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20 NORMAS LEGALES Sábado 3 de mayo de 2025 El Peruano / de Gobiernos Regionales, modi fi cada por las Leyes 27902, 28013, 28926, 28961, 28968, 29053 y 31433; y en observancia del marco legislativo regional constituido por las Ordenanzas Regionales Nº 001-2007-GRA/CR-AREQUIPA, Nº 010-AREQUIPA y Nº 154-AREQUIPA y sus modi fi catorias dispuestas por Ordenanzas Regionales Nº 301-AREQUIPA, Nº 342-AREQUIPA, Nº 392-AREQUIPA, Nº 393-AREQUIPA y Nº 403-AREQUIPA. SE HA APROBADO LO SIGUIENTE: ORDENANZA REGIONAL QUE CREA EL COMITÉ TÉCNICO DE CUSTODIA E INTANGIBILIDAD DE LOS TERRENOS RECUPERADOS POR LA PROCURADURIA PÚBLICA REGIONAL DE PROPIEDAD Y/O ADMINISTRADOS POR EL GOBIERNO REGIONAL DE AREQUIPA Artículo 1º.- Crear el Comité técnico de custodia e intangibilidad de los terrenos recuperados por la Procuraduría Pública Regional de su propiedad y/o administrados por el Gobierno Regional de Arequipa. Artículo 2º.- El Comité Técnico estará conformado por: - La Gerencia General Regional - El Jefe de la O fi cina Regional de Planeamiento, Presupuesto y Ordenamiento Territorial - El Jefe de la O fi cina Regional de Administración - El Jefe de la O fi cina de Gestión Patrimonial Artículo 3º.- El objeto de la Comisión Técnica es asegurar la custodia e intangibilidad de los terrenos de propiedad y/o administrados por el Gobierno Regional de Arequipa recuperados por la Procuraduría Pública Regional en aplicación de la Ley 30230. Para ello, propone e implementa a través de las unidades orgánicas competentes, las acciones, actividades y planes para lograr que dichos terrenos no vuelvan a ser invadidos por terceros. Artículo 4º.- La Procuraduría Pública Regional comunicará a la Gerencia General la recuperación de terrenos de propiedad y/o administrados por el Gobierno Regional de Arequipa, solicitando su custodia e intangibilidad. Artículo 5º.- La Gerencia General convocará a reunión de trabajo al Comité Técnico para proponer y aprobar las acciones dirigidas a la custodia e intangibilidad de los terrenos recuperados y/o administrados por el GORE. Artículo 6º.- Las unidades orgánicas competentes están en la obligación de dar prioridad funcional a las comunicaciones y acuerdos del Comité Técnico dirigido a la custodia es intangibilidad de los terrenos recuperados. Artículo 7º.- El Comité Técnico, puede coordinar acciones con las Municipalidades Provinciales y Distritales para la efectividad de sus disposiciones para la custodia e intangibilidad de los terrenos recuperados por la Procuraduría Pública Regional de su propiedad o administrados por el Gobierno Regional de Arequipa. Artículo 8º.- El Comité Técnico, remitirá un informe semestral dando cuenta al Consejo Regional de las acciones asumidas para la custodia e intangibilidad de los terrenos recuperados por la Procuraduría Pública Regional. Artículo 9.- DISPONER que la presente Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario O fi cial “El Peruano”. Artículo 10º.- DISPONER la publicación de la presente Ordenanza Regional en el Diario O fi cial “El Peruano”, y el diario de Avisos Judiciales; además en la página web institucional, de conformidad con lo regulado en el artículo 9º del D.S. Nº 001-2009-JUS. POR TANTO:Regístrese, comuníquese y cúmplase.Comuníquese al señor Gobernador del Gobierno Regional de Arequipa para su promulgación.En Arequipa, a los diecisiete días del mes de Diciembre del 2024 FERNANDO BENIGNO CORNEJO PACHECO Presidente del Consejo Regional de Arequipa POR TANTO:Mando se publique y cumpla. Dada en la Sede Central del Gobierno Regional de Arequipa, a los diez días del mes de enero del dos mil veinticinco. ROHEL SANCHEZ SANCHEZ Gobernador del Gobierno Regional de Arequipa 2395339-1 Ordenanza Regional que crea el Comité Multisectorial para el control y erradicación de las moscas de la fruta en la Región Arequipa ORDENANZA REGIONAL Nº 531- AREQUIPA El Consejo Regional del Gobierno Regional de Arequipa, ha aprobado la Ordenanza Regional siguiente: POR CUANTO: Que, por las consideraciones expuestas en la exposición de motivos, y al amparo de la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralización; Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modi fi cada por las Leyes Nº 27902, Nº 28013, Nº 28926, Nº 28961, Nº 28968, Nº 29053 y en observancia del marco legislativo regional constituido por la Ordenanza Regional Nº 001-2007-GRA/CR-AREQUIPA, la Ordenanza Regional 508-AREQUIPA y la Ordenanza Regional 154-AREQUIPA. SE HA APROBADO LO SIGUIENTE: ORDENANZA REGIONAL QUE CREA EL COMITÉ MULTISECTORIAL PARA EL CONTROL Y ERRADICACIÓN DE LAS MOSCAS DE LA FRUTA EN LA REGIÓN AREQUIPA. Artículo 1.- CONFORMAR el Comité Multisectorial para el control y erradicación de las moscas de la fruta en la región Arequipa, con la fi nalidad de articular esfuerzos de los diversos sectores para el control y erradicación de la plaga mosca de la fruta en la Región Arequipa, mediante la elaboración y ejecución de planes de trabajo que contemplen las acciones de control y erradicación de la plaga de manera sostenible, gestionando recursos para que cuente con presupuesto y la logística necesaria para mitigar la plaga, establecer acciones y planes de contingencia en previsión del incremento y dispersión de la plaga de manera oportuna. Así mismo, hacer que los agricultores de la región se sumen en forma activa para el control de la mosca de la fruta en las diferentes zonas de producción. Artículo 2.- INTEGRANTES DEL COMITÉ MULTISECTORIAL ESTABLECER que el Comité Multisectorial estará conformado por los titulares y/o representantes de las entidades públicas y privadas siguientes: SECTOR PÚBLICOa) Gerencia Regional de Agricultura del Gobierno Regional. b) Servicio Nacional de Sanidad Agraria (SENASA Arequipa) representando al Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego.