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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE FEBRERO DEL AÑO 2025 (08/02/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 5

5 NORMAS LEGALES Sábado 8 de febrero de 2025 El Peruano / SE RESUELVE: Artículo 1.- Aceptar la renuncia formulada por el señor RODOLFO AURELIO ALBAN GUEVARA como miembro del Consejo Directivo del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual – INDECOPI, en representación del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- Designar al señor WILLY ARTURO OLIVERA ABSI, como miembro del Consejo Directivo del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual – INDECOPI, en representación del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, para completar el periodo de cinco (5) años. Artículo 3.- La presente Resolución Suprema es refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por la Ministra de Comercio Exterior y Turismo. Regístrese, comuníquese y publíquese. DINA ERCILIA BOLUARTE ZEGARRA Presidenta de la República GUSTAVO LINO ADRIANZÉN OLAYA Presidente del Consejo de Ministros ÚRSULA DESILÚ LEÓN CHEMPÉN Ministra de Comercio Exterior y Turismo 2369822-2 AMBIENTE Aprueban la Guía para la implementación del Sistema Regional de Gestión Ambiental RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 00033-2025- MINAM Lima, 6 de febrero de 2025 VISTOS: el Informe Nº 00038-2025-MINAM/ VMGA/DGPIGA/DPIGA de la Dirección de Políticas e Instrumentos de Gestión Ambiental; el Memorando Nº 00109-2025-MINAM/VMGA/DGPIGA de la Dirección General de Políticas e Instrumentos de Gestión Ambiental; el Memorando Nº 00142-2025-MINAM/ VMGA del Viceministerio de Gestión Ambiental; el Informe Nº 00037-2025-MINAM/SG/OGPP/OPM de la Ofi cina de Planeamiento y Modernización; el Memorando Nº 00117-2025-MINAM/SG/OGPP de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto; el Informe Nº 00080-2025-MINAM/SG/OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, el literal b) del artículo 7 del Decreto Legislativo Nº 1013, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente, señala que el Ministerio del Ambiente tiene la función de dirigir el Sistema Nacional de Gestión Ambiental; Que, conforme a lo dispuesto por el artículo 15 de la Ley Nº 28611, Ley General del Ambiente, el Sistema Nacional de Gestión Ambiental, integra los sistemas de gestión en materia ambiental, tales como los sistemas sectoriales, regionales y locales de gestión ambiental, así como otros sistemas especí fi cos relacionados con la aplicación de instrumentos de gestión ambiental; Que, mediante la Ley Nº 28245, Ley Marco del Sistema Nacional de Gestión Ambiental, se establecen disposiciones para el funcionamiento del Sistema Nacional de Gestión Ambiental, el cual tiene por fi nalidad orientar, integrar, coordinar, supervisar, evaluar y garantizar la aplicación de las políticas, planes, programas y acciones destinadas a la protección del ambiente y contribuir a la conservación y aprovechamiento sostenible de los recursos naturales; Que, de conformidad con lo establecido en el numeral 22.2 del artículo 22 de la precitada Ley, los Gobiernos Regionales deben implementar el sistema regional de gestión ambiental, en coordinación con las Comisiones Ambientales Regionales y el CONAM, ahora Ministerio del Ambiente; Que, el literal b) del artículo 53 de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, señala como una de las funciones en materia ambiental y de ordenamiento territorial del Gobierno Regional, implementar el sistema regional de gestión ambiental, en coordinación con las comisiones ambientales regionales; Que, mediante el Decreto Supremo Nº 014-2024-MINAM, se aprueba el Reglamento de la Ley Nº 28245, Ley Marco del Sistema Nacional de Gestión Ambiental, el cual tiene como fi nalidad lograr el adecuado funcionamiento del Sistema Nacional de Gestión Ambiental y la coherencia de las intervenciones de las entidades que conforman dicho Sistema en la implementación de la Política Nacional del Ambiente, sin afectar sus autonomías, contribuyendo a la protección del ambiente y la conservación y aprovechamiento sostenible de los recursos naturales; Que, mediante la Resolución Ministerial Nº 132-2021-MINAM, se aprobó la “Guía para el funcionamiento del Sistema Regional de Gestión Ambiental (SRGA)”, que tiene como fi nalidad mejorar el desempeño de la gestión ambiental y climática regional, en el marco del Sistema Nacional de Gestión Ambiental, en cumplimiento de la Política Nacional del Ambiente; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 00435-2024-MINAM se dispuso la publicación del proyecto de “Guía para la implementación del Sistema Regional de Gestión Ambiental”, conforme a lo dispuesto en el artículo 39 del Reglamento sobre Transparencia, Acceso a la Información Pública Ambiental y Participación y Consulta Ciudadana en Asuntos Ambientales, aprobado por el Decreto Supremo Nº 002-2009-MINAM; y, el numeral 19.1 del artículo 19 y el literal c) del numeral 20.1 del artículo 20 del Reglamento que establece disposiciones sobre publicación y difusión de normas jurídicas de carácter general, resoluciones y proyectos normativos, aprobado por el Decreto Supremo Nº 009-2024-JUS; Que, el artículo 87 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente, aprobado mediante Resolución Ministerial Nº 108-2023-MINAM, señala que la Dirección General de Políticas e Instrumentos de Gestión Ambiental (DGPIGA), es el órgano de línea responsable de diseñar y formular la Política Nacional del Ambiente e instrumentos de plani fi cación ambiental de carácter nacional de gestión ambiental; asimismo, elabora los lineamientos para la formulación de políticas, estrategias y planes ambientales de carácter sectorial, nacional, regional y local en el marco del Sistema Nacional de Gestión Ambiental (SNGA), y realiza el seguimiento, evaluación y articulación de su implementación; Que, asimismo, de acuerdo con el literal e) del artículo 88 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente, se establece que la Dirección General de Políticas e Instrumentos de Gestión Ambiental propone los instrumentos técnicos- normativos para el funcionamiento del Sistema Nacional de Gestión Ambiental; Que, a través del Memorando Nº 00142-2025-MINAM/ VMGA, el Viceministerio de Gestión Ambiental remite el Memorando Nº 00109-2025-MINAM/VMGA/DGPIGA y el Informe Nº 00038-2025-MINAM/VMGA/DGPIGA/DPIGA, de la Dirección General de Políticas e Instrumentos de Gestión Ambiental, mediante los cuales sustentan la necesidad de emisión de una nueva “Guía para la implementación del Sistema Regional de Gestión Ambiental”, conforme al Reglamento vigente de la Ley Nº 28245, Ley Marco del Sistema Nacional de Gestión Ambiental; Que, mediante Memorando Nº 00117-2025-MINAM/SG/ OGPP, la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto en atención al Informe Nº 00037-2025-MINAM/SG/OGPP/ OPM de la O fi cina de Planeamiento y Modernización,