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23 NORMAS LEGALES Lunes 17 de noviembre de 2025 El Peruano / N°NOMBRE DE LA ORGANIZACIÓN SOCIAL Y/o JUNTAS VECINALESREPRESENTANTES ELECTOS DNI SEGMENTO 01ASOCIACIÓN DE COMERCIANTES AUTÓNOMOS GOLOSINEROS DE LA VICTORIA – ACAGOVICJUSTA ESCOBAR HIRPAHUANCA 07522292SEGMENTO ORGANIZACIONES ECONOMICAS 02ASOCIACIÓN CIVIL DE ARTESANOS PRODUCTORES Y CULTURA DE LA VICTORIA – ACAPCVNOÉ RASHMAN ACEVEDO HUAMAN 46677034SEGMENTO ORGANIZACIONES ECONOMICAS 03 I.E. 055 ROSA DE AMÉRICA NICANOR ASCUE MEDINA 31167750SEGMENTO ORGANIZACIONES TEMÁTICAS 04CLUB DEPORTIVO REAL MADRID DE LA VICTORIAJOSE POLO CHUMACERO 07410955 SEGMENTO ORGANIZACIONES 05 JUNTA VECINAL COMUNAL ZONA 38 RUBÉN ANTONIO VALLES ZAPATA 07464126SEGMENTO ORGANIZACIONES VECINALES Que, mediante Informe N° 000653-2025-SGPV-GDH/ MLV, de fecha 31 de octubre de 2025, la Subgerencia de Participación Vecinal pone en conocimiento de la Gerencia de Desarrollo Humano, que el mandato de los Representantes de la Sociedad Civil que integran el Consejo de Coordinación Local Distrital (CCLD) de La Victoria ha vencido el 25 de octubre de 2025, y considerando que mediante Decreto de Alcaldía N° 016-2025/MLV, de fecha 09 de octubre de 2025, se ha convocado al proceso de elecciones de Juntas Vecinales Comunales (JVC) 2026–2027; actualmente se encuentra en curso y pendiente de proclamación y acto de reconocimiento municipal; Que, del análisis del informe referido, corresponde señalar que, según lo expuesto en el segundo fundamento, la Subgerencia de Participación Vecinal precisa que la medida dispuesta no modifica la composición ni genera un nuevo periodo del Consejo de Coordinación Local Distrital (en adelante, CCLD); limitándose únicamente a prorrogar, de manera excepcional, la vigencia del reconocimiento administrativo de los cinco (05) representantes de la sociedad civil ya acreditados, hasta que la Municipalidad emita el acto de reconocimiento de las Juntas Vecinales Comunales (en adelante, JVC) recientemente proclamadas y, en consecuencia, se designen y acrediten los nuevos delegados vecinales ante el CCLD. En tal sentido, durante dicho período, las funciones del CCLD se restringen a labores de coordinación, información y seguimiento, sin adoptar decisiones que impliquen renovación de mandatos o modificación de su composición, debiendo mantenerse la conformación establecida mediante la Resolución de Alcaldía N° 344-2023/MLV. Por ello, la Subgerencia de Participación Vecinal concluye que procede prorrogar con eficacia anticipada, al 26 de octubre hasta el 31 de diciembre de 2025, el reconocimiento de los Representantes de la Sociedad Civil ante el CCLD de La Victoria, sin alterar la composición vigente, para asegurar la continuidad institucional hasta el reconocimiento de las Directivas de las Juntas Vecinales Comunales por el periodo 2026–2027; Que, mediante Informe N° 000324-2025-GDH/MLV, de fecha 03 de noviembre de 2025, la Gerencia de Desarrollo Humano, eleva el presente pedido y sustenta ante la Gerencia Municipal, considerando viable la propuesta formulada por la subgerencia a su cargo; en ese sentido, solicita se continue con su trámite correspondiente; Que, mediante Informe N° 000451-2025-OGAJ/MLV, de fecha 06 de noviembre de 2026, la Oficina General de Asesoría Jurídica; considera que es legalmente viable que se prosiga con el trámite de aprobación de la “PRORROGA DE LA VIGENCIA OPERATIVA DEL CONSEJO DE COORDINACION LOCAL DISTRITAL HASTA EL 31/12/2025”, propuesto por la Subgerencia de Participación Vecinal y la Gerencia de Desarrollo Humano; la prórroga excepcional y temporal del reconocimiento de los Representantes de la Sociedad Civil que integran el Consejo de Coordinación Local Distrital (CCLD) de La Victoria hasta el 31 de diciembre de 2025, medida que se adopta debido a que el proceso electoral de las Juntas Vecinales Comunales 2026–2027 aún se encuentra en desarrollo y pendiente de proclamación; debiendo formalizarse el acto mediante Decreto de Alcaldía de conformidad con el numeral 6) del artículo 20° y el artículo 42° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; asimismo, dicho acto deberá emitirse con eficacia anticipada al 25 de octubre de 2025, estando de conformidad con el numeral 17.1 del artículo 17° del T.U.O. de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; Que, el presente Decreto de Alcaldía se fundamenta en la naturaleza normativa y de alcance general de la medida adoptada. En efecto, la prórroga excepcional y temporal de la vigencia operativa del Consejo de Coordinación Local Distrital (CCLD) constituye un acto que regula una situación de interés colectivo y de carácter transitorio que afecta a la estructura funcional de un órgano de coordinación municipal, no limitándose al ámbito de una decisión administrativa interna o particular como lo es una Resolución de Alcaldía; por cuanto, la presente norma asegura la continuidad institucional y la correcta gestión del gobierno local; motivos por el cual corresponde que la presente prórroga se formalice mediante Decreto de Alcaldía y no mediante Resolución de Alcaldía; Estando a las consideraciones expuestas y en uso de las facultades conferidas en el inciso 6), del artículo 20° y artículo 42°, de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, contando con las visaciones de la Gerencia Municipal, la Secretaría General, la Oficina General de Asesoría Jurídica, la Gerencia de Desarrollo Humano y de la Subgerencia de Participación Vecinal. SE DECRETA: Artículo Primero.- PRORROGAR, de manera excepcional, la vigencia de la Resolución de Alcaldía N° 344-2023/MLV, que reconoce a los Representantes de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinación Local Distrital – CCLD de la Municipalidad Distrital de La Victoria, con eficacia anticipada desde el 26 de octubre hasta el 31 de diciembre de 2025, sin modificar su composición ni los segmentos de representación establecidos, conforme a los fundamentos que obran en el presente Decreto de Alcaldía. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal poner en conocimiento a la Secretaría Técnica de Procedimientos Administrativos Disciplinarios, a fin de que se efectúe el deslinde de las responsabilidades administrativas del presente caso. Articulo Tercero.- ENCARGAR a la Subgerencia de Participación Vecinal, la notificación y ejecución de las acciones necesarias para el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldía, así como también a las diferentes unidades orgánicas de la entidad brindar el apoyo para el cumplimiento de la presente norma. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Secretaría General la publicación del presente Decreto en el Diario Oficial El Peruano, y a la Oficina General de Tecnologías de la Información, la publicación en el Portal Institucional (www. munilavictoria.gob.pe ) y en el Portal de Transparencia Estándar (www.transparencia.gob.pe ). Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. RUBEN CANO ALTEZ Alcalde 2458872-1