Norma Legal Oficial del día 08 de enero del año 1999 (08/01/1999)


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TEXTO DE LA PÁGINA 7

MORDAZA, viernes 8 de enero de 1999

NORMAS LEGALES

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Articulo 12º.- El permiso otorgado precedentemente queda sujeto a la Ley Nº 24882, modificada por el Decreto Legislativo Nº 670, su reglamento y demas disposiciones legales vigentes, asi como a las directivas que dicte la Direccion General de Transporte Aereo. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MELENEZ Director General Direccion General de Transporte Aereo 0233

Otorgan a empresa permiso de operacion de transporte de trabajadores por carretera
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 1550-98-MTC/15.18 MORDAZA, 22 de diciembre de 1998 VISTOS, el Expediente de Registro Nº 02907010, organizado por la empresa TRANSPORTES MORDAZA IBARCENA R. S.R.LTDA., sobre Permiso de Operacion para Transporte de Trabajadores por Carretera e Informe Nº 1215-98-MTC/ 15.18.04.1.RCM de la Direccion de Transporte de Pasajeros y Carga Nacional e Internacional. CONSIDERANDO: Que, la documentacion presentada por la empresa recurrente se encuentra organizada, con los requisitos establecidos en el Reglamento de Empresas de Transporte de Trabajadores por Carretera aprobado por Decreto Supremo Nº 004-78-TC, de fecha 23 de enero de 1978, para efectuar el Servicio Publico de Transporte de Trabajadores por Carretera, asi como con lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 019-97-MTC, que aprueba el Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA); Estando a las opiniones favorables de las Direcciones de Transporte de Pasajeros y Carga Nacional e Internacional en Memorandum Nº 3639-98-MTC/15.18.04 que ratifica el Informe Nº 1215-98-MTC/15.18.04.1.RCM y de Asesoria Legal en Informe Nº 1497-98-MTC/15.18.01; De conformidad con lo establecido en el Decreto Supremo Nº 004-78-TC de 23 de enero de 1978, Ley Nº 25035 y su reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 070-89-PCM, Texto Unico de Procedimientos Administrativos aprobado por Decreto Supremo Nº 019-97-MTC y Decreto Ley Nº 25862; SE RESUELVE: Primero.- Otorgar el Permiso de Operacion de Transporte de Trabajadores por Carretera a favor de la empresa TRANSPORTES MORDAZA IBARCENA R. S.R.LTDA., por el periodo de cinco (5) anos, computados a partir de la fecha de expedicion de esta resolucion, de acuerdo a los siguientes terminos: RAZON SOCIAL : SERVICIO : MODALIDAD : AMBITO : FLOTA VEHICULAR : TRANSPORTES MORDAZA IBARCENA R. S.R.LTDA. TRANSPORTE DE TRABAJADORES POR CARRETERA Transporte de personal a terceros Nacional Dos (2) omnibus de Placa Nº VG-2811 (1998) y VG-2812 (1998)

Otorgan concesion de ruta a empresa de transportes
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 1535-98-MTC/15.18 MORDAZA, 21 de diciembre de 1998 VISTO, el Expediente de Registro Nº 03038010, organizado por la empresa de transportes TURISMO DIRECTO ASEGURADO S.A., sobre Concesion de Ruta: MORDAZA - Cajabamba y viceversa e Informe Nº 1315-98-MTC/15.18.04.1 de la Direccion de Transporte de Pasajeros y Carga Nacional e Internacional. CONSIDERANDO: Que, la empresa de transportes TURISMO DIRECTO ASEGURADO S.A., mediante el expediente indicado en vistos, ha solicitado el otorgamiento de concesion en la ruta MORDAZA CAJABAMBA y viceversa, al MORDAZA de lo establecido en el Reglamento del Servicio Publico de Transporte Terrestre Interprovincial de Pasajeros por Carretera en Omnibus aprobado por Decreto Supremo Nº 05-95-MTC. Que, en el Informe Nº 1315-98-MTC/15.18.04.1, se concluye que la referida empresa ha cumplido con acreditar los requisitos establecidos en el Articulo 13º del referido reglamento y senalados en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) aprobado por Decreto Supremo Nº 019-97-MTC; recomendandose la procedencia del pedido formulado. De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 640 y su reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 05-95MTC, Ley Nº 25035 y su reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 070-89-PCM, Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) aprobado por Decreto Supremo Nº 019-97MTC y Decreto Ley Nº 25862; SE RESUELVE: Primero.- Otorgar a la empresa de transportes TURISMO DIRECTO ASEGURADO S.A., la Concesion de la ruta MORDAZA - CAJABAMBA y viceversa, para prestar Servicio Publico de Transporte Terrestre Interprovincial de Pasajeros por Carretera en Omnibus, por el periodo de diez (10) anos, contados a partir de la fecha de expedicion de esta resolucion, de acuerdo a los siguientes terminos: RUTA ORIGEN DESTINO ITINERARIO FRECUENCIAS FLOTA VEHICULAR FLOTA OPERATIVA FLOTA DE RESERVA HORARIOS : : : : : : TRUJILLO-CAJABAMBA y viceversa MORDAZA CAJABAMBA PACASMAYO-CAJAMARCA Una (1) diaria Tres (3) omnibus

