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6 NORMAS LEGALES Sábado 3 de mayo de 2025 El Peruano / reforzando su presencia internacional y coadyuvando a la política exterior del Perú; Que, mediante Hoja de Gastos Nº 084-2025, dicha Institución Armada señala que los gastos por asignación especial por estadía en puerto extranjero se ejecutarán con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2025 de la Unidad Ejecutora 004: Marina de Guerra del Perú, conforme a lo establecido en los artículos 10 y 12 del Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado con el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG; Que, mediante Hoja de Disponibilidad Presupuestaria Nº 093-2025, la Institución Armada detalla los recursos que se ejecutarán en la citada comisión de servicio; asimismo, con la Certi fi cación de Crédito Presupuestario Nº 0000000001 garantizan el fi nanciamiento correspondiente; Que, con O fi cio Nº 3194/51, la Secretaría de la Comandancia General de la Marina de Guerra del Perú solicita la autorización de viaje al exterior, en comisión de servicio, del personal naval que participará en el Viaje de Instrucción al Extranjero (VIEX-2025), a bordo del B.A.P. “UNIÓN” (BEV-161), del 9 de mayo al 3 de noviembre de 2025, con permanencia en puerto extranjero por un período total de treinta y nueve (39) días; Que, a través del O fi cio Nº 00793-2025-MINDEF/ VPD-DIGRIN y el Informe Técnico Nº 164-2025-MINDEF/VPD-DIGRIN-HMC, la Dirección General de Relaciones Internacionales emite opinión favorable para la autorización de viaje al exterior referido en los considerandos precedentes; Que, el numeral 2.1 del artículo 2 del Decreto Supremo Nº 262-2014-EF, que establece disposiciones respecto a montos por compensación extraordinaria por servicio en el Extranjero, en Misión Diplomática, Comisión Especial en el Exterior, Misión de Estudios, Comisión de Servicios y Tratamiento Médico Altamente Especializado de personal militar y civil del Sector Defensa e Interior, dispone que el monto de la compensación extraordinaria mensual por servicio en el extranjero, será reducido en la misma cantidad que la boni fi cación otorgada de conformidad con los literales a), b) o c) del artículo 8 del Decreto Legislativo Nº 1132, Decreto Legislativo que aprueba la nueva estructura de ingresos aplicable al personal militar de las Fuerzas Armadas y policial de la Policía Nacional del Perú; Que, asimismo, el numeral 2.2 del artículo 2 del Decreto Supremo Nº 262-2014-EF establece que, en el caso que la comisión de servicios se realice a bordo de Unidades Navales de Super fi cie o Submarinas, el monto de la compensación extraordinaria por servicios en el extranjero será calculado teniendo en cuenta cada día de estadía en puerto extranjero y según los porcentajes del monto de la compensación extraordinaria determinada conforme al artículo precedente y que se señala en el Anexo 4 del citado decreto supremo; Que, mediante el Informe Legal Nº 00819-2025-MINDEF/SG-OGAJ, la O fi cina General de Asesoría Jurídica considera legalmente viable emitir resolución ministerial que autorice el citado viaje al exterior, en comisión de servicio, por encontrarse conforme al marco normativo sobre la materia; Con el visado del Despacho Viceministerial de Políticas para la Defensa; de la Dirección General de Relaciones Internacionales; y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley Nº 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025; la Ley Nº 27619, Ley que regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos; el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG, que aprueba el reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa; y sus modi fi catorias; y el Decreto Supremo Nº 262-2014-EF, modi fi cado por el Decreto Supremo Nº 414- 2019-EF, que establece disposiciones respecto a montos por Compensación Extraordinaria por Servicios en el Extranjero, en Misión Diplomática, Comisión Especial en el Exterior, Misión de Estudios, Comisión de Servicios y Tratamiento Médico Altamente Especializado de personal militar y civil del Sector Defensa e Interior. SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior, en comisión de servicio, del personal naval y civil que se detalla en el anexo A, el cual forma parte integrante de la presente resolución ministerial, para participar en el Viaje de Instrucción al Extranjero (VIEX-2025), a bordo del B.A.P. “UNIÓN” (BEV-161), del 9 de mayo al 3 de noviembre de 2025, con permanencia en puerto extranjero por un período total de treinta y nueve (39) días, de acuerdo al itinerario del Anexo B, el cual forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- La Marina de Guerra del Perú efectúa los pagos que correspondan, con cargo al presupuesto institucional del Año Fiscal 2025, de acuerdo a los siguientes conceptos. Asignación especial por estadía en puerto extranjero Mayport (Estados Unidos de América)US$ 89.83 x 7 Oficiales Superiores x 3 días US$ 1,886.43Mayport (Estados Unidos de América)US$ 74.86 x 17 Oficiales Subalternos x 3 días US$ 3,817.86Mayport (Estados Unidos de América)US$ 71.28 x 117 Personal Subalterno x 3 días US$ 25,019.28 Mayport (Estados Unidos de América) US$ 44.91 x 73 Cadetes x 3 días US$ 9,835.29Mayport (Estados Unidos de América)US$ 44.91 x 9 Personal Marinería x 3 días US$ 1,212.57 Balboa (República de Panamá) US$ 80.74 x 7 Oficiales Superiores x 2 días US$ 1,130.36 Balboa (República de Panamá) US$ 67.29 x 17 Oficiales Subalternos x 2 días US$ 2,287.86Balboa (República de Panamá)US$ 64.07 x 117 Personal Subalterno x 2 días US$ 14,992.38Balboa (República de Panamá)US$ 40.37 x 73 Cadetes x 2 días US$ 5,894.02Balboa (República de Panamá) US$ 40.37 x 9 Personal Marinería x 2 días US$ 726.66 Total a pagar: US$ 66,802.71 Londres (Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte) £ 71.02 x 7 oficiales superiores x 7 días £ 3,479.98Londres (Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte)£ 59.19 x 17 oficiales subalternos x 7 días £ 7,043.61Londres (Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte) £ 56.36 x 117 personal subalterno x 7 días £ 46,158.84 Londres (Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte)£ 35.51 x 73 cadetes x 7 días £ 18,145.61Londres (Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte)£ 35.51 x 9 personal marinería x 7 días £ 2,237.13 Aberdeen (Escocia) £ 71.02 x 7 oficiales superiores x 4 días £ 1,988.56Aberdeen (Escocia)£ 59.19 x 17 oficiales subalternos x 4 días £ 4,024.92Aberdeen (Escocia)£ 56.36 x 117 personal subalterno x 4 días £ 26,376.48Aberdeen (Escocia) £ 35.51 x 73 cadetes x 4 días £ 10,368.92 Aberdeen (Escocia)£ 35.51 x 9 personal marinería x 4 días £ 1,278.36 Liverpool (Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte) £ 71.02 x 7 oficiales superiores x 4 días £ 1,988.56Liverpool (Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte)£ 59.19 x 17 oficiales subalternos x 4 días £ 4,024.92 Liverpool (Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte) £ 56.36 x 117 personal subalterno x 4 días £ 26,376.48Liverpool (Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte)£ 35.51 x 73 cadetes x 4 días £ 10,368.92Liverpool (Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte)£ 35.51 x 9 personal marinería x 4 días £ 1,278.36 Dublín (República de Irlanda) £ 71.02 x 7 oficiales superiores x 2 días £ 994.28