Diario oficial El Peruano

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE OCTUBRE DEL AÑO 2026 (08/10/2026)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

Fuente: Diario Oficial El Peruano.

TEXTO PAGINA: 76

76 NORMAS LEGALES Jueves 8 de octubre de 2026 El Peruano / el Coliseo Cerrado de Puerto Maldonado, ha aprobado el siguiente acuerdo regional. CONSIDERANDO:Que, la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modi fi catorias, establece y norma la estructura, organización, competencias y funciones de los gobiernos regionales. Asimismo, de fi ne la organización democrática, descentralizada y desconcentrada del Gobierno Regional, conforme a la Constitución y a la Ley de Bases de la Descentralización. Que, el Consejo Regional es el órgano normativo y fi scalizador del Gobierno Regional y de conformidad con el literal a) del artículo 15 de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, tiene entre otras atribuciones, las de aprobar, modi fi car o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional. Que, los Acuerdos del Consejo Regional expresan la decisión de este órgano sobre asuntos internos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano o institucional o declaran su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional. Que, mediante O fi cio Nº 179-2026-GOREMAD/GR, de fecha 09 de junio de 2026, la Gobernación Regional solicita la autorización de transferencia fi nanciera a favor de la Contraloría General de la República por la suma de S/ 234,905.00. Esta solicitud tiene como fi n la contratación de una Sociedad de Auditoría para la Auditoría Financiera Gubernamental, conforme a los requerimientos de la Contraloría y el marco legal vigente”. Que, la O fi cina Regional de Asesoría Jurídica, mediante el Informe Legal Nº 459-2026-GOREMAD/GRAJ, opina de manera favorable para que se remitan los actuados al Consejo Regional y se proceda con la autorización de la transferencia fi nanciera, en cumplimiento del artículo 20 de la Ley Nº 27785, modi fi cado por la Ley Nº 30742. Que, la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, mediante el Informe Nº 384-2026-GOREMAD/GRPPYAT/SGP, comunica la existencia de disponibilidad presupuestal en la Meta 0085: Planeamiento y Presupuesto, fuente de fi nanciamiento: Recursos Ordinarios, para cubrir el monto solicitado para el ejercicio 2026. Dicho monto se desagrega en S/ 223,539.00 para la auditoría y S/ 11,366.00 por el derecho administrativo del 6%. Que, el Consejo Regional, según lo establece el literal i) del artículo 15 de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, tiene la potestad de “autorizar la transferencia de los bienes muebles e inmuebles de propiedad del Gobierno Regional”, en concordancia con el artículo 20 de la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, modi fi cado por el articulo 3 de la Ley Nº 30742, Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la Republica y del sistema Nacional de Control, en cuanto establece expresamente que, Las entidades del Gobierno Nacional, los gobiernos regionales y los gobiernos locales quedan autorizados para realizar transferencias fi nancieras con cargo a su presupuesto institucional a favor de la Contraloría General de la República para cubrir los gastos que se deriven de la contratación de las sociedades de auditoría, previa solicitud de la Contraloría General de la República. Las transferencias fi nancieras se aprueban mediante acuerdo de consejo regional, en el caso de los gobiernos regionales, requiriéndose en todo caso, el informe previo favorable de la o fi cina de presupuesto o la que haga sus veces en la entidad. El Consejo Regional de Madre de Dios, en uso de las facultades conferidas por la Constitución Política del Estado; Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modi fi catorias, por unanimidad. ACUERDA:Artículo Primero.- AUTORIZAR, al Ejecutivo del Gobierno Regional Madre de Dios, la transferencia fi nanciera por el monto total de S/ 234,905.00 (DOSCIENTOS TREINTA Y CUATRO MIL NOVECIENTOS CINCO CON 00/100 SOLES), a favor de la Contraloría General de la República, para la contratación de una Sociedad de Auditoría para la Auditoría Financiera Gubernamental del Periodo 2026. Artículo Segundo.- ENCARGAR, al Ejecutivo Regional, la publicación del presente Acuerdo en el diario ofi cial “El Peruano” y en el Portal Electrónico del Gobierno Regional de Madre de Dios, a través de sus órganos competentes. POR TANTO:Mando se registre, publique y cumpla.Dado en la Sede del Consejo Regional de Madre de Dios, a los dieciocho días del mes de junio del año dos mil veintiséis. VENANCIO BENAVIDES CCAMA Consejero Delegado MISAEL TOVAR ANTICONA Secretario Tecnico (e) 2535539-1 GOBIERNO REGIONAL DE PIURA Autorizan viaje de Gobernador Regional a Chile, en comisión de servicios ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL Nº 2883-2026/GRP-CR San Miguel de Piura, 30 de setiembre de 2026Vistos:En Sesión Extraordinaria Nº 16-2026 del Consejo Regional de Piura, realizada el 30 de setiembre de 2026; Memorándum Nº 1878-2026/GRP-100010, de fecha 25 de setiembre de 2026 de la Secretaría General del Gobierno Regional Piura; Carta Nº 036-2026-ANGR/ST- MGG (HRyC Nº 43243), de fecha 02 de setiembre de 2026 de la Secretaría Técnica de la Asamblea Nacional de Gobiernos Regionales - ANGR; y, Carta s/n de fecha junio de 2026 del Gobierno Regional de O´Higgins en la República de Chile; CONSIDERANDO:Que, el artículo 191º de la Constitución Política del Perú de 1993, modi fi cada por Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV sobre Descentralización - Ley Nº 27680, establece que los Gobiernos Regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, los acuerdos del Consejo Regional expresan la decisión del Consejo Regional sobre asuntos internos, de interés público, ciudadano o institucional o declara su voluntad de practicar determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional, conforme a lo establecido por el artículo 39º de la citada Ley Nº 27867. Asimismo, el artículo 15º de esta Ley establece las atribuciones del Consejo Regional, indicando entre otras, el inciso a) aprobar, modi fi car o derogar las normas que regulan o reglamentan los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional; Que, el artículo 8º del Reglamento Interno del Consejo Regional, aprobado mediante Ordenanza Regional Nº 515-2024/GRP-CR, señala las atribuciones del Consejo Regional, precisando así en el numeral 3 lo siguiente: “Autorizar al Gobernador Regional, Vicegobernador Regional, así como a los Consejeros Regionales a salir del país en comisión de servicios, así como concederles licencias, las que no pueden superar los cuarenta y cinco (45) días naturales del año”; Que, a través de la Carta s/n de fecha junio de 2026, el Gobernador Regional de la Región de O´Higgins en la