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120 NORMAS LEGALES Sábado 18 de octubre de 2025 El Peruano / los gobernadores y vicegobernadores regionales que renuncien con el propósito de participar como candidatos a Presidente o Vicepresidente de la República, Senador o Diputado del Congreso de la República, o Representantes ante el Parlamento Andino en las Elecciones Generales 2026, procedan conforme a lo previsto en el artículo 191º de la Constitución Política del Perú, precisando que la presentación de la renuncia correspondiente tiene como efecto inmediato que el Vicegobernador Regional asuma, por encargatura, las funciones del Gobernador Regional, renuncia que deberá ser presentada ante el Consejo Regional hasta el lunes 13 de octubre de 2025, la misma que se entenderá concedida con efectividad a partir del mismo día. Que, mediante O fi cio Nº 002491-2025-GRLL-GOB, de fecha 13 de octubre de 2025, el Señor Gobernador Regional Ing. Cesar Acuña Peralta, presentó ante el Pleno del Consejo Regional su renuncia formal al cargo de Gobernador Regional, con el propósito de postular a la Presidencia de la República del Perú en las Elecciones Generales del año 2026. Que, de conformidad con los artículos 191º y 194º de la Constitución Política del Perú y en paridad con las disposiciones emitidas por el Jurado Nacional de Elecciones mediante Resolución Nº 0110-2025-JNE, la renuncia presentada por el Señor Gobernador Regional, se entiende concedida con efectividad al 13 de octubre de 2025, sin necesidad de requerir una aceptación expresa por parte del Consejo Regional, por tratarse de un supuesto de carácter excepcional regulado a nivel constituciona l, cuyo único propósito es permitir la participación de la autoridad en el proceso electoral respectivo. Que, mediante O fi cio Nº 000131-2025-GRLL-DCRT3, de fecha 13 de octubre de 2025, los Consejeros Regionales representantes de las provincias de Trujillo, Julcán, Gran Chimú, Sánchez Carrión, Pataz, Ascope, Bolívar, Chepén y Otuzco, propusieron al Consejero Regional Ever Cadenillas Coronel, representante de la Provincia de Trujillo para ocupar el cargo de Vicegobernador Regional del Gobierno Regional de La Libertad, propuesta que realizan en el marco de la renuncia del Gobernador Regional de La Libertad. Que, habiéndose formalizado la renuncia al cargo de Gobernador Regional del Gobierno Regional de La Libertad corresponde al Consejo Regional, en aplicación de las disposiciones emitidas por el Jurado Nacional de Elecciones, elegir al que ocupará el cargo de Vicegobernador Regional, entre los consejeros regionales, en un plazo no mayor de diez (10) días hábiles, contados a partir de la presentación de la renuncia señalada. Que, en Sesión Ordinaria de Consejo Regional de fecha 14 de octubre del año en curso, la Presidenta del Consejo Regional de La Libertad, puso a consideración el Pleno del Consejo Regional la propuesta del Consejero Regional Ever Cadenillas Coronel, representante de la Provincia de Trujillo para ocupar el cargo de Vicegobernador Regional del Gobierno Regional de La Libertad, la misma que luego de su debate, sometió al acto de votación siendo aprobado por unanimidad, según consta del acta de su propósito. En tal sentido, el Consejo Regional del Gobierno Regional La Libertad, en uso de sus atribuciones conferidas por los artículos 191º y 192º de la Constitución Política del Perú; Ley Orgánica de Gobierno Regionales Ley Nº27867 y sus modi fi catorias; y los artículos 23º y 64º del Reglamento Interno del Consejo Regional La Libertad, aprobado con Ordenanza Regional Nº 005-2010-GR-LL/CR; demás normas complementarias, con dispensa de lectura y aprobación de Acta el Pleno del Consejo Regional, ACORDÓ POR UNANIMIDAD: Artículo Primero.- ELEGIR al Consejero Regional representante de la provincia de Trujillo, Señor Ever Cadenillas Coronel, para ocupar el cargo de Vicegobernador Regional del Gobierno Regional La Libertad, a fi n de completar el período de gobierno 2023–2026, debiendo solicitar al Jurado Nacional de Elecciones la expedición de la credencial que formalice su designación en dicho cargo. Artículo Segundo.- COMUNICAR al Jurado Nacional de Elecciones – JNE, el presente acuerdo regional y documentación sustentatoria, a efectos de SOLICITAR a dicho Organismo Constitucional Autónomo, en su condición de Supremo Tribunal Electoral; que, una vez se otorgue la credencial para el cargo de Vicegobernador Regional aprobado conforme al artículo primero del presente acuerdo regional, deje sin efecto la credencial otorgada al Consejero Regional Ever Cadenillas Coronel y convoque al Consejero Regional Accesitario representante de la Provincia de Trujillo, otorgándole la credencial correspondiente, a fi n de completar el número de integrantes del Consejo Regional de La Libertad, así como, el periodo de gestión regional 2023-2026. Artículo Tercero.- DISPONER, la publicación del presente Acuerdo Regional en el Diario O fi cial “EI Peruano” y en el portal web institucional del Gobierno Regional de la Libertad . POR TANTO: Regístrese, notifíquese y cúmplase.TANIA LORENA CARRANZA BLAS Presidenta del Consejo Regional 2449223-1 Normas Legales ActualizadasNLA MANTENTE INFORMADO CONLO ÚLTIMO ENNORMAS LEGALES Utilice estas normas con la certeza de queestán vigentes. INGRESA A NORMAS LEGALES ACTUALIZADAS https://diariooficial.elperuano.pe/normas/normasactualizadas t