Norma Legal Oficial del día 25 de febrero del año 1999 (25/02/1999)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 25 de febrero de 1999

necesarias para su ejecucion, dentro de los montos consignados para tal efecto, con conocimiento de la Gerencia Ejecutiva de Proyectos de la Secretaria Ejecutiva de la Comision Ejecutiva del Ministerio Publico. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA D. MORDAZA MARINAS Secretario Ejecutivo de la Comision Ejecutiva del Ministerio Publico y Titular del Pliego 2606

el Reglamento de Organizacion y Funciones de la Comision Ejecutiva del Ministerio Publico aprobado por Resolucion Nº 03596-MP-FN-CEMP modificada por la Resolucion Nº 335-98-MPCEMP, Reglamento Normativo de Procesos Administrativos Disciplinarios del Ministerio Publico y sus modificatorias, Articulos 163º y 167º del Reglamento de la Ley de MORDAZA Administrativa aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, con el informe emitido por la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios y con las facultades delegadas por el Titular del Pliego en merito al Articulo 1º de la Resolucion Administrativa del Titular del Pliego del Ministerio Publico Nº 121-97-SE-TPCEMP; SE RESUELVE:

Instauran MORDAZA administrativo disciplinario a servidor de la Primera Fiscalia Provincial Mixta del MORDAZA
RESOLUCION DE LA GERENCIA GENERAL Nº 066-99-MP-FN-GG MORDAZA, 22 de febrero de 1999 VISTO: El Informe Nº 006-99-MP-FN-CPPAD y demas documentos relacionados con la presunta falta administrativa disciplinaria del servidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Tecnico Administrativo II de la Primera Fiscalia Provincial Mixta del Santa; y, CONSIDERANDO: Que, con Oficio Nº 057-FSCI-SANTA de fecha 26 de febrero de 1998 la doctora MORDAZA MORDAZA MORDAZA Tamayo, Presidenta de la Comision Descentralizada de Control Interno del Distrito Judicial del MORDAZA - Chimbote, remite a la Presidencia de la Comision de Procesos Administrativos Disciplinarios, los actuados seguidos contra el servidor quejado MORDAZA MORDAZA MORDAZA, a quien se le atribuye haber omitido de manera negligente adjuntar al incidente de MORDAZA provisional remitido al Juzgado Penal del MORDAZA, el escrito con los certificados de trabajo y domicilio presentados por el quejoso MORDAZA MORDAZA MORDAZA, lo que motivo que el Juez del Juzgado Penal del MORDAZA, le niegue su MORDAZA Provisional al quejoso; Que, en su informe de descargo el servidor denunciado manifiesta que debido a que se encontraba laborando solo, con una excesiva carga procesal y que la Fiscalia se encontraba de turno, se traspapelo los documentos presentados por el quejoso, por lo que involuntariamente omitio adjuntar dichos documentos al incidente que llevo al Primer Juzgado Penal del MORDAZA, lo cual subsano de inmediato; Que, mediante el Oficio Nº 1691-98-MP/1ra.FPP-SANTA de fecha 19 de noviembre de 1998, el doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Fiscal Provincial Provisional de la Primera Fiscalia Provincial Mixta del MORDAZA, da a conocer que con fecha 28 de octubre de 1998 en circunstancias en que se encontraba laborando en la Primera Fiscalia Provincial Mixta del MORDAZA, una senora ingreso a la oficina y se acerco al servidor empunando algo en la mano, por lo que de inmediato el mencionado Fiscal le indico a esa persona que le mostrara lo que sostenia en la mano y al hacerlo se dio con la sorpresa de que tenia dos nuevos soles, manifestandole dicha persona que era para el servidor denunciado que le habia solicitado dinero para llevar el expediente del incidente de MORDAZA provisional de su esposo al Juzgado; saliendo a relucir con ello que con fecha 16 de octubre de 1998 la persona de MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en vista de que su denuncia se encontraba en la Policia segun version del servidor, entrego la suma de dos nuevos soles al mencionado para que curse un oficio a la Policia del lugar, pero sin embargo a la fecha dicha denuncia se encontraba en la Fiscalia por haber sido devuelta con fecha 12 de octubre de 1998; Que, en su descargo de fecha 19 de noviembre de 1998 el servidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, niega los cargos que se le imputan, manifestando que en ningun momento recibio dinero alguno de la senora Mesa MORDAZA ni de ninguna otra persona; Que, de las consideraciones expuestas, se puede inferir que el servidor denunciado presuntamente ha incurrido en falta de caracter administrativo al haber transgredido lo estipulado por el Articulo 28º incisos d) y h) de la Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico aprobado por el Decreto Legislativo Nº 276, por lo que resulta procedente instaurar MORDAZA administrativo disciplinario al servidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Tecnico Administrativo II de la Primera Fiscalia Provincial Mixta del MORDAZA, de acuerdo con lo prescrito por el Articulo 163º del Reglamento de la Ley de MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico, para que dentro de un debido MORDAZA y haciendo uso de su derecho de defensa deslinde su responsabilidad; Contando con las visaciones de los miembros de la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios y de conformidad con lo dispuesto en la MORDAZA y Cuarta Disposiciones Transitorias, Complementarias y Finales de la Ley Nº 26623 ampliada y modificada por las Leyes Nºs. 26695, 26738 y 27009,

