Fuente: Diario Oficial El Peruano.
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4 NORMAS LEGALES Jueves 22 de octubre de 2026 El Peruano / MUNICIPALIDAD DE BREÑA Res. N° 57-2026-GM/MDB.- Aprueban el Manual de Perfiles de Puestos – Sección 2 de la Municipalidad Distrital de Breña 153 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CUSCO Res. N° 9845-2026-GTVT /MPC.- Declaran el cumplimiento de la notificación de 25 resoluciones gerenciales que declaran el inicio del procedimiento administrativo sancionador (PAS) 155MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUARAL D.A. N° 014-2026-MPH.- Modifican el Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad Provincial de Huaral 156 MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE TACNA Ordenanza N° 019-2026 MPT .- Ordenanza Municipal que aprueba el Plan de Acondicionamiento Territorial (PAT) de la Provincia de Tacna 2025-2045 y el Plan de Desarrollo Urbano (PDU) del Conglomerado de Tacna 2025-2035 160 MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE AMBO Ordenanza N° 017-2026-MPA/CM.- Ordenanza Municipal que aprueba el Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA de la Municipalidad Provincial de Ambo 163 PODER EJECUTIVO PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS Designan miembro del Consejo Directivo del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual - INDECOPI, en representación del Ministerio de Economía y Finanzas RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 300-2026-PCM Lima, 21 de octubre de 2026 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo Nº 1033 se aprueba la Ley de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual - INDECOPI, en cuyo artículo 1 establece que el INDECOPI es un organismo público especializado con personería jurídica de derecho público interno, que goza de autonomía funcional, técnica, económica, presupuestal y administrativa, que se encuentra adscrito a la Presidencia del Consejo de Ministros; Que, el artículo 4 del citado Decreto Legislativo establece que el Consejo Directivo es el órgano máximo del INDECOPI y está integrado por cinco (5) miembros, dos (2) en representación de la Presidencia del Consejo de Ministros, uno (1) en representación del Ministerio de Economía y Finanzas, uno (1) en representación del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo y uno (1) en representación del Ministerio de la Producción, los que serán designados mediante Resolución Suprema refrendada por la Presidencia del Consejo de Ministros; Que, el numeral 6.1 del artículo 6 del Decreto Legislativo Nº 1033 dispone que la designación de los miembros del Consejo Directivo es por un período de cinco (5) años, pudiendo ser designados por un período adicional, conforme a lo dispuesto en dicha norma y su Reglamento; estableciéndose en el numeral 6.3 del mismo artículo que en caso de vacancia, el sector al que corresponda designará un reemplazante para completar el periodo correspondiente; Que, con Resolución Suprema Nº 056-2023-PCM, se designó al señor Augusto Fernando Armas Espinoza como miembro del Consejo Directivo del INDECOPI, en representación del Ministerio de Economía y Finanzas; Que, resulta pertinente aceptar la renuncia presentada por el señor Augusto Fernando Armas Espinoza, y designar a la nueva representante del Ministerio de Economía y Finanzas ante el Consejo Directivo del INDECOPI, a fin de completar el periodo al que se hace referencia en el tercer considerando de la presente Resolución, el mismo que vence el 21 de junio de 2027; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; en la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; en el Decreto Legislativo Nº 1544, Decreto Legislativo que dispone la aplicación de la Ley Nº 31419 a los funcionarios públicos de los organismos técnicos especializados que, teniendo causales de remoción, son de libre designación; en la Ley Nº 31419, Ley que establece disposiciones para garantizar la idoneidad en el acceso y ejercicio de la función pública de funcionarios y directivos de libre designación y remoción; y, en el Decreto Legislativo Nº 1033, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual - INDECOPI; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aceptar la renuncia presentada por el señor Augusto Fernando Armas Espinoza como miembro del Consejo Directivo del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual - INDECOPI, en representación del Ministerio de Economía y Finanzas, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- Designar a la señora María del Rocío Vesga Gatti como miembro del Consejo Directivo del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual - INDECOPI, en representación del Ministerio de Economía y Finanzas. Artículo 3.- La presente Resolución Suprema es refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y el Ministro de Economía y Finanzas. Regístrese, comuníquese y publíquese. KEIKO SOFÍA FUJIMORI HIGUCHI Presidenta de la República LUIS FERNANDO GALARRETA VELARDE Presidente del Consejo de Ministros ELMER RAFAEL CUBA BUSTINZA Ministro de Economía y Finanzas 2567163-5