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29 NORMAS LEGALES Miércoles 19 de febrero de 2025 El Peruano / Artículo 2.- Consignación del Valor de la Tasación Disponer que la Dirección General de Programas y Proyectos de Transportes del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, consigne en el Banco de la Nación, el monto del valor de la Tasación a favor de los Sujetos Pasivos de la Expropiación, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes de emitida la presente Resolución Ministerial. Artículo 3.- Información necesaria para inscribir el área afectada del bien inmueble a favor del Bene fi ciario y orden de levantar toda carga o gravamen que contenga la partida registral 3.1 Disponer que la Dirección General de Programas y Proyectos de Transportes a través de la Dirección de Disponibilidad de Predios, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes de emitida la presente Resolución Ministerial y noti fi cada la consignación a los Sujetos Pasivos, remita al Registro de Predios de la O fi cina Registral correspondiente de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos - SUNARP, la información señalada en el artículo 30 del Decreto Legislativo N° 1192, Decreto Legislativo que aprueba la Ley Marco de Adquisición y Expropiación de inmuebles, transferencia de inmuebles de propiedad del Estado, liberación de Interferencias y dicta otras medidas para la ejecución de obras de infraestructura y sus modi fi catorias, a efectos de inscribir el área afectada del bien inmueble expropiado a favor del bene fi ciario, en atención al último párrafo del numeral 6.1 del artículo 6 de la referida norma. 3.2 Disponer que el Registrador, bajo responsabilidad, proceda al levantamiento de toda carga o gravamen que contenga la partida registral. Los acreedores pueden cobrar sus acreencias con el valor de la Tasación pagado directamente o vía consignación a los Sujetos Pasivos. Artículo 4.- Inscripción Registral del área afectada del bien inmueble a Favor del Bene fi ciario Disponer que la O fi cina Registral correspondiente de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos - SUNARP, inscriba a favor del Bene fi ciario el área afectada del bien inmueble expropiado, bajo responsabilidad y sanción de destitución. Artículo 5.- Noti fi cación a los Sujetos Pasivos Disponer que la Dirección General de Programas y Proyectos de Transportes a través de la Dirección de Disponibilidad de Predios, noti fi que la presente Resolución Ministerial a los Sujetos Pasivos de la Expropiación, conforme a lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 1192, Decreto Legislativo que aprueba la Ley Marco de Adquisición y Expropiación de inmuebles, transferencia de inmuebles de propiedad del Estado, liberación de Interferencias y dicta otras medidas para la ejecución de obras de infraestructura y sus modi fi catorias, requiriéndoles la desocupación y entrega del área afectada del bien inmueble expropiado dentro de un plazo máximo de diez (10) días hábiles siguientes de noti fi cada la presente Resolución Ministerial, de encontrarse el área afectada del inmueble desocupado, o treinta (30) días hábiles de estar ocupada o en uso, bajo apercibimiento de iniciar los procedimientos de ejecución coactiva para el lanzamiento o toma de posesión del bien inmueble materia de expropiación. Regístrese, comuníquese y publíquese.RAÚL PÉREZ REYES ESPEJO Ministro de Transportes y Comunicaciones ANEXO VALOR DE LA TASACIÓN DE UN (01) ÁREA AFECTADA DEL INMUEBLE POR LA EJECUCIÓN DEL PROYECTO: “CONSTRUCCIÓN DEL ANILLO VIAL PERIFÉR ICO DE LA CIUDAD DE LIMA Y CALLAO” SUJETO ACTIVOSUJETOS PASIVOSIDENTIFICACIÓN DEL INMUEBLEVALOR DE LA TASACIÓN (S/) MINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONESBALBINA ELENA HONORIO SÁNCHEZ y AGUSTÍN GREGORIO LIÑÁN SOTOCÓDIGO: VIAL-AVP-T02-ST02-150112-P-00523ÁREA AFECTADA: 29.85 m²AFECTACIÓN: Parcial del Inmueble 113 963,54LINDEROS Y MEDIDAS PERIMÉTRICAS DEL ÁREA AFECTADACOORDENADAS UTM DE VALIDEZ UNIVERSAL DEL INMUEBLE VÉRTICES LADO DISTANCIA (m)WGS84 ESTE (X) NORTE (Y) Frente: Colinda con el área remanente. Longitud6.22 m.Derecha: Colinda con el Lote 12 Mz. A1. Longitud4.74 m.Izquierda: Colinda con pasaje S/N. Longitud 4.87 m.Fondo: Colinda con el Lote 14 Mz. A1. Longitud 6.20 m.A A-B 6.22 276549.6250 8675414.8862 B B-C 4.87 276555.5717 8675416.6962 C C-D 6.20 276556.9282 8675412.0226 D D-A 4.74 276550.9619 8675410.3365 PARTIDA REGISTRAL: P01355395 perteneciente a la Oficina Registral de Lima - Zona Registral N° IX - Sede Lima. CERTIFICADO DE BÚSQUEDA CATASTRAL: Emitido con fecha 21/03/2023 (INFORME TECNICO N° 007054-2023 - Z.R. N° IX-SEDE-LIMA/UREG/CAT). 2372422-1 Derogan la Resolución Directoral N° 0019- 82- TC/TE y la Resolución Ministerial Nº 411-2001-MTC/15.02; y establecen el Derecho de Vía de diversos tramos de las Rutas Nacionales PE-1S y PE-1SE RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 080-2025-MTC/01.02 Lima, 17 de febrero de 2025VISTOS: El Memorando N° 0209-2025-MTC/19 de la Dirección General de Programas y Proyectos de Transportes; el Memorando N° 0558-2025-MTC/19.03 y los Informes N° 0023-2025-MTC/19.03.CG_GAT-IMT y N° 0058-2025-MTC/19.03.CG_GAT-IMT de la Dirección de Disponibilidad de Predios; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 16 de la Ley N° 27181, Ley General de Transporte y Tránsito Terrestre, establece que el Ministerio de Transportes y Comunicaciones es el órgano rector a nivel nacional en materia de transporte y tránsito terrestre, correspondiéndole dictar los reglamentos nacionales establecidos en la Ley, así como aquellos que sean necesarios para el desarrollo del transporte y el ordenamiento del tránsito;