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36 NORMAS LEGALES Miércoles 19 de febrero de 2025 El Peruano / Modalidad Banda Localidad Departamento Sonora FM San Agustín de Huayopampa-Sumbilca Lima Sonora FMBuenos Aires-Caspisapa-Picota- Pucacaca-Puerto Rico-San Cristóbal de SisaSan Martín Sonora OM Amazonas Amazonas Artículo 2.- Remitir copia de la presente Resolución a la Dirección de Servicios de Radiodifusión para las acciones que corresponda, de acuerdo con su competencia. Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución Directoral en el Portal Institucional del Ministerio de Transportes y Comunicaciones (https://www.gob.pe/mtc), así como en el diario o fi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y publíquese. MIGUEL ANGEL VIACAVA DEXTRE Director General de la Dirección Generalde Autorizaciones en Telecomunicaciones 2372313-1 VIVIENDA, CONSTRUCCIÓN Y SANEAMIENTO Designan representante del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento ante el Comité Nacional de Administración del Fondo para la Construcción de Viviendas y Centros Recreacionales para los Trabajadores de Construcción Civil del Perú, quien lo presidirá RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 052-2025- VIVIENDA Lima, 18 de febrero de 2025 VISTO: El Memorándum N° 018-2025-VIVIENDA/GA del Jefe de Gabinete de Asesores del Despacho Ministerial del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 5 del Estatuto del Comité Nacional de Administración del Fondo para la Construcción de Viviendas y Centros Recreacionales para los Trabajadores de Construcción Civil del Perú (CONAFOVICER), aprobado por la Resolución Suprema N° 266-77/VC-1100, dicho organismo está conformado por siete miembros, nombrados por Resolución Ministerial del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, entre ellos, por un representante del citado Ministerio, quien lo presidirá; Que, se encuentra vacante el cargo de representante del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento ante el CONAFOVICER, quien corresponde que lo presida; Que, con el documento del visto, se solicita gestionar la designación del señor Jorge Federico Ibáñez Vizcarra como representante del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento ante el CONAFOVICER, quien a su vez ejercerá el cargo de presidente; por lo que corresponde designar al nuevo representante a través de la expedición de la presente Resolución Ministerial; De conformidad con la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento y modi fi catoria; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, aprobado por el Decreto Supremo N° 010-2014-VIVIENDA y modi fi catoria; y, la Resolución Suprema N° 266-77/VC-1100, que aprueba el Estatuto del Comité Nacional de Administración del Fondo para la Construcción de Viviendas y Centros Recreacionales para los Trabajadores de Construcción Civil del Perú (CONAFOVICER); SE RESUELVE:Artículo 1.- Designar al señor Jorge Federico Ibáñez Vizcarra como representante del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento ante el Comité Nacional de Administración del Fondo para la Construcción de Viviendas y Centros Recreacionales para los Trabajadores de Construcción Civil del Perú, quien lo presidirá. Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en la sede digital del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (www.gob. pe/ vivienda), el mismo día de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. DURICH FRANCISCO WHITTEMBURY TALLEDO Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento 2372994-1 Designan Director Titular y Director Suplente ante el Directorio de la Empresa Prestadora de Servicio de Agua Potable y Alcantarillado de La Libertad Sociedad Anónima-SEDALIB S.A. RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL N° 04-2025- VIVIENDA/VMCS Lima, 18 de febrero de 2025VISTOS:El O fi cio N° 1041-2024-SEDALIB S.A.-40000-GG de la Empresa Prestadora de Servicio de Agua Potable y Alcantarillado de La Libertad Sociedad Anónima- SEDALIB S.A., la Nota N° 092-2025-VIVIENDA/ VMCS-DGPRCS de la Dirección General de Políticas y Regulación en Construcción y Saneamiento; el Informe N° 125-2025-VIVIENDA/VMCS-DGPRCS-DS de la Dirección de Saneamiento, y; CONSIDERANDO:Que, el párrafo 16.1 del artículo 16 del Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo N° 1280, Decreto Legislativo que aprueba la Ley del Servicio Universal de Agua Potable y Saneamiento, aprobado por Decreto Supremo N° 001-2025-VIVIENDA, dispone que son prestadores regulares de los servicios de agua potable y saneamiento, entre otros, las empresas prestadoras de servicios de agua potable y saneamiento, que pueden ser públicas de accionariado estatal, públicas de accionariado municipal, privadas o mixtas; Que, el artículo 57 del Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo N° 1280, Decreto Legislativo que aprueba la Ley del Servicio Universal de Agua Potable y Saneamiento, establece que el Directorio de las empresas prestadoras de servicios de agua potable y saneamiento públicas de accionariado municipal es responsable de la gestión y administración de la prestación de los servicios de agua potable y saneamiento; Que, el párrafo 58.1 del artículo 58 del Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo N° 1280, Decreto Legislativo que aprueba la Ley del Servicio Universal de Agua Potable y Saneamiento, dispone que el Directorio de las empresas prestadoras de servicios de agua potable y saneamiento públicas de accionariado municipal está compuesto por un director, titular y suplente, propuesto por las municipalidades accionistas, a través de Acuerdo de Concejo Municipal; un director, titular y suplente, propuesto por el Gobierno Regional a través del Acuerdo