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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE MARZO DEL AÑO 2025 (11/03/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 13

13 NORMAS LEGALES Martes 11 de marzo de 2025 El Peruano / Decreto Legislativo que modi fi ca diversos artículos y Disposiciones Complementarias Transitorias y Finales del Decreto Legislativo 1049; el Decreto Supremo Nº 006-2022-JUS, que aprueba el Reglamento del Concurso Público de Méritos para el Ingreso a la Función Notarial; la Ley Nº 29809, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; y, el Decreto Supremo Nº 013-2017-JUS, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; SE RESUELVE:Artículo 1.- Nombrar al señor abogado IVÁN CIRO GÁLVEZ RIVAS, como notario del distrito de Lurigancho, provincia de Lima, departamento de Lima, del distrito notarial de Lima, debiendo expedirse para tal efecto el título correspondiente. Artículo 2.- Remitir copia de la presente Resolución al Consejo del Notariado, al Colegio de Notarios de Lima y al interesado para los fi nes de ley. Regístrese, comuníquese y publíquese.EDUARDO MELCHOR ARANA YSA Ministro de Justicia y Derechos Humanos 2378974-1 Nombran notario del distrito de Lurigancho, provincia de Lima, departamento de Lima, del distrito notarial de Lima RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0089-2025-JUS Lima, 10 de marzo de 2025VISTOS, los Informes N° 09-2025-JUS/CN/CP y N° 14-2025-JUS/CN/CP, de la Coordinación de Concursos Públicos del Consejo del Notariado; los Memorandos Nº 113 -2025-JUS/CN y N° 124-2025-JUS/CN de la Presidencia del Consejo del Notariado, e Informe Nº 258-2025-JUS/OGAJ, de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO: Que, el artículo 4 de la Ley N° 29809, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, concordante con el artículo 4 de su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo N° 013-2017-JUS, establece que el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos es la entidad competente para ejercer la regulación notarial y registral y supervisión de fundaciones; Que, el artículo 8 del Decreto Legislativo N° 1049, Decreto Legislativo del Notariado, establece que el Estado reconoce, supervisa y garantiza la función notarial en la forma que señala la citada norma; Que, conforme a lo previsto en el artículo 6 del Decreto Legislativo Nº 1049, Decreto Legislativo del Notariado, el ingreso a la función notarial se efectúa mediante concurso público de méritos ante jurado cali fi cador; Que, conforme consta del Acta de Adjudicación de plazas convocadas en el Concurso Público de Méritos para el ingreso a la Función Notarial del Distrito Notarial de Lima (Concurso Nº 001-2024-CNL) convocado por el Colegio de Notarios de Lima, al haberse cumplido con las diferentes fases del referido concurso público, el señor abogado LUIS ALBERTO ALIAGA HUARI PATA, ha resultado ganador de la plaza notarial N° 140112066, correspondiente al distrito de Lurigancho, provincia de Lima, departamento de Lima, del distrito notarial de Lima; Que, el artículo 12 del citado Decreto Legislativo Nº 1049, dispone que, concluido el concurso público de méritos de ingreso a la función notarial, el jurado comunicará el resultado al Consejo del Notariado, para la expedición simultánea de las resoluciones ministeriales a todos los postulantes aprobados y la expedición de títulos por el Ministro de Justicia y Derechos Humanos; Que, el artículo 23 del Reglamento del Concurso Público de Méritos para el Ingreso a la Función Notarial, aprobado por el Decreto Supremo Nº 006-2022-JUS, establece que “el proceso de concurso público de méritos concluye con la proclamación de ganadores y/o la declaración de plazas desiertas por parte del Jurado Califi cador, en caso de no existir postulantes aprobados en las respectivas plazas”; por lo que habiéndose cubierto en el concurso mencionado una de las plazas notariales convocadas, es procedente emitir la correspondiente resolución de nombramiento de notario; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legislativo Nº 1049, Decreto Legislativo del Notariado, modi fi cado por el Decreto Legislativo N° 1232, Decreto Legislativo que modi fi ca diversos artículos y Disposiciones Complementarias Transitorias y Finales del Decreto Legislativo 1049; el Decreto Supremo Nº 006-2022-JUS, que aprueba el Reglamento del Concurso Público de Méritos para el Ingreso a la Función Notarial; la Ley N° 29809, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; y, el Decreto Supremo Nº 013-2017-JUS, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; SE RESUELVE: Artículo 1.- Nombrar al señor abogado LUIS ALBERTO ALIAGA HUARI PATA, como notario del distrito de Lurigancho, provincia de Lima, departamento de Lima, del distrito notarial de Lima, debiendo expedirse para tal efecto el título correspondiente. Artículo 2.- Remitir copia de la presente Resolución al Consejo del Notariado, al Colegio de Notarios de Lima y al interesado para los fi nes de ley. Regístrese, comuníquese y publíquese.EDUARDO MELCHOR ARANA YSA Ministro de Justicia y Derechos Humanos 2378980-1 Nombran notaria del distrito de Santa María del Mar, provincia de Lima, departamento de Lima, del distrito notarial de Lima RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0090-2025-JUS Lima, 10 de marzo de 2025 VISTOS, los Informes Nº 09-2025-JUS/CN/CP y Nº 14-2025-JUS/CN/CP, de la Coordinación de Concursos Públicos del Consejo del Notariado; los Memorandos Nº 113 -2025-JUS/CN y Nº 124-2025-JUS/CN de la Presidencia del Consejo del Notariado, e Informe Nº 258-2025-JUS/OGAJ, de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO: Que, el artículo 4 de la Ley Nº29809, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, concordante con el artículo 4 de su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo Nº013-2017-JUS, establece que el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos es la entidad competente para ejercer la regulación notarial y registral y supervisión de fundaciones; Que, el artículo 8 del Decreto Legislativo Nº 1049, Decreto Legislativo del Notariado, establece que el Estado reconoce, supervisa y garantiza la función notarial en la forma que señala la citada norma; Que, conforme a lo previsto en el artículo 6 del Decreto Legislativo Nº 1049, Decreto Legislativo del Notariado, el ingreso a la función notarial se efectúa mediante concurso público de méritos ante jurado cali fi cador;