Norma Legal Oficial del día 08 de enero del año 1999 (08/01/1999)


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TEXTO DE LA PÁGINA 20

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NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 8 de enero de 1999

METROPOLITANO SURORIENTE - HOSPITAL DR. MORDAZA DEL RIO, del 1 de enero al 1 de MORDAZA de 1999; Que, la senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA, medico residente del tercer ano de la Universidad Nacional San MORDAZA en la especialidad de Pediatria del Hospital Nacional del Sur MORDAZA, del Instituto Peruano de Seguridad Social, ha solicitado autorizacion para participar en el mencionado evento, teniendo la conformidad de la universidad, del Comite Hospitalario y habiendo evaluado la Gerencia de Capacitacion y Desarrollo de la Gerencia Central de Recursos Humanos la conveniencia de autorizar dicho viaje; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto de Urgencia Nº 025-98, la Directiva Nº 009-96-OIOE-Norma de Viajes, aprobada mediante Resolucion Ministerial Nº 165-96-EF/15, precisada por Resolucion Ministerial Nº 171-96-EF/15 y prorrogada por el Articulo 3º de las Resoluciones Ministeriales Nº 019-97-EF/15 y Nº 065-98-EF/15; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje de la senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA, medico residente del tercer ano de la Universidad Nacional San MORDAZA en la especialidad de Pediatria del Hospital Nacional del Sur - MORDAZA, del Instituto Peruano de Seguridad Social a la MORDAZA de MORDAZA de MORDAZA, MORDAZA, del 1 de enero al 1 de MORDAZA de 1999, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo 2º.- El viaje autorizado precedentemente no irrogara gastos con cargo al Presupuesto del Instituto Peruano de Seguridad Social. Articulo 3º.- La presente resolucion no MORDAZA derecho a exoneracion de impuestos o derechos aduaneros, cualesquiera fuese su clase o denominacion. Registrese, comuniquese y publiquese.

en Fisioterapia y Rehabilitacion y Profesional Tecnica en Secretariado Ejecutivo; CONSIDERANDO: Que, es politica del Estado incentivar y promover la participacion del sector privado a favor del desarrollo de la educacion; Que, la ESSCHAPSAC ha cumplido con presentar el certificado de acreditacion del proyecto institucional "Complejo Hospitalario San Pablo" Nº 00003 de fecha 15 de setiembre de 1998 y los certificados de proyectos de carrera: Enfermeria Tecnica, Certificado Nº 00017; Tecnica en Protesis Dental, Certificado Nº 00018; Tecnica en Farmacia, Certificado Nº 00019; Tecnica en Laboratorio Clinico, Certificado Nº 00020; Tecnica en Fisioterapia y Rehabilitacion, Certificado Nº 00021 y Secretariado Ejecutivo, Certificado Nº 00022; de fecha 15 de setiembre de 1998; Que, la ESSCHAPSAC ha cumplido con presentar el Acta de Verificacion Nº 00004, de fecha 11 de diciembre de 1998, que certifica las condiciones de la implementacion tecnica, academica y de infraestructura del proyecto institucional y de las carreras enunciadas en el parrafo precedente; Que, la ESSCHAPSAC ha cumplido con presentar el cronograma de implementacion del proyecto institucional del Instituto de Educacion Superior particular "Complejo Hospitalario San Pablo"; Que, la ESSCHAPSAC ha cumplido con lo dispuesto en el Art. 14º del Decreto Supremo Nº 004-97-ED; y, De conformidad con la Ley General de Educacion Nº 23384; Decreto Ley Nº 25762, modificado por Ley Nº 26510, Ley Organica del Ministerio de Educacion; Decreto Supremo Nº 51-95-ED, Organizacion Interna del Ministerio de Educacion; Decreto Legislativo Nº 882, Ley de Promocion de la Inversion en la Educacion y el Decreto Supremo Nº 004-97-ED, Reglamento de Autorizacion de Funcionamiento de Institutos y Escuelas Superiores Particulares; SE RESUELVE:

MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Trabajo y Promocion Social 0199

Ingreso Minimo Legal Indexado correspondiente al mes de enero de 1999
COMUNICADO OFICIAL Nº 001-99-SG/OCSRP Conforme a la Cuarta Disposicion Transitoria del Texto Unico Ordenado de la Ley de Compensacion por Tiempo de Servicios, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-97-TR, el INGRESO MINIMO LEGAL INDEXADO correspondiente al mes de enero de 1999, para los efectos de determinar los topes indemnizatorios aplicables a los trabajadores empleados sujetos al regimen laboral de la actividad privada, en concordancia con lo establecido por el Articulo 4º de la Ley Nº 25223, es el siguiente:

Articulo 1º.- Autorizar el funcionamiento del Instituto de Educacion Superior particular "Complejo Hospitalario San Pablo" ubicado en la Av. MORDAZA A. MORDAZA Nºs. 149-153-159, distrito de Independencia, provincia de MORDAZA, departamento de Lima. Articulo 2º.- Autorizar al Instituto de Educacion Superior particular "Complejo Hospitalario San Pablo" a ofertas los titulos: Profesional Tecnico en Enfermeria Tecnica Duracion: Seis semestres academicos Vigencia: 1999-2002 Meta: 30 alumnos Turno: Diurno Profesional Tecnico en Tecnica en Farmacia Duracion: Seis semestres academicos Vigencia: 1999-2002 Meta: 30 alumnos Turno: Diurno Profesional Tecnico en Tecnica en Fisioterapia y Rehabilitacion Duracion: Seis semestres academicos Vigencia: 1999-2002 Meta: 30 alumnos Turno: Diurno Profesional Tecnico en Tecnica en Protesis Dental Duracion: Seis semestres academicos Vigencia: 1999-2002 Meta: 25 alumnos Turno: Nocturno Profesional Tecnico en Tecnica en Laboratorio Clinico Duracion: Seis semestres academicos Vigencia: 1999-2002 Meta: 25 alumnos Turno: Nocturno Profesional Tecnico en Secretariado Ejecutivo Duracion: Seis semestres academicos Vigencia: 1999-2002 Meta: 25 alumnos Turno: Nocturno Articulo 3º.- Disponer que la ESSCHAPSAC, garantice la realizacion de las verificaciones a que hubiere lugar de acuerdo a su cronograma de implementacion. Articulo 4º.- Disponer que la Direccion de Educacion de MORDAZA, garantice el cumplimiento de la presente resolucion. Registrese y comuniquese. MORDAZA PALERMO CABREJOS Ministro de Educacion 0291

MES

ANO

INGRESO MINIMO LEGAL INDEXADO (Nuevos Soles) S/. 370.27

ENERO

1999

MORDAZA, 4 de enero de 1999 Elaboracion: OFICINA DE ECONOMIA DEL TRABAJO Y PRODUCTIVIDAD 0191

EDUCACION
Autorizan el funcionamiento de instituto de educacion superior
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 737-98-ED MORDAZA, 30 de diciembre de 1998 Visto el Expediente Nº 33910-98, de fecha 22 de diciembre de 1998, mediante el que la "Escuela Superior de Salud Complejo Hospitalario San MORDAZA Sociedad Anonima Cerrada" ESSCHAPSAC, solicita autorizacion para el funcionamiento del Instituto de Educacion Superior particular "Complejo Hospitalario San Pablo" y para la oferta de las carreras profesionales tecnicas: Enfermeria Tecnica, Tecnica en Protesis Dental, Tecnica en Farmacia, Tecnica en Laboratorio Clinico, Tecnica

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