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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE FEBRERO DEL AÑO 2025 (19/02/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 32

32 NORMAS LEGALES Miércoles 19 de febrero de 2025 El Peruano / diario o fi cial El Peruano, a efectos de recibir comentarios, aportes u opiniones de la ciudadanía en general, dentro del plazo de quince (15) días calendario, contado a partir del día siguiente de su publicación. Artículo 2.- Recepción y sistematización de comentarios Disponer que los comentarios, aportes u opiniones sobre el proyecto de Decreto Supremo a que se re fi ere el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, sean remitidas a la sede principal del Ministerio de Transportes y Comunicaciones con atención a la Dirección General de Políticas y Regulación en Comunicaciones, ubicada en Jirón Zorritos No. 1203 - Cercado de Lima, o vía correo electrónico a la dirección info.dgprc@mtc.gob.pe. Regístrese, comuníquese y publíquese RAÚL PÉREZ REYES ESPEJO Ministro de Transportes y Comunicaciones 2372663-1 Rectifican error material contenido en el Artículo 1 de la Resolución Ministerial N° 757-2024-MTC/01.02 RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 083-2025-MTC/01.02 Lima, 17 de febrero de 2025VISTO: El Memorando N° 0187-2025-MTC/19.03 la Dirección de Disponibilidad de Predios de la Dirección General de Programas y Proyectos de Transportes del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; y, CONSIDERANDO:Que, mediante la Resolución Ministerial N° 757-2024- MTC/01.02, de fecha 17 de diciembre de 2024, se aprueba la ejecución de la Expropiación del inmueble afectado por la ejecución de la obra: Aeropuerto de Jauja de la Región Junín y el valor de la Tasación del mismo ascendente a S/ 857 175,55 (OCHOCIENTOS CINCUENTA Y SIETE MIL CIENTO SETENTA Y CINCO Y 55/100 SOLES) del predio identi fi cado con código AERO-JAUJA-SO3-120404- PR-00179; Que, con Memorando N° 0187-2025-MTC/19.03 la Dirección de Disponibilidad de Predios de la Dirección General de Programas y Proyectos de Transportes, solicita la recti fi cación del error material existente en la Resolución Ministerial N° 757-2024-MTC/01.02; Que, el numeral 201.1 del artículo 201 de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, señala que: “Los errores material o aritmético en los actos administrativos pueden ser recti fi cados con efecto retroactivo, en cualquier momento, de o fi cio o a instancia de los administrados, siempre que no se altere lo sustancial de su contenido ni el sentido de la decisión”; Que, por su parte, el numeral 201.2 del artículo 201 del citado dispositivo legal, dispone que la recti fi cación adopta las formas y modalidades de comunicación o publicación que corresponda para el acto original. En ese sentido, corresponde efectuar la recti fi cación del error incurrido al consignarse el código del predio siendo el correcto el código AERO-JAUJA-SO3-120404-PR-00179, en la Resolución Ministerial N° 757-2024-MTC/01.02, no alterándose otros extremos de su contenido; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, y sus modi fi catorias; SE RESUELVE:Artículo Único.- Recti fi car el error material contenido en el Artículo 1 de la Resolución Ministerial N° 757-2024- MTC/01.02, de acuerdo al siguiente detalle:DICE: “(…) SE RESUELVE:Artículo 1.- Aprobación de la ejecución de la Expropiación del bien inmueble y del valor de la Tasación. Aprobar la ejecución de la Expropiación del inmueble afectado por la ejecución de la obra: Aeropuerto de Jauja de la Región Junín y el valor de la Tasación del mismo, ascendente a S/ 857 175,55 (OCHOCIENTOS CINCUENTA Y SIETE MIL CIENTO SETENTA Y CINCO Y 55/100 SOLES), correspondiente al código AERO- JAUJA-PR-SO3-120404-PR-00179 , conforme se detalla en el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial. (…)” DEBE DECIR:“(…) SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobación de la ejecución de la Expropiación del bien inmueble y del valor de la Tasación. Aprobar la ejecución de la Expropiación del inmueble afectado por la ejecución de la obra: Aeropuerto de Jauja de la Región Junín y el valor de la Tasación del mismo, ascendente a S/ 857 175,55 (OCHOCIENTOS CINCUENTA Y SIETE MIL CIENTO SETENTA Y CINCO Y 55/100 SOLES), correspondiente al código AERO- JAUJA-SO3-120404-PR-00179 , conforme se detalla en el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial. (…)” Regístrese, comuníquese y publíquese. RAÚL PÉREZ REYES ESPEJO Ministro de Transportes y Comunicaciones 2372700-1 Modifican la R.VM. Nº 109-2004-MTC/03 que aprueba los Planes de Canalización y Asignación de Frecuencias del Servicio de Radiodifusión Sonora en Frecuencia Modulada (FM) de las localidades del departamento de Junín RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL N° 0016-2025-MTC/03 Lima, 14 de febrero de 2024VISTO, el Informe N° 0406-2025-MTC/28.01 de la Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones; CONSIDERANDO: Que, el artículo 11 de la Ley Nº 28278, Ley de Radio y Televisión, concordado con el artículo 6 de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 005-2005-MTC y sus modi fi catorias, en adelante el Reglamento de la Ley de Radio y Televisión, establece que es competencia del Ministerio de Transportes y Comunicaciones la administración, atribución, asignación, control y en general cuanto concierne a la gestión del espectro radioeléctrico atribuido al servicio de radiodifusión; Que, el artículo 7 del Reglamento de la Ley de Radio y Televisión, dispone que toda asignación de frecuencias para el servicio de radiodifusión se realiza en base al Plan