 00180-2025-PRODUCE, N° 00193-2025-PRODUCE, N° 00278-2025-PRODUCE, N° 000288-2025-PRODUCE, N° 00323-2025-PRODUCE, N° 000332-2025-PRODUCE, N° 00346-2025-PRODUCE y N° 00402-2025-PRODUCE señala, entre otros, que las embarcaciones pesqueras artesanales realizan hasta tres (3) faenas de pesca hasta el 31 de diciembre de 2025; Que, el IMARPE, mediante el O fi cio N° 2088-2025-IMARPE/PE, remite su informe de campo “CRUCERO DE INVESTIGACIÓN DEL CALAMAR GIGANTE (Dosidicus gigas) EN LA PRIMAVERA DE 2025” en el que concluye, entre otros, que: “Las condiciones oceanográ fi cas super fi ciales y subsuper fi ciales fueron favorables para el calamar gigante (…). Estas condiciones