Fuente: Diario Oficial El Peruano.
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79 NORMAS LEGALES Jueves 8 de octubre de 2026 El Peruano / fortalecer la articulación interinstitucional en materia de salud, corresponde establecer una nueva conformación del Comité Distrital de Salud de Santa María del Mar, Instancia de Coordinación Interinstitucional del Sistema Nacional de Salud; acorde con la normativa vigente y con la actual realidad institucional y social del distrito; Que, la nueva conformación del Comité Distrital de Salud de Santa María del Mar, Instancia de Coordinación Interinstitucional del Sistema Nacional de Salud, contempla la participación de representantes del gobierno local, sector salud, educación, seguridad y organizaciones sociales, fortaleciendo su carácter interinstitucional, multisectorial y participativo; Que, con fecha 15 de junio de 2026, se realizó la Segunda Sesión Extraordinaria del Comité Distrital de Salud de Santa María del Mar, en la cual se acordó dar conformidad a la aprobación del Proyecto de Ordenanza para la conformación del nuevo Comité Distrital de Salud de Santa María del Mar, Instancia de Coordinación Interinstitucional del Sistema Nacional de Salud, encargándose a la Gerencia de Desarrollo Social dar seguimiento a la presentación del citado proyecto de ordenanza hasta su aprobación y publicación; Que, mediante Informe N° 102-2026-MDSMM/GDS de fecha 17 de agosto de 2026, la Gerencia de Desarrollo Social señala que el Comité Distrital de Salud constituye una Instancia de Coordinación Interinstitucional del Sistema Nacional de Salud, destinada a promover la coordinación, concertación, articulación y seguimiento de las políticas y acciones de salud en el ámbito del distrito de Santa María del Mar, y conforme a la modi fi cación de la Estructura Orgánica de la entidad municipal, hace necesario la composición de las instancias de coordinación interinstitucional del distrito de Santa María del Mar, entre ellas el Comité Distrital de Salud, en cumplimiento a lo establecido en el artículo 19° del Decreto Supremo N° 032-2020-SA; Que, asimismo, el citado informe señala que el nuevo Comité Distrital de Salud, estará conformada por el Alcalde del distrito de Santa María del Mar, el Jefe (a) del Puesto de Salud de Villa Mercedes, el Subprefecto (a) Distrital, el Comisario de la PNP, un representante del Sector Educación, el Gerente (a) de Desarrollo Social, un representante del Comedor Autogestionario de Villa Mercedes y un representante del Programa de Vaso de Leche; Que, la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, mediante Informe N° 129-2026-MDSMM/OGPPM de fecha 25 de agosto de 2026, concluye que el referido Proyecto de Ordenanza se encuentra enmarcado en los Objetivos Estratégicos establecidos en el Plan Estratégico Institucional (PEI) de la entidad municipal y en la normativa vigente, por lo que opina que es viable su aprobación; Que, a través del Informe N° 185-2026-MDSMM/ OGAJ de fecha 27 de agosto de 2026, la O fi cina General de Asesoría Jurídica opina que resulta legalmente viable la aprobación del Proyecto de Ordenanza que aprueba la conformación del nuevo Comité Distrital de Salud de Santa María del Mar, Instancia de Coordinación Interinstitucional del Sistema Nacional de Salud, por encontrarse conforme con el Decreto Legislativo N° 1161, modi fi cado por el Decreto Legislativo N° 1504, el Decreto Supremo N° 032-2020-SA, la Ley N° 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, y demás normativa aplicable, por lo que corresponde ser elevado al Concejo Municipal para su deliberación y aprobación conforme a sus atribuciones establecidas en la Ley N° 27972; Que, por Informe N° 089-2026-MDSMM/GM de fecha 27 de agosto de 2026, la Gerencia Municipal en atención al Proyecto de