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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE MARZO DEL AÑO 2025 (11/03/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 28

28 NORMAS LEGALES Martes 11 de marzo de 2025 El Peruano / Artículo 2.- Nombrar al señor abogado HELARD PAUL BECERRA CORONADO como notario del distrito de Santa Anita, provincia de Lima, departamento de Lima, distrito notarial de Lima, debiendo expedirse para tal efecto el título correspondiente. Artículo 3.- Remitir copia de la presente Resolución al Consejo del Notariado, al Colegio de Notarios de Lima y al interesado para los fi nes de ley. Regístrese, comuníquese y publíquese.EDUARDO MELCHOR ARANA YSA Ministro de Justicia y Derechos Humanos 2379098-1 MUJER Y POBLACIONES VULNERABLES Designan Directora II de la Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización del Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad (CONADIS) RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA Nº D000058-2025- CONADIS-PRE Lima, 10 de marzo del 2025VISTOS: Las Notas Nº D000242-2025-CONADIS-GG y Nº D000251-2025-CONADIS-GG, emitidas por la Gerencia General; CONSIDERANDO: Que, se encuentra vacante el cargo de con fi anza de Director/a II de la O fi cina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización del Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad (CONADIS), siendo necesario designar a la profesional que desempeñará el mismo; Que, la Gerencia General, mediante las Notas Nº D000242-2025-CONADIS-GG y Nº D000251-2025-CONADIS-GG, propone la designación de la señora Jessica Melina Ruiz Atau en el citado cargo de con fi anza, en mérito a la opinión favorable de la O fi cina de Recursos Humanos y la O fi cina de Asesoría Jurídica, contenidas en el Informe Nº D000036-2025-CONADIS-ORH y el Informe Nº D000173-2025-CONADIS-OAJ, respectivamente; Con el visto bueno de la Gerencia General, de la Ofi cina de Asesoría Jurídica y de la O fi cina de Recursos Humanos; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el Nombramiento y Designación de Funcionarios Públicos; la Ley Nº 31419, Ley que establece disposiciones para garantizar la idoneidad en el acceso y ejercicio de la función pública de funcionarios y directivos de libre designación y remoción, y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 053-2022-PCM; y en el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad, aprobado por la Resolución de Presidencia Nº D000119-2024-CONADIS-PRE; SE RESUELVE:Artículo 1.- DESIGNAR, a partir del 11 de marzo de 2025, a la señora JESSICA MELINA RUIZ ATAU en el cargo de con fi anza de Directora II de la O fi cina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización del Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad (CONADIS).Artículo 2.- DISPONER la publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial El Peruano y en la Sede Digital del Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad (https://www.gob.pe/conadis). Regístrese, comuníquese y publíquese.SANDRA PILAR PIRO MARCOS Presidenta Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad 2379038-1 PRODUCE Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de Ordenamiento Pesquero del recurso Calamar Gigante o Pota (Dosidicus gigas) DECRETO SUPREMO Nº 003-2025- PRODUCE LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO:Que, los artículos 66, 67 y 68 de la Constitución Política del Perú establecen que los recursos naturales son patrimonio de la Nación, correspondiendo al Estado promover su uso sostenible y la conservación de la diversidad biológica; Que, los artículos 6 y 13 de la Ley Nº 26821, Ley Orgánica para el aprovechamiento sostenible de los recursos naturales señalan que el Estado es soberano en el aprovechamiento de los recursos naturales. Su soberanía se traduce en la competencia que tiene para legislar y ejercer funciones ejecutivas y jurisdiccionales sobre ellos; y que las leyes especiales que regulen el aprovechamiento sostenible de recursos naturales precisan el sector o sectores del Estado responsables de la gestión de dichos recursos; Que, el artículo 28 de la citada Ley establece, entre otros, que los recursos naturales deben aprovecharse en forma sostenible, precisando que el aprovechamiento sostenible implica el manejo racional de los recursos naturales teniendo en cuenta su capacidad de renovación, evitando su sobreexplotación y reponiéndolos cualitativa y cuantitativamente, de ser el caso; Que, los artículos 3 y 5 de la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción, aprobada por Decreto Legislativo Nº 1047, establecen que dicho Ministerio es competente de manera exclusiva, entre otras materias, en ordenamiento pesquero; y que tiene entre sus funciones rectoras, dictar normas y lineamientos técnicos para la adecuada ejecución y supervisión de las políticas, la gestión de los recursos del sector, y para el otorgamiento, reconocimiento de derechos, la sanción, fi scalización y ejecución coactiva; Que, el artículo 2 del Decreto Ley Nº 25977, Ley General de Pesca, señala que los recursos hidrobiológicos contenidos en las aguas jurisdiccionales del Perú son patrimonio de la Nación, correspondiendo al Estado regular el manejo integral y la explotación racional de dichos recursos, considerando que la actividad pesquera es de interés nacional; Que, el artículo 9 de la citada Ley prevé que el Ministerio de la Producción, sobre la base de evidencias cientí fi cas disponibles y de factores socioeconómicos determina, según el tipo de pesquerías, los sistemas de ordenamiento pesquero, las cuotas de captura permisible, las temporadas y zonas de pesca, la regulación del esfuerzo pesquero, los métodos de pesca, las tallas mínimas de captura y demás normas que requieran la preservación y explotación racional de los recursos hidrobiológicos, y que los derechos administrativos otorgados se sujetan a las medidas de ordenamiento que