Articulo Primero.- INSTAURAR MORDAZA administrativo disciplinario al servidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Tecnico Administrativo II de la Primera Fiscalia Provincial Mixta del MORDAZA, por los fundamentos expuestos en los considerandos de la presente resolucion. Articulo Segundo.- REMITIR MORDAZA autenticada de la presente resolucion a la Gerencia Central de Personal, Organo de Auditoria Interna, Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios y al interesado para que dentro del termino de cinco (5) dias utiles contados desde el dia siguiente de su notificacion personal y/o publicacion de la presente en el Diario Oficial El Peruano, presente su descargo y las pruebas que considere pertinentes para su defensa ante la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios. Articulo Tercero.- REMITIR los actuados a la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios a fin de que proceda conforme a sus atribuciones. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Gerente General 2600

COMISION EJECUTIVA DEL MINISTERIO PUBLICO
Amplian competencia de la Fiscalia Provincial Especializada en Delitos Tributarios y Aduaneros con sede en Zarumilla a todo el departamento de Tumbes
RESOLUCION DE LA COMISION EJECUTIVA DEL MINISTERIO PUBLICO Nº 124-99-MP-CEMP MORDAZA, 24 de febrero de 1999 VISTO Y CONSIDERANDO: Que, por necesidad de servicio debe ampliarse la competencia de la Fiscalia Provincial Especializada en Delitos Tributarios y Aduaneros con sede en la provincia de Zarumilla a todo el departamento de Tumbes, Distrito Judicial de Piura-Tumbes; y estando al Acuerdo Nº 1352 adoptado por unanimidad por la Comision Ejecutiva del Ministerio Publico en sesion de la fecha, con dispensa de la lectura del acta, dejandose MORDAZA que los doctores, MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ferreyra y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Fiscales Supremos y miembros de la Comision Ejecutiva del Ministerio Publico se encuentran de licencia por motivo de viaje; en uso de las atribuciones conferidas por las Leyes Nºs. 26623, 26695, 26738 y 27009; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Ampliar la competencia de la Fiscalia Provincial Especializada en Delitos Tributarios y Aduaneros con sede en la provincia de Zarumilla, a todo el departamento de Tumbes, Distrito Judicial de MORDAZA - Tumbes. Articulo Segundo.- Hacer de conocimiento la presente resolucion a los senores, Presidente de la Corte Suprema de Justicia de la Republica, Presidente del Consejo de Coordinacion Judicial, Presidente de la Comision de Apoyo a la Lucha Contra los Delitos de Contrabando y Defraudacion de Rentas de Aduana, Presidente del Consejo Nacional de la Magistratura, Presidente de la Comision Ejecutiva del Poder Judicial, Secretario Ejecutivo de la Comision Ejecutiva del Ministerio Publico y Titular del Pliego, Presidente de la I Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema de

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