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108 NORMAS LEGALES Sábado 18 de octubre de 2025 El Peruano / Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. BURNEO BERMEJO MAISCH MOLINARAMÍREZ CHÁVARRY TORRES CORTEZ OYARCE YUZZELLIClavijo Chipoco Secretaria General 1 Fecha límite para que las organizaciones políticas entreguen padrones de afiliados (electores en elecciones primarias), según el Cronograma electoral de las Elecciones Generales 2026, aprobado con la Resolución Nº 0126-2025-JNE, del 3 de abril de 2025. 2 Fecha límite para la aprobación del uso de los padrones para elecciones primarias y formalización de padrones de alianzas electorales, según el Cronograma Electoral de las Elecciones Generales 2026, aprobado con la Resolución Nº 0126-2025-JNE, del 3 de abril de 2025. 2449533-1 Aprueban el uso, para las elecciones primarias de las Elecciones Generales 2026, del padrón de electores afiliados de la organización política Partido Político Popular Voces del Pueblo RESOLUCIÓN Nº 0518-2025-JNE Lima, 14 de octubre de 2025 VISTOS: el O fi cio Nº 001366-2025/SGEN/RENIEC remitido por la secretaria general del Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil (Reniec), el 28 de agosto de 2025, con el cual informa sobre la elaboración de los padrones de electores a fi liados de las organizaciones políticas para las elecciones primarias de las Elecciones Generales 2026; y el Informe Nº 000036-2025-DNROP/ JNE, del 10 de octubre de 2025, suscrito por el director de la Dirección Nacional de Registro de Organizaciones Políticas (DNROP), con el cual comunica el número de afi liados contenido en el padrón de electores a fi liados de la organización política Partido Político Popular Voces del Pueblo , así como su carga en el repositorio informático del Jurado Nacional de Elecciones (JNE). CONSIDERANDOS 1. Mediante el Decreto Supremo Nº 039-2025-PCM, publicado en el diario o fi cial El Peruano el 26 de marzo de 2025, la Presidencia de la República convocó, para el domingo 12 de abril de 2026, a elecciones generales para la elección del Presidente de la República, vicepresidentes, así como de los senadores, diputados y de los representantes peruanos ante el Parlamento Andino. 2. Para las Elecciones Generales 2026, la determinación de candidaturas y su orden en la lista correspondiente se realiza a través de elecciones primarias, las cuales son organizadas por la O fi cina Nacional de Procesos Electorales (ONPE), así como al Reniec le corresponde elaborar los padrones de electores afi liados sobre la base de la información proporcionada por el Registro de Organizaciones Políticas (ROP) del JNE, de conformidad con el artículo 21 de la Ley Nº 28094, Ley de Organizaciones Políticas (LOP). 3. De acuerdo con lo previsto en los artículos 18 y 22 del Reglamento sobre las Competencias del Jurado Nacional de Elecciones en Elecciones Primarias para las Elecciones Generales 2026 –aprobado mediante la Resolución Nº 163-2025-JNE–, se establece que cada organización política que participa en las elecciones primarias tiene su correspondiente padrón de electores afi liados, el cual está conformado por todos los a fi liados presentados oportunamente ante la DNROP, dentro del plazo establecido en el cronograma electoral, esto es, hasta el 18 de febrero de 2025 1, y es aprobado para su uso en las elecciones primarias, de manera independiente para cada organización política, hasta el 19 de octubre de 2025 2. 4. Mediante la Resolución Nº 000281-2025-DNROP/ JNE, del 29 de agosto de 2025, la DNROP dispuso la inscripción en el ROP de la alianza electoral Alianza Electoral Venceremos, integrada por las organizaciones políticas Nuevo Perú por el Buen Vivir y Partido Político Popular Voces del Pueblo. 5. Cabe precisar que, en el caso de las alianzas electorales, el artículo 22 del Reglamento sobre las Competencias del Jurado Nacional de Elecciones en Elecciones Primarias para las Elecciones Generales 2026, dispone que los padrones de electores a fi liados siguen el mismo curso para su aprobación, es decir, de manera individual cada partido político y, una vez aprobados estos, se formaliza la aprobación del padrón que utilizará la alianza electoral en las elecciones primarias considerando los padrones electorales aprobados a los partidos políticos que la conforman. 6. Es así que, respecto de la organización política Partido Político Popular Voces del Pueblo, el Reniec ha elaborado el correspondiente padrón de electores a fi liados con la información proporcionada por la DNROP; en tal sentido, dicho padrón, que registra un total de 25 728 a fi liados, se encuentra expedito para la oportuna aprobación de su uso y su posterior puesta a disposición de la ONPE, a fi n de que se continúe con la organización de las elecciones primarias de las Elecciones Generales 2026. Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE 1. APROBAR EL USO, para las elecciones primarias de las Elecciones Generales 2026, del padrón de electores a fi liados de la organización política Partido Político Popular Voces del Pueblo , elaborado por el Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil, el cual contiene un total de 25 728 a fi liados. 2. PONER A DISPOSICIÓN de la O fi cina Nacional de Procesos Electorales el padrón de electores a fi liados de la organización política Partido Político Popular Voces del Pueblo, que se encuentra alojado en el servidor informático del Jurado Nacional de Elecciones. 3. PONER la presente resolución en conocimiento de la O fi cina Nacional de Procesos Electorales, del Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil, del personero legal de la organización política Partido Político Popular Voces del Pueblo, así como del Órgano Electoral Central de la alianza electoral Alianza Electoral Venceremos, para los fi nes pertinentes. 4. DISPONER la publicación de la presente resolución en el diario o fi cial El Peruano y en el portal institucional del Jurado Nacional de Elecciones. Regístrese, comuníquese y publíquese.SS.BURNEO BERMEJO MAISCH MOLINA RAMÍREZ CHÁVARRYTORRES CORTEZOYARCE YUZZELLI Clavijo Chipoco Secretaria General 1 Fecha límite para que las organizaciones políticas entreguen padrones de afiliados (electores en elecciones primarias), según el Cronograma electoral de las Elecciones Generales 2026, aprobado con la Resolución N.º 0126-2025-JNE, del 3 de abril de 2025.