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7 NORMAS LEGALES Lunes 17 de noviembre de 2025 El Peruano / De conformidad con lo previsto en la Ley N° 31224, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Educación; la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; y, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación aprobado por Decreto Supremo N° 001-2015-MINEDU; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar al señor JUAN LEONARDO QUINTANA PORTAL en el cargo de Director General de la Dirección General de Infraestructura Educativa, dependiente del Despacho Viceministerial de Gestión Institucional del Ministerio de Educación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE EDUARDO FIGUEROA GUZMÁN Ministro de Educación 2459187-1 PRODUCE Designan Directora de Ordenamiento de Productos Industriales y Fiscalizados de la Dirección de Ordenamiento de Productos Industriales y Fiscalizados de la Dirección General de Políticas y Análisis Regulatorio del Despacho Viceministerial de MYPE e Industria RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 000401-2025-PRODUCE Lima, 14 de noviembre de 2025 CONSIDERANDO: Que, se encuentra vacante el puesto de Director/a de Ordenamiento de Productos Industriales y Fiscalizados de la Dirección de Ordenamiento de Productos Industriales y Fiscalizados de la Dirección General de Políticas y Análisis Regulatorio del Despacho Viceministerial de MYPE e Industria del Ministerio de la Producción, siendo necesario designar a la persona que ejercerá dicho puesto; De conformidad con lo dispuesto por la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley N° 31419, Ley que establece disposiciones para garantizar la idoneidad en el acceso y ejercicio de la función pública de funcionarios y directivos de libre designación y remoción y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 053-2022-PCM; el Decreto Legislativo N° 1047, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción; y el Decreto Supremo N° 002-2017-PRODUCE, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción; SE RESUELVE: Artículo 1.- Designar, a partir del 17 de noviembre de 2025, a la señora SARA INGRID MARIN ESCOBAR en el puesto de Directora de Ordenamiento de Productos Industriales y Fiscalizados de la Dirección de Ordenamiento de Productos Industriales y Fiscalizados de la Dirección General de Políticas y Análisis Regulatorio del Despacho Viceministerial de MYPE e Industria del Ministerio de la Producción. Artículo 2.- La mencionada servidora debe presentar su Declaración Jurada de Ingresos, Bienes y Rentas y su Declaración Jurada de Intereses, conforme al procedimiento y plazos establecidos en la normatividad vigente.Regístrese, comuníquese y publíquese. CESAR MANUEL QUISPE LUJAN Ministro de la Producción 2459179-1 Aprueban Normas Técnicas Peruanas en su versión 2025 RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 000024-2025-INACAL/DN San Isidro, 10 de noviembre del 2025 VISTO: El Informe N° 006-2025-INACAL/DN.PA CONSIDERANDO: Que, el artículo 10 de la Ley N° 30224, Ley que crea el Sistema Nacional para la Calidad y el Instituto Nacional de Calidad - INACAL, establece que las competencias del INACAL, entre ellas, la Normalización, se sujetan a lo establecido en el Acuerdo sobre Obstáculos Técnicos al Comercio de la Organización Mundial del Comercio (OMC), el cual contempla en su Anexo 3 el Código de Buena Conducta para la Elaboración, Adopción y Aplicación de Normas, siendo que el literal J del citado Anexo establece que las instituciones con actividades de normalización elaboran programas de trabajo, entre otros documentos; Que, el artículo 19 de la Ley N° 30224, en concordancia con el artículo 35 del Decreto Supremo N° 009-2019-PRODUCE, Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Calidad - INACAL, establece que la Dirección de Normalización es la autoridad nacional competente para administrar la política y gestión de la Normalización, encontrándose encargada de conducir el desarrollo de normas técnicas para productos, procesos o servicios, y goza de autonomía técnica y funcional; Que, el numeral 18.3 del artículo 18 de la Ley N° 30224, establece que las Normas Técnicas Peruanas promueven la calidad de los bienes y servicios que se ofertan en el mercado, por lo que deben ser revisadas cada cinco (5) años, en concordancia con el literal d) del artículo 36 del Decreto Supremo N° 009-2019-PRODUCE; Que, la Dirección de Normalización, en ejercicio de sus funciones de revisar y actualizar periódicamente las Normas Técnicas Peruanas, así como elaborar y actualizar periódicamente los programas de normalización considerando la demanda del sector público y privado, establecidas en los literales d) y l) del artículo 36 del Decreto Supremo N° 009-2019-PRODUCE, elaboró y aprobó el Programa de Actualización de Normas Técnicas Peruanas correspondientes al año 2025, a través del Informe N° 001-2025-INACAL/DN - Programa de Actualización -Parte 1, de fecha 28 de enero de 2025, del Informe N° 002-2025-INACAL/DN - Programa de Actualización- Parte 2, de fecha 12 de junio de 2025, y del Informe N° 003-2025-INACAL/DN - Programa de Actualización-Parte 3, de fecha 24 de junio de 2025 los que se encuentran publicados en el portal institucional del INACAL; Que, en el marco del citado programa fue emitido el Informe N° 006-2025-INACAL/DN.PA el cual señala que, luego de realizada la consulta pública, revisión y evaluación respectiva, de 40 Normas Técnicas Peruanas correspondientes a las materias de: a) Azúcar y derivados, b) Bebidas alcohólicas, c) Cementos, cales y yesos, d) Defensa civil, seguridad y resiliencia de la sociedad, e) Edificaciones y obras de ingeniería civil, f) Envase y embalaje, g) Frutas frescas, h) Fundición, i) Hortalizas y productos derivados, j) Información geográfica - Geomática, k) Leche y productos lácteos, l) Métodos de ensayo para alimentos, m) Seguridad y protección contra incendios, n) Vidrio, cerámica, refractarios y abrasivos; corresponde aprobarlas en su versión 2025 y dejar sin efecto las correspondientes versiones anteriores; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 30224, Ley que crea el Sistema Nacional para la Calidad y el