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7 NORMAS LEGALES Sábado 3 de mayo de 2025 El Peruano / Dublín (República de Irlanda) £ 59.19 x 17 oficiales subalternos x 2 días £ 2,012.46Dublín (República de Irlanda)£ 56.36 x 117 personal subalterno x 2 días £ 13,188.24Dublín (República de Irlanda)£ 35.51 x 73 cadetes x 2 días £ 5,184.46Dublín (República de Irlanda)£ 35.51 x 9 personal marinería x 2 días £ 639.18 Total a pagar: £ 187,158.27 Esbjerg (Reino de Dinamarca) € 66.85 x 7 oficiales superiores x 4 días € 1,871.80 Esbjerg (Reino de Dinamarca)€ 55.71 x 17 oficiales subalternos x 4 días € 3,788.28 Esbjerg (Reino de Dinamarca) € 53.04 x 117 personal subalterno x 4 días € 24,822.72 Esbjerg (Reino de Dinamarca) € 33.42 x 73 cadetes x 4 días € 9,758.64 Esbjerg (Reino de Dinamarca) € 33.42 x 9 personal marinería x 4 días € 1,203.12 Bremerhaven (República Federal de Alemania) € 66.85 x 7 oficiales superiores x 5 días € 2,339.75 Bremerhaven (República Federal de Alemania) € 55.71 x 17 oficiales subalternos x 5 días € 4,735.35 Bremerhaven (República Federal de Alemania) € 53.04 x 117 personal subalterno x 5 días € 31,028.40 Bremerhaven (República Federal de Alemania) € 33.42 x 73 cadetes x 5 días € 12,198.30 Bremerhaven (República Federal de Alemania) € 33.42 x 9 personal marinería x 5 días € 1,503.90 Ámsterdam (Reino de los Países Bajos) € 71.51 x 7 oficiales superiores x 5 días € 2,502.85 Ámsterdam (Reino de los Países Bajos)€ 59.59 x 17 oficiales subalternos x 5 días € 5,065.15 Ámsterdam (Reino de los Países Bajos) € 56.74 x 117 personal subalterno x 5 días € 33,192.90 Ámsterdam (Reino de los Países Bajos) € 35.76 x 73 cadetes x 5 días € 13,052.40 Ámsterdam (Reino de los Países Bajos) € 35.76 x 9 personal marinería x 5 días € 1,609.20 Vigo (Reino de España) € 70.74 x 7 oficiales superiores x 3 días € 1,485.54 Vigo (Reino de España) € 58.95 x 17 oficiales subalternos x 3 días € 3,006.45 Vigo (Reino de España) € 56.13 x 117 personal subalterno x 3 días € 19,701.63 Vigo (Reino de España) € 35.37 x 73 cadetes x 3 días € 7,746.03 Vigo (Reino de España) € 35.37 x 9 personal marinería x 3 días € 954.99 Total a pagar: € 181,567.40 Total a pagar en dólares americanos: US$ 66,802.71 Total a pagar en libras esterlinas: £ 187,158.27 Total a pagar en euros: € 181,567.40 Artículo 3.- El Comandante General de la Marina de Guerra del Perú queda facultado para variar el puerto de recalada, la fecha de zarpe o arribo, y la duración de la estadía en puerto, que no amerite mayor asignación económica de la autorizada en el artículo 2 de la presente resolución ministerial, sin incrementar los días de asignación especial por estadía en puerto extranjero y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje; asimismo, en caso de presentarse situaciones de urgencia que afecten el itinerario e impidan cumplir con los días establecidos, como las que se indican: - Por condiciones meteorológicas desfavorables, averías mayores y cualquier situación logística de emergencia que puedan afectar la seguridad del personal o ponga en riesgo las unidades durante la navegación o en su permanencia en los puertos a recalar. - Por evaluación de la situación política o de seguridad del país de recalada previo al arribo o durante su permanencia en él. - Por condiciones de salud de algún tripulante de las dotaciones, que requiera ser evacuado o trasladado para atención médica de emergencia.Artículo 4.- El Comandante General de la Marina de Guerra del Perú, mediante Resolución de la Comandancia General de la Marina, queda facultado para reemplazar, desembarcar y/o disponer el retorno al Puerto del Callao, con cargo al presupuesto institucional, a cualquier tripulante que cometa infracciones disciplinarias graves o muy graves, motivos de salud personal o de familiar directo, casos de fuerza mayor que requieran la presencia del tripulante. Artículo 5.- El O fi cial Superior más antiguo en comisión debe cumplir con presentar un informe detallado ante el titular de la entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario, contados a partir de la fecha de retorno al país. Artículo 6.- Disponer la publicación de los anexos A y B en la sede digital del Ministerio de Defensa (www. gob.pe/mindef), en la misma fecha de publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario O fi cial El Peruano. Artículo 7.- La presente Resolución Ministerial no otorga derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. WALTER ENRIQUE ASTUDILLO CHÁVEZ Ministro de Defensa 2396047-1 EDUCACIÓN Designan Directora de la Dirección de Fortalecimiento de la Gestión Escolar de la Dirección General de Calidad de la Gestión Escolar RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 184-2025- MINEDU Lima, 30 de abril de 2025CONSIDERANDO:Que, se encuentra vacante el cargo de Director de la Dirección de Fortalecimiento de la Gestión Escolar de la Dirección General de Calidad de la Gestión Escolar, dependiente del Despacho Viceministerial de Gestión Institucional del Ministerio de Educación; Que, resulta necesario designar a la persona que ejercerá el cargo al que se hace referencia en el considerando precedente; De conformidad con lo previsto en la Ley N° 31224, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Educación; la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; y, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación aprobado por Decreto Supremo N° 001-2015-MINEDU; SE RESUELVE:Artículo Único.- Designar a la señora DANIYAR GULSARI SULCA HUAMANI, en el cargo de Directora de la Dirección de Fortalecimiento de la Gestión Escolar de la Dirección General de Calidad de la Gestión Escolar, dependiente del Despacho Viceministerial de Gestión Institucional del Ministerio de Educación. Regístrese, comuníquese y publíquese. MORGAN NICCOLO QUERO GAIME Ministro de Educación 2396102-1