Ordenanza presentado por la Gerencia de Desarrollo Social, con la opinión viable de la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización y, la opinión legal favorable de la O fi cina General de Asesoría Jurídica, remite los actuados a la O fi cina General de Secretaría del Concejo y Gestión Documentaria para la deliberación y aprobación por parte de los miembros del Concejo Municipal; Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido en el numeral 8) del artículo 9º y artículo 40º de la Ley N° 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, el Concejo Municipal aprueba por UNANIMIDAD de los presentes, la siguiente: ORDENANZA DISTRITAL QUE APRUEBA LA CONFORMACIÓN DEL COMITÉ DISTRITAL DE SALUD DE SANTA MARÍA DEL MAR, INSTANCIA DE COORDINACIÓN INTERINSTITUCIONAL DEL SISTEMA NACIONAL DE SALUD Artículo Primero.- CONFORMAR el COMITÉ DISTRITAL DE SALUD DE SANTA MARÍA DEL MAR, INSTANCIA DE COORDINACIÓN INTERINSTITUCIONAL DEL SISTEMA NACIONAL DE SALUD, el cual estará integrado por los siguientes miembros: 1. Alcalde Distrital, quien preside. 2. Jefe(a) del Puesto de Salud de Villa Mercedes.3. Subprefecto(a) Distrital.4. Comisario PNP.5. Representante del Sector Educación.6. Gerente(a) de Desarrollo Social7. Representante del Comedor Autogestionario de Villa Mercedes. 8. Representante del Programa de Vaso de Leche. Con los representantes acreditados se establece el quórum, el cual es el número entero superior a la mitad de los miembros designados. Artículo Segundo.- DISPONER que los miembros designados del Comité Distrital de Salud de Santa María del Mar, pueden delegar su representación en un alterno, quien asiste únicamente en caso de ausencia del titular y es acreditado/a mediante comunicación escrita dirigida a la Presidencia. Artículo Tercero.- DISPONER que en un plazo no mayor de quince (15) días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de la presente Ordenanza, se instale el Comité Distrital de Salud de Santa María del Mar, siendo su naturaleza de carácter permanente. Artículo Cuarto.- DISPONER que en un plazo no mayor de treinta (30) días naturales, contados a partir del día siguiente de su instalación, el Comité Distrital de Salud de Santa María del Mar, apruebe su Reglamento de Funcionamiento Interno. Artículo Quinto.- CONSTITUIR a la Dirección de Redes Integradas Lima Sur, en una Instancia de asesoría, soporte y acompañamiento técnico permanente del Comité Distrital de Salud de Santa María del Mar. Artículo Sexto.- CONSTITUIR al Jefe(a) del Puesto de Salud de “Villa Mercedes”, en la Secretaría de Coordinación del Comité Distrital de Salud de Santa María del Mar, para que brinde apoyo técnico y administrativo y remita periódicamente al Consejo Provincial de Salud la sistematización de sus avances. Artículo Séptimo.- ENCARGAR a la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, el fi nanciamiento del presupuesto requerido para la implementación y funcionamiento del Comité Distrital de Salud de Santa María del Mar, Instancia de Coordinación Interinstitucional del Sistema Nacional de Salud. Artículo Octavo.- DISPONER, la PUBLICACIÓN de la presente Ordenanza Municipal en el Diario Ofi cial “El Peruano”, en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de Santa María del Mar: (www.munisantamariadelmar.gob.pe) y en el Portal de Transparencia Estándar. Artículo Noveno.- DEJAR SIN EFECTO la Ordenanza N° 010-2023-MDSMM y toda norma o disposición municipal que se oponga y/o contravenga la presente Ordenanza Municipal. Artículo Décimo.- La presente Ordenanza Municipal entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario O fi cial “El Peruano”, conforme a lo establecido en el artículo 44° de la Ley Orgánica de Municipalidades. Regístrese, comuníquese y cúmplase. HUGO MONTEVERDE CERRUTTI Alcalde 2557156-1