Segundo.- La concesionaria esta obligada a cumplir con las normas legales establecidas en el reglamento aprobado por Resolucion Suprema Nº 004-78-TC y demas disposiciones vigentes, concernientes al Servicio de Transporte de Trabajadores por Carretera que se autoriza. Tercero.- La presente resolucion se publicara en el Diario Oficial El Peruano, conforme a ley. Registrese y comuniquese. MORDAZA A. MORDAZA MANCHEGO Director General Direccion General de Circulacion Terrestre 0235

: Dos (2) omnibus: VG-2988 (1998) y VG-2998 (1998) : Un (1) omnibus: UI-6291 (1982) : Salida de Trujillo: 19.00 horas Salida de Cajabamba: 19.00 horas

Las tarjetas de circulacion seran expedidas en relacion al ano de fabricacion de los vehiculos ofertados, bajo responsabilidad. Segundo.- La concesionaria esta obligada a cumplir con las normas legales establecidas en el reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 05-95-MTC y demas disposiciones vigentes, concernientes al Servicio Publico de Transporte Terrestre Interprovincial de Pasajeros por Carretera en Omnibus, que se autoriza. Tercero.- La concesionaria esta obligada a iniciar el servicio dentro de los treinta (30) dias calendario computados a partir de la fecha de publicacion de la presente resolucion, cumpliendo con lo establecido en el Articulo 17º del Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 05-95-MTC; caso contrario, se aplicaran las sanciones previstas en el MORDAZA parrafo del Articulo 16º del citado reglamento. Cuarto.- Encargar la ejecucion de esta resolucion a la Direccion de Transporte de Pasajeros y Carga Nacional e Internacional. Quinto.- La presente resolucion se publicara en el Diario Oficial El Peruano, conforme a ley. Registrese y comuniquese. MORDAZA A. MORDAZA MANCHEGO Director General Direccion General de Circulacion Terrestre 0238

Otorgan concesion a empresas para prestar servicio publico de transporte terrestre interprovincial de pasajeros
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 1554-98-MTC/15.18 MORDAZA, 23 de diciembre de 1998 VISTOS, el Expediente de Registro Nº 02960010 organizado por la EMPRESA DE TRANSPORTES PASAMAYO S.R.Ltda., sobre Concesion de Ruta: Chiclayo - MORDAZA MORDAZA y viceversa e Informe Nº 1312-98-MTC/15.18.04.1.RCM de la Direccion de Transporte de Pasajeros y Carga Nacional e Internacional. CONSIDERANDO: Que, la empresa de transportes PASAMAYO S.R.Ltda., mediante el expediente indicado en vistos, ha solicitado el otorgamiento de concesion de la ruta: CHICLAYO - MORDAZA MORDAZA y viceversa, al MORDAZA de lo establecido en el Reglamento del Servicio Publico de Transporte Terrestre Interprovincial de Pasajeros por Carretera en Omnibus aprobado por Decreto Supremo Nº 05-95-MTC